Cuando se vive de alquiler, una de las dudas más frecuentes es qué pasa si el casero quiere vender la vivienda alquilada. Aunque la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), permite al propietario vender el inmueble, establece una serie de limitaciones que tiene que cumplir para no dejar desprotegido al inquilino, que será siempre la persona con preferencia para comprarla.
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etiquetas: vivienda , españa
Edit: hay matices legales. Otras sentencias del Supremo han determinado que los inquilinos no pueden ejercer el derecho de retracto en ventas realizadas "en bloque" que incluyen inmuebles de diferentes edificios, sino solo cuando la venta del edificio se produce como un todo
Porque no tiene ningún sentido que se emperren en que renuncies a tus derechos cuando sólo te perjudica a tí.
A ellos no les beneficia en nada. Si quisieran vender tu podrías comprar si pagas el precio que pide.
¿Por qué se empeñan en que renuncies a tus derechos? Es un misterio, que sólo se responde porque quieren que estes en la mayor fragilidad posible.
Debería ser al contrario si yo soy un casero y por la razón que sea me interesa vender, no me imagino un cliente mejor que el inquilino que me ha pagado siempre con solvencia y seriedad.
P.D. a un vendedor no le interesan los líos, si tienes una oferta firme, vendes, no esperas a que el comprador se espante mientras el inquilino la hace o no, la materializa o no.,. etc.
Clausulas "extra" superfluas que al ponerlo en el contrato las conviertes en obligaciones...
Claro y meridiano.
P:D. En la post data Dices unas tontadas dignas de que te encierren.
Si tienes una oferta firme y el inquilino la iguala ¿Qué problema hay en que se quede?
No le vas a hacer ningún descuento ni favor te paga el dinero que sea pertinente.
De la otra manera en cualquier momento puedes poner en la calle al inquilino porque vendes.
Que llegue a portada
Por eso a #2 y a mí nos parece tan normal por haber vivido probablemente toda la vida con ella.
Pero vamos, que esto ya figuraba en la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1950
De todos modos la mierda de titulares que se gasta este medio
La Ley de
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Y es en ese caso cuando realmente beneficiaria al inquilino
Como te comentan otros, hay tantas formulas y condiciones para que esto no aplique que no le veo mucho sentido a la noticia. Incluso si aplicase al que vende el inmueble por un precio X se la sopla que le pegaría tu u otro. Siendo sinceros, si estás de alquiler es porque probablemente no te puedas permitir la compra de un piso.
Se llama derecho de tanteo y retracto. Esta noticia no está contando nada nuevo solo está confirmando algo antiguo, bastante antiguo de hecho si consideras la ley de 1964 donde se establecieron sus fundamentos.
Tenéis a la IA para preguntar.
También es lógico y normal que el inquilino no pueda pagarla y simplemente pasará al que se la quiera vender.
Lo que pasa es que tendrá ya a alguien que sabe que le paga mucho más de lo que podrías pagarle tu, solo que la mitad en B
Si no no tiene lógica vendérsela a otro, salvo que sea tu primo y quieras hacerle un gran favor.
No compran, baja la demanda, bajan precios
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Cuidado, que hay inmobiliarias que te ponen cláusulas para quitarte tu derecho en el contrato de alquiler (aunque sea ilegal y sigas teniendo derecho)