El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha fallado que una relación entre dos mujeres no justifica dar la custodia parental al exmarido, como ocurrió en Polonia en un caso que le ha valido una condena a ese país. Para los jueces europeos, la decisión de dársela al padre "se basó únicamente o de manera determinante en la orientación sexual, lo que constituye una discriminación" del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Comentarios
Bastante obvia la sentencia.
dr. obvious al rescate.
Putos polacos homófobos, deberían aprender de España donde la custodia se da dependiendo de lo que uno tiene entre las piernas.