Hace 1 año | Por nomeves a diariodelamancha.com
Publicado hace 1 año por nomeves a diariodelamancha.com

La Policía Nacional de Guadalajara ha apresado a dos jóvenes, uno de ellos menor de edad, por su supuesta implicación en cuatro robos con violencia e intimidación. Los detenidos empleaban el mismo método para perpetrar sus delitos: llamaban a diferentes restaurantes, principalmente pizzerías, encargaban comida y esperaban a los repartidores en la calle. Una vez que llegaban, los amenazaban con un arma blanca para robarles la comida sin abonarla. Estos incidentes se produjeron en días diferentes y les permitieron sustraer 300 euros en total. La

Comentarios

Enésimo_strike

#3 en “mi época” según qué tribu urbana acostumbraba a pedir al Telepizza y por el precio de una pizza tenían cena y un vespino rojo, estos no han inventado nada. La diferencia es que robaban a una empresa y no a un currito. Aunque robar es robar, robar a un currito precario es peor que a una empresa con grandes beneficios.

D

#6 Que chungos, a un colega le robaron un par de veces la pizza, pero quedarse con la moto ya es siguiente nivel. ¿No seras de Murcia, no?

Enésimo_strike

#8 Mallorca.

Escafurciao

#3 ¿te refieres al dueño de su empresa?

Eversmann

#11 También.

a

Jóvenes de Jovelandia

pkreuzt

Vamos de mal en peor. En otros tiempos más prósperos, los jóvenes delinquían para conseguir drogas. Ahora se conforman con unas pizzas.

D

#4 Esto se ha hecho toda la vida, por algo Telepizza y muchas cadenas no repartian en determinados barrios.

Mltfrtk

Unos genios del crimen.

M

A estos hay que llevarles un pizza de señuelo con un buen laxante.

strike5000

Jugarte cinco años de cárcel por unas pizzas. O son gilipollas, o están muy seguros de que no les va a pasar nada.

"Artículo 237.

Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas.

Artículo 242.

1. El culpable de robo con violencia o intimidación en las personas será castigado con la pena de prisión de dos a cinco años, sin perjuicio de la que pudiera corresponder a los actos de violencia física que realizase.

2. La pena se impondrá en su mitad superior cuando el delincuente hiciere uso de las armas u otros medios igualmente peligrosos que llevare, sea al cometer el delito o para proteger la huida y cuando el reo atacare a los que acudiesen en auxilio de la víctima o a los que le persiguieren.

3. En atención a la menor entidad de la violencia o intimidación ejercidas y valorando además las restantes circunstancias del hecho, podrá imponerse la pena inferior en grado a la prevista en el apartado primero de este artículo."