Hace 6 años | Por porcorosso a elderecho.com
Publicado hace 6 años por porcorosso a elderecho.com

La Audiencia Provincial de Castellón ha dictado un auto que niega a una entidad bancaria la posibilidad de interponer una demanda de ejecución hipotecaria contra un cliente porque el banco prestamista había cedido el crédito a un fondo de titulización. Juzgado de 1ª Instancia entendió que la entidad ejecutante carecía de legitimación activa porque había cedido el crédito a otra mercantil; es decir, el préstamo hipotecario había sido titulizado y transmitido a un fondo hipotecario de titulización de activos, gestionado por una sociedad gestora.

Comentarios

placeres

¿Otra sentencia de lo mismo? ¿No hay ya jurisprudencia suficiente? si vendes el derecho de cobro a otra empresa, automáticamente dejas de poder ejercer ese mismo derecho en los tribunales, es de cajón

kucho

#1 es de cajon, pero de otro departamento.

TenienteDan

#1 No. "No hay ya jurisprudencia suficiente"
Ademas en la misma noticia te lo aclaran:
"La Audiencia de Castellón se aparta así de la línea jurisprudencial mantenida hasta ahora por otras Audiencias Provinciales que vienen admitiendo la legitimación del banco prestamista en base a un Real Decreto.
En este sentido se han pronunciado las Audiencias Provinciales de Madrid, Valencia, Barcelona, Tarragona, Girona, Zaragoza que defienden que, pese a la titulización, la entidad financiera cedente ostenta la legitimación activa para interponer la demanda de ejecución hipotecaria."

placeres

#4 ... Que rara es la noticia entonces, juraria que ya habia otras audiencias que habían fallado en contra de la titulación y que habian enviado la patata a unificación de doctrina.

D

#4 Y nadie ha llegado hasta el Supremo para que haya una jurisprudencia vinculante?

D

#4 Las AP sientan jurisprudencia menor. La única en sentido estricto y que puede despertar el interés casacional (dejando a un lado la del TC) es la del TS.
No creo yo que la sentada por una AP vincule a otras AP. No obstante, la jurisprudencia no es estática; se puede cambiar.

TenienteDan

#7 Yo no digo nada...
goto #1

D

ese es el camino, me extraña que la nueva ley hipotecaria que acaban de sacar no subsane esta vía de agua en la crujia del los amiwitos banqueros y securatas.