Hace 12 años | Por abplpd a lapaginadefinitiva.com
Publicado hace 12 años por abplpd a lapaginadefinitiva.com

Un juzgado de Madrid ha avalado la prohibición de que una alumna de 16 años vaya con hiyab islámico a clase por decisión propia. Ese mismo centro también prohíbe acudir a clase con gorra. Sin embargo, y a pesar de la sentencia, es dudoso que se puedan establecer estas prohibiciones por una mera decisión administrativa, sin que una ley previa permita a los centros educativos limitar la libertad de sus alumnos sobre estos temas.

Comentarios

Gilbebo

En el patio, en los pasillos y no digamos ya fuera del colegio que vayan como quieran o como les permitan sus padres.

En el aula es el profesor o el claustro quien debería establecer las mínimas condiciones para interactuar con sus alumnos y dar clase en condiciones.

Eso puede significar el excluir gorras, velos o que salgan a la pizarra (si es que aún se estila eso) con los pantalones bajados.

kukosf

pues llamarme raro si quereis pero no veo por ningun lado que el llevar tapada la cabeza obstaculice al profesor a la hora de explicar o dar clase. con lo cual si no resulta impedimento alguno puede ir vestido como le venga en gana y si no que obliguen a todos a llevar uniforme escolar pero en el momento que tienes libertad de eleccion para ir vestido a clase con la ropa que quieras tambien entran los gorros de invierno, las gorras, los pañuelos o los capirotes de semana santa

p

Aparte de la gorra, ¿qué dice la ley sobre símbolos religiosos en las aulas?

D

#1 No se trata de una cuestion religiosa. Llevar la cabeza cubierta en clase es un signo de falta de respeto en la cultura occidental, lo mismo da si se la cubren con un hiyab, una gorra o un cucurucho de aluminio.

Y no estamos hablando de una costumbre que limita severamente los derechos humanos (como pueda ser la obligacion de salir en burka a la calle), sino de algo tan simple como descubrirse cuando se entra a una casa que no es tuya, y que ademas se aplica a hombres y mujeres por igual.

oso_69

#1 La ley se aplica al colegio, no a los estudiantes. No se puede -o no se debe- colgar un crucifijo u otro símbolo religioso en una pared, por ejemplo, pero nadie puede prohibir que un alumno lleve un crucifijo colgado de su cuello. Lo que se está prohibiendo, como dice #3, es llevar la cabeza cubierta, igual que en algunos colegios vigilan la longitud de la falda, llevar los pantalones por las rodillas, etc.

yonose

Es una de las pocas prohibiciones que me parecen de lo más lógico.

Debería ser así aunque sólo sea por educación como bien dice #3

astrapotro

Bajo mi pintón de vista, prima La libertad de expresión. Me parece meterse donde no te llaman

ViejaYeguaGris

#5 Qué bajo ha caído el concepto de libertad de expresión.

Esta semana he tenido que llamar la atención a dos chavales por estar un gorro en clase, luego al verles salir al patio en el recreo iban sin el gorro (y esta semana hace un frío del copón). Donde tú ves libertad de expresión yo veo llamar la atención.

camvalf

#5 Creo que el termino de libertad de expresión se debe aplicar solo en otros asuntos, que yo sepa el llevar la cabeza cubierta no es una expresión, llámalo manía, moda, etc... Quisiera ver como se pondrían los "defensores de los derechos" si un judio llevara el solideo en las aulas.
Aqui solo se trata de un lo que se llama comportamientos civicos, tal como hacen reseña por otro comentario, el llevar la cabeza cubierta en occidente se considera falta de respeto. Lo que habría que estudiar,es el porque oscuras intenciones se intente convertir un problema interno de los centros educativos y repito de convivencia, en intentos de coartar la libertad religiosa, para actuar contra esos intereses.