La Audiencia Provincial de Castellón ha dictado un auto que niega a una entidad bancaria la posibilidad de interponer una demanda de ejecución hipotecaria contra un cliente porque el banco prestamista había cedido el crédito a un fondo de titulización. Juzgado de 1ª Instancia entendió que la entidad ejecutante carecía de legitimación activa porque había cedido el crédito a otra mercantil; es decir, el préstamo hipotecario había sido titulizado y transmitido a un fondo hipotecario de titulización de activos, gestionado por una sociedad gestora.
Comentarios
¿Otra sentencia de lo mismo? ¿No hay ya jurisprudencia suficiente? si vendes el derecho de cobro a otra empresa, automáticamente dejas de poder ejercer ese mismo derecho en los tribunales, es de cajón
ese es el camino, me extraña que la nueva ley hipotecaria que acaban de sacar no subsane esta vía de agua en la crujia del los amiwitos banqueros y securatas.
#1 es de cajon, pero de otro departamento.
#1 No. "No hay ya jurisprudencia suficiente"
Ademas en la misma noticia te lo aclaran:
"La Audiencia de Castellón se aparta así de la línea jurisprudencial mantenida hasta ahora por otras Audiencias Provinciales que vienen admitiendo la legitimación del banco prestamista en base a un Real Decreto.
En este sentido se han pronunciado las Audiencias Provinciales de Madrid, Valencia, Barcelona, Tarragona, Girona, Zaragoza que defienden que, pese a la titulización, la entidad financiera cedente ostenta la legitimación activa para interponer la demanda de ejecución hipotecaria."
#4 ... Que rara es la noticia entonces, juraria que ya habia otras audiencias que habían fallado en contra de la titulación y que habian enviado la patata a unificación de doctrina.
#4 Y nadie ha llegado hasta el Supremo para que haya una jurisprudencia vinculante?
#4 Las AP sientan jurisprudencia menor. La única en sentido estricto y que puede despertar el interés casacional (dejando a un lado la del TC) es la del TS.
No creo yo que la sentada por una AP vincule a otras AP. No obstante, la jurisprudencia no es estática; se puede cambiar.
#7 Yo no digo nada...
goto #1