Hace 1 año | Por Harkon a sincrogo.com
Publicado hace 1 año por Harkon a sincrogo.com

A 17 de mayo de 2023, se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) la Directiva por la que se refuerzan las obligaciones de las empresas en materia de igualdad retributiva. Se trata de la Directiva (UE) 2023/970 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023 por la que se refuerza la aplicación del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres por un mismo trabajo o un trabajo de igual valor a través de medidas de transparencia retributiva y de mecanismos para su cumplimiento.

Comentarios

Harkon

Del propio artículo:

Entre las medidas más destacadas que contiene la Directiva destacan las relativas a conseguir la transparencia retributiva previa al empleo

La Directiva establece expresamente lo siguiente:

Los solicitantes de empleo tendrán derecho a recibir del empleador potencial información sobre lo siguiente:

a) la retribución inicial o la banda retributiva inicial, basadas en criterios objetivos y neutros con respecto al género, correspondientes al puesto al que aspiran, y

b) en su caso, las disposiciones pertinentes del convenio colectivo aplicado por el empleador con respecto al puesto.

Esa información se facilitará de tal forma que se garantice una negociación informada y transparente sobre la retribución, por ejemplo, en el anuncio de la vacante que se publique o por otro medio.

¡Muy imporatnte!: Ninguna empresa podrá hacer a los solicitantes (candidatos a un proceso de selección) preguntas sobre su historial retributivo en sus relaciones laborales actuales o anteriores.

Las empresas deben garantizar que los anuncios de las vacantes de trabajo y las denominaciones de los puestos de trabajo sean neutros con respecto al género, y que los procesos de contratación se desarrollen de un modo no discriminatorio, a fin de no socavar el derecho a la igualdad de retribución por un mismo trabajo o un trabajo de igual valor

ChatGPT

#1 "por ejemplo, en el anuncio de la vacante que se publique o por otro medio."

Vamos, que la tan cacareada novedad de que en todas las.ofertas iba a aparecer el salario se queda en nada. No especifica qué otro medio ni cuando....

Harkon

#3 Precisamente lo que dice es que si se publica, por cualquier medio, que es lo que sucede con todas las ofertas que te encuentras en infojobs o linkedint, TIENE QUE VENIR EL SUELDO

ChatGPT

#5 no entiendo eso, dice que cuando se publique la vacante, debe publicarse el sueldo, en la vacante o en otro medio (vamos, que el sueldo debe estar publicado pero no tiene que estar en la propia oferta)

Harkon

#7 Eso de la vacante u otro medio es que las empresas publican la vacante internamente en la empresa a su manera, como pasa en la mía y el O no es un O exclusivo, es un o de "ADEMÁS", es decir, tienen que ir EN AMBOS se publique donde se publique independientemente del medio. Precisamente la normativa se saca para eso, lo que no puedes es darle la vuelta y usar una normativa precisamente para su uso contrario.

ChatGPT

#8 VALE TIO!

Harkon

#9 DE NADA! lol

PD: que manía de cogérsela con papel de fumar dandole vueltas al lenguaje natural cuando en este caso queda claro que no hay disyunción, tienen que cumplirse en AMBAS, para eso es la ley precisamente.

ChatGPT

#10 no estoy de acuerdo. Y el tiempo le dará la razón, la mayoría de ofertas no tendrán salario, como ahora

Harkon

#11 Que las empresas luego incumplan la ley es otra historia, que nadie duda que muchas lo harán, pero estarán incumpliendola y está perfectametne claro, la normativa es precisamente para obligar a que se ponga.

s

cualquiera diría que los empresarios no quieren al trabajador que les sea más rentable

Robus

Muy buena idea, la apoyo totalmente... pero:

El truco está en "la banda retributiva inicial":

Eso quiere decir que para un puesto va a estar entre (me lo invento) 35.000 y 40.000 al año, supongamos que fichan a alguien por 40.000 y a otro por 35.000 para el mismo puesto, así que ya va a haber distintos ingresos para el mismo puesto.

Así pues, está legislación permite una descriminación de forma legal entre trabajadores para el mismo puesto.

Ojo! que me parece normal, siempre habrá quien sepa negociar mejor, quien pida un aumento y se lo concedan, quien reciba un plus por un trabajo especial (fines de semana, cliente siempre descontento, proyecto super crítico...), solo digo que, en este sentido, la ley no hará mucho por la igualdad de salarios entre dos trabajadores.

Harkon

#4 Por normativa legal no puede haber una diferencia de más de un 25% entre el que menos cobre y el que más cobre para el mismo puesto, por tanto esos límites no se pueden inclumplir. Que te pueden parecer excesivos? Pues vale, pero es bastante mejor que no ponerlo y que se excedan.