Hace 11 años | Por karakol a politica.elpais.com
Publicado hace 11 años por karakol a politica.elpais.com

El 3 de mayo de 2009, el guardia civil Luis Manuel P. y su compañero de patrulla en el recinto de la feria de muestras de Tineo (Asturias) trabaron conversación con dos auxiliares de bombero a los que conocía el compañero de Luis Manuel. Uno de los bomberos, José R., le reprochó a Luis Manuel que le hubiera sancionado por llevar una navaja en su vehículo, por lo que la conversación fue volviéndose tensa hasta que el guardia civil exigió al bombero que se identificase.

Comentarios

tul

#2 se va de rositas sin pisar la puta carcel solo porque llevaba placa y uniforme cuando cometio el delito por el que fue juzgado y condenado. De haberse tratado de un civil cualquiera hubiera chupado carcel como un bendito, mierda de justicia amañada y de los tontos que encima la aplauden, secundan y defienden.

D

#5 No es un secuestrador, es un agente de las fuerzas de seguridad del Estado, que ha abusado de su rango, y su autoridad, para detener a una persona por motivos personales.

Eso es un delito bastante grave a mi entender, que debe ser tratado con mucha más dureza.

a

#6 No importa que no sea un secuestro, he puesto ese ejemplo para clarificar mi argumento, no importa que el delito sea de un tipo u otro, el mismo juez es el que afirma que la privacion de libertad sufrida fue breve, y eso es lo que no tiene sentido, fue breve porque concidio que el guardia civil fue interceptado rapidamente por su jefe, no porque el guardia civil se arrepintiese o cambiase de idea.

tul

otro que se va de rositas sin pisar el talego, mierda de justicia amañada.

e

#1 8 años de inhabilitación absoluta y fueron sus compañeros guardias quienes liberaron inmediatamente al bombero e incoaron expediente contra él. Puede que, tal como dice el juez, la pena de tres años fuese excesiva, y aunque la haya revocado, de rositas no se va.

a

#2 Pues yo no comparto para nada ese razonamiento de los jueces. Que el tiempo de privacion de libertad sea minimo es un atenuante ahora ? En que cabeza cabe es ?, luego un secuestrador, si es detenido a los 3 minutos del secuestro, tampoco le cae pena de carcel por duran el secuestro solo 3 minutos !!!

p

La navaja motivo de la discusión es una herramienta de trabajo de los bomberos tanto en accidentes de trafico para cortar los cinturones de seguridad como en múltiples ocasiones dentro de esta profesión
Pero también es verdad que las administraciones no la tienen como dotación de los bomberos que se la tienen que comprar ellos mismos
Seria como decirle al Sr Agente que como los guantes anti-corte no los da la administración pues te jodes y no lo utilices para tu seguridad
La detención de un bombero en acto de servicio sin delito aparente es agresión a un agente de la autoridad tipificado con penas de prisión diga lo que diga el Supremo