Hace 6 años | Por anor a efe.com
Publicado hace 6 años por anor a efe.com

El código penal francés contempla el delito de "abuso de situación de debilidad" cuando se explota la ignorancia o la vulnerabilidad física o psicológica de una persona La Fiscalía francesa ha abierto una investigación contra el ministro francés de Hacienda, Gerald Darmanin, por un supuesto delito de "abuso de situación de debilidad" después de que una mujer presentara una denuncia contra él por supuesto "abuso por debilidad",

Comentarios

Jesuo

Una pregunta para los versados en leyes ¿en España tenemos alguna ley parecida?.

anor

#1 Es triste, pero no la hay. Las personas en situacion de debilidad en España estan desprotegidas . No estoy versado en leyes pero he buscado informacion.

Jesuo

#2 Sinceramente, no puedo creer lo que dices, a ver si alguien con la carrera de derecho nos saca de dudas.

anor

#3 Comprendo que rte resulte increible ¡ como no puede existir en España una ley tan necesaria como esa ! .. pues no existe, no.

Tieso

No quiero ser borde #4 pero en un país donde hay más leyes que piedras me extraña. Va a tener razón #5 en que es una cuestión de agravantes.

themarquesito

#2 Tenemos leyes contra el abuso sexual. Hay distintos delitos tipificados, como violación, abuso sexual, acoso sexual, o estupro. Luego entran ya los agravantes: coacción, amenazas, violencia física, etc.

anor

#5 En este caso no se refiere a abusos sexuales

themarquesito

#10 De la noticia:
La denunciante, que fue interrogada por los investigadores, sostiene que el delito fue cometido entre 2015 y 2016.
Según la web del semanario "Le Point", se trata de una vecina de Tourcoing, la localidad del oeste de Francia de la que Darmanin fue alcalde hasta su entrada en el Gobierno de Macron.
La denunciante contó a los investigadores que había acudido al regidor para solicitar una vivienda social que le permitiera abandonar el insalubre alojamiento que ocupaba.
En ese momento, siempre según "Le Point", el ahora ministro hizo proposiciones sexuales a la mujer, lo que ha motivado la denuncia.


Se trata de abusos sexuales con el agravante de debilidad, en este caso por la autoridad del fulano y la debilidad económica de la denunciante. Puede que la cosa equivalga a intento de chantaje sexual o algo por el estilo.

anor

#11 En este caso concreto quiza si, pero en otros casos el fin no es sexual sino economico. Aqui mismo he leido un articulo de una persona que tiene Asperger y sus familiares tratan de abusar economicamente de el. Si existiera en España este delito seria mas facil evitar el abuso

themarquesito

#15 Existe el delito de coacciones, el de coacciones leves, el de abuso de confianza, además de los que entran en la categoría de abuso de poder: cochecho, tráfico de influencias, prevaricación...

anor

#16 goto #17

themarquesito

#10 También se le puede llamar cohecho, intento de extorsión, intento de tráfico de influencias, será por delitos tipificados...

anor

#12 No, no es lo mismo. Eso delitos no afectan solo a personas en situacion de debilidad. Si en Francia han creado esa ley sera con algun fin ¿ no ?

themarquesito

#13 La asimetría en la relación de poder entre delincuente y víctima constituye un agravante, no un delito en sí mismo. Estoy seguro de que en Francia es igual, pero que los de EFE no tienen ni idea de traducir conceptos jurídicos.

anor

#14 Esa ley tiene como fin protegerr a ancianos, discapacitados,.. de abusos. No hay nada parecido en España

themarquesito

#17 Para eso tenemos tipificados los delitos de coacciones, coacciones leves, y abuso de confianza. Además le puedes añadir los agravantes de rigor en función de las circunstancias.

anor

#19 si, pero como ya dije esos delitos puede afectar a cualquier persona tanto personas sanas y sin discapacidades como a personas con tales problemas. Supomgo que eso implicara otros procedimientos, por ejemplo que cualquier persona que sospecha que se esta cometiendo el delito pueda denunciarlo. O sea habra mas facilidades para combatir estos delitos. Como he comentado antes un usuario con Asperger explicaba lo complicado que era evitar los abusos de unos familiares que querian apropiarse de su piso. Supongo que en Francia sera mucho mas sencillo evitar tales abusos.

themarquesito

#1 #2 Código Penal:

Artículo 178

El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años.

Artículo 179

Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.

Artículo 180

1. Las anteriores conductas serán castigadas con las penas de prisión de cinco a diez años para las agresiones del artículo 178, y de doce a quince años para las del artículo 179, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1ªCuando la violencia o intimidación ejercidas revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio.
2.ª Cuando los hechos se cometan por la actuación conjunta de dos o más personas.
3.ª Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad, discapacidad o situación, salvo lo dispuesto en el artículo 183.
4ª Cuando, para la ejecución del delito, el responsable se haya prevalido de una relación de superioridad o parentesco, por ser ascendiente, descendiente o hermano, por naturaleza o adopción, o afines, con la víctima.
5.ª Cuando el autor haga uso de armas u otros medios igualmente peligrosos, susceptibles de producir la muerte o alguna de las lesiones previstas en los artículos 149 y 150 de este Código, sin perjuicio de la pena que pudiera corresponder por la muerte o lesiones causadas.

2. Si concurrieren dos o más de las anteriores circunstancias, las penas previstas en este artículo se impondrán en su mitad superior.

Los artículos siguientes tratan sobre los abusos sexuales

themarquesito

Edit: pongo link a los artículos correspondientes del Código Penal.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t8.html

voidcarlos

Errónea. Efe ahora es de AEDE.