La Comisión Europea ha sido clara: España sigue incumpliendo la directiva comunitaria sobre trabajo de duración determinada. El TJUE, por su parte, observa con creciente inquietud cómo los tribunales españoles, incluido el Supremo, aplican su doctrina de forma parcial, restrictiva o directamente la ignoran. Según juristas especializados, el diagnóstico es severo: el problema no es interpretativo, sino de resistencia institucional. España parece que no tiene claro un principio fundamental: el derecho comunitario no se interpreta; se aplica.
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Ya basta de mentir.
El que quiera plaza, que apruebe.
Y a la judicatura española le tiene que entrar en la cabeza que la legislación europea prevalece totalmente sobre la nacional, incluida la constitución. Lo que pasa es que los jueces españoles tienen un altísimo concepto de si mismos, y les sabe a cuerno quemado que alguien en Europa les diga lo que tienen que hacer. Están acostumbrados a hacer siempre lo que les da la gana, y no les tose nadie.
Si reducen la temporalidad, ese número de plazas flotantes va a bajar, con lo que quienes no consigan aprobar el examen van a tener más problemas. Eso va a perjudicar a la educación porque van a predominar los profesores con buena habilidad para memorizar, y es fácil que sea eso lo que promuevan en los estudios.
- Los exámenes de oposición no son iguales en toda España, y a veces tienen una dificultad absurdamente alta. Ojo, no me refiero a cuando hay 300 plazas y 15 000 candidatos, que apruebas pero no tienes nota, sino a exámenes que los ponen muy difíciles para que solo pasen unos pocos candidatos, con lo que a lo mejor eres válido pero no apruebas.
- Temarios memorísticos: La parte… » ver todo el comentario