Hace 15 años | Por mbit a protocolo.com
Publicado hace 15 años por mbit a protocolo.com

El Gobierno extiende algunos de los beneficios que se otorgan a los que han dirigido el ejecutivo. Los apartados 3 y 4 del artículo 3 serán de aplicación al cónyuge o persona unida con análoga relación de afectividad, en caso de fallecimiento de los Ex Presidentes del Gobierno". - Se pondrá a su disposición un automóvil de representación con conductores de la Administración del Estado. - Gozarán de los servicios de seguridad que las autoridades del Ministerio del Interior estimen necesario.

Comentarios

el_loco_del_gorro

¿Y que será lo próximo? ¿Sueldo vitalicio a todos los diputados? Ah no que eso lo hicieron antes de las elecciones.

D

ZP, ¿estás bueno, tienes dólare?

thirdman

a cualquier cónyuge o persona unida con análoga relación de afectividad o solo a la que estaba cuando era presidente

Linus_Rawlings

¿Lo habrán hecho por la viuda de Calvo-Sotelo?

m

yo supongo que se tratará de la pareja que tenga en el momento en que el ex-presidente/a fallezca.