Hace 6 años | Por mmlv a cadenaser.com
Publicado hace 6 años por mmlv a cadenaser.com

El exparlamentario Diego López Garrido redactó el delito de rebelión en el Código Penal de 1995 e incluyó una enmienda explícita para que la rebelión hubiera de ser "violenta". López Garrido asegura que no hay encaje penal por rebelión contra los cargos del Govern al no haber habido violencia(..) "El delito de rebelión no es solamente declarar la independencia de una parte del territorio de España. Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines contemplados, uno de ellos, la independenci

Comentarios

Meritorio

#5 no entiendes cómo funcionan las "democracias ejemplares".

D

#5 La bronca de bar la podemos dejar en ¿? no hay pruebas sobre ello que nosotros podamos determinar de manera clara. Con los titiriteros si había una prueba incontestable de primero de la ESO imposible de retorcer y se hizo, la gente, gobierno en pleno y panfletos quedaron muy retratados.

Otegui : "El rey es el jefe de los torturadores", está perogrullada pasó por todos los estamentos judiciales españoles como injurias al rey, luego llega el Tribunal de DDHH y te tumba esta obviedad, eso es cierto, lo injurioso hubiese sido llamarle torturador o asesino al rey, pero no con algo donde además hay condenas. Para este tipo de casos no necesitas ni estudiar derecho.

Es un frase también de nivel de primero de la ESO, por tanto es preocupante. El estado de derecho se defiende siempre aunque no te guste el sujeto. En España por lo que veo gusta mucho la arbitrariedad.

#7 Experto en derecho penal pero no experto en titiriteros de nivel de primero de la ESO, no vale a toro pasado.

Coño también eres fan del "Otegui es un hombre de paz", cuando en realidad es "Sin personas como Otegui no habría paz", si de esto llegas a la cita que nombras tienes un grave problema para analizar frases, estas indicando que Otegui es un Ghandi, Martin Luther King, ... . Luego aplicale el contexto, el lugar y ya lo criticas, pero primero hay que llegar ahí, esto es pedir demasiado por lo que veo.

No llegas a algo tan simple pero si llegas para indicarnos que delitos han cometido los independentistas, curioso.

Pides autocrítica a unos, pero no la pides para ti mismo.

RobertNeville

#64 Lo siento. Es un comentario largo y dejé de leerlo al principio.

D

#87 Normal, que se puede esperar de gente que confunde "Otegui es un hombre de paz" con "sin personas como Otegui no habría paz"

No sabes analizar esa frase de nivel de primero de la ESO pero si sabes con toda certeza hechos más complejos.

RobertNeville

#88 Mucho hablar de la ESO y no sabes ni escribir Otegi correctamente:
https://ca.m.wikipedia.org/wiki/Arnaldo_Otegi_Mondragon

D

#89 Es verdad no me he dado cuenta, rectifico. Yo no tengo problemas en rectificar.

Como vemos el que se cree algo pero no me sabe ni analizar frases de nivel de la ESO, sigue sin decirme como es que sabes a ciencia cierta como es el delito de sedición cuando no me sabes analizar esta simple frase. "Otegi es un hombre de Paz" no es lo mismo que "sin personas como Otegi no habría paz".

Tienes tan poca autocrítica que eres incapaz de reconocerlo, la diferencia es muy evidente. Eso me lo comparas con escribir mal un nombre vasco, que grande eres. Lo tuyo es grave, exiges mucha autocrítica a los demás pero nada para ti.

A mí me parece alucinante que frases tan simples calen en el populacho, indica gran facilidad de manipulación. Si te tragas esto...

RobertNeville

#91 Escribe algo más corto y te contesto. Es demasiado largo tu comentario y no tengo ganas de leer.

D

#94 Eres muy cachondo.

"Sin personas como Otegi no habría paz" lo conviertes en "Otegi es un hombre de paz" y te quedas tan pancho. Con ese nivel eres capaz de indicar hechos más complejos como el delito de sedición, cuando lo otro es analizar una simple frase para niños de la ESO.

No eres capaz ni de hacer autocrítica, esa que exiges a otros. Yo no tengo problema, ¿está mal de esa forma? no importa, rectifico y arreando.

Esto no tiene cada que ver con lo que vote cada uno o su ideología es blanco y en botella.

Debes ser fan de las pelis de Van Damme, principalmente de "Retroceder nunca, rendirse jamás"

Normal como está este país.

RobertNeville

#95 ¿No puede ser más corto? Dime lo que me tengas que decir en un párrafo.

D

#96

El que no me sabe analizar frases de nivel de primero de la ESO, necesita frases más cortas. Con lo fácil es admitir que no es lo mismo.

RobertNeville

#97 ¿No te has dado cuenta todavía de que te estoy tomando el pelo?

D

#98 ¿No te das cuentas que yo también estoy haciendo lo mismo?

Simplemente era para pillarte, cada vez que pongo estas dos frases me parto con vuestros comentarios ni uno admite el error y los hay que pasan al insulto, antes que admitir la manipulación.

Es por ver por donde cojeas, un tipo con sentido crítico de verdad y objetivo, admitiría el error, veo que tú tampoco lo haces, no me has decepcionado. Simplemente vomitas lo que sale en TV y en este caso toca delito de sedición o rebelión según el caso, ese delito que hasta ahora no se había usado.

Tengo otra con Otegi, "El rey es el jefe de los torturadores" es preocupante como este tipo de frases de nivel de primero de la ESO puedan ser refrendadas por todo el sistema judicial y ver injurias al rey, cuando es una perogrullada, luego llega el Tribunal de DDHH y la tumba, normal. Yo estoy con el estado de derecho, ese mismo violado en Cataluña, algunos parece que sólo les importa una pata.

RobertNeville

#99 Y ahora varias parrafadas...

D

#100 Como me encantas. Eres muy mono repitiendo argumentario y siendo taaaaaan poco autocrítico.

Yo enseguida admito mi error, yo no lo veo por tu parte.

Normal que haya que escribir un tochito, es lo que pasa cuando hay que desmontar el argumentario, necesitas razonarlo.

D

#89

Quizás con "u" es en español o es que desde España lo escribimos mal y los medios inducen a error. No me compares.

ABC
Otegui cree que Cataluña muestra que la independencia de Euskadi «es posible»

Intereconomía
Cataluña: Desde Maduro...a los rebeldes absajos, pasando por Otegui

huffingtonpost
Críticas a Arnaldo Otegui por estas palabras sobre el atentado de

elespanol
Otegui, el invitado de honor del nacionalismo catalán

KimiDrunkkonen

#13 lol

D

#40 Y tal como funciona la justicia en este país, colará, no lo dudes, igual ni el abogado de pigdemont se entera y ni lo alega en el juicio. Yo ya lo he vivido y tal cual, el único que se había leído y estudiado la ley en ese juicio era yo, ni mi abogado ni el de los otros ni el juez en su sentencia, y por supuesto yo no podía hablar o era desacato, lamentable.

D

#40 Y tal como funciona la justicia en este país, colará, no lo dudes, igual ni el abogado de Puigdemont se entera y ni lo alega en el juicio. Yo ya lo he vivido y es tal cual, el único que se había leído y estudiado la ley en ese juicio era yo, ni mi abogado ni el de los otros ni el juez en su sentencia, y por supuesto yo no podía hablar en el juicio o era desacato, ni podía hablar con mi abogado para explicárselo, lamentable y triste a más no poder.

D

#40 PERO VIOLENTAMENTE no quiere decir con armas, SINO no tiene sentido el 473.2 que dice:
"2. Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas, exigido contribuciones o distraído los caudales públicos de su legítima inversión, las penas de prisión serán, respectivamente, de veinticinco a treinta años para los primeros, de quince a veinticinco años para los segundos y de diez a quince años para los últimos."

ES DECIR, pone un condicional "si se han esgrimido armas"; por tanto, al existir ese condicional quiere decir que sin ARMAS; tambien hay rebelion, no tiene sentido usar armas para "proclamar la independencia", ese acto en sí es de palabra, o formal en un parlamento, nunca lleva aparejada la violencia, no tiene sentido en ese punto.
Ademas, el delito de sedicion, lo veo bastante claro, ES COMO LA REBELION, pero sin la violencia:
"Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales"


AHí, en el delito de sedicion, las cosas estan mas claras, o no????

rataxuelle

#65 Todo el análisis incorrecto. Para que haya rebelión tienen que existir tres cosas: (1) violencia; (2) publicidad y (3) un fin determinado a elegir de una lista. A partir de ahí, SI Y SOLO SI se cumplen las premisas anteriores, aplicas el 473.2.

Para que haya sedición tiene que haber "tumulto", ¿dónde has visto el tumulto en la declaración de independencia?

D

#68 No viste el tumulto en la plaza san jaume? crees que no va a haber tumultos en los proximos dias? crees que no va a haber oportunidades y cientos de leyes por las que empurar a alguien que dice que ha declarado la secesion?
Yo vi un tumulto en la declaracion de independencia, eran como 40 tipos.

rataxuelle

#69 ¿Tumulto en la plaza de Sant Jaume? A cualquier cosa le llaman tumulto. ¿No has visto el tumulto en el estado del Real Madrid cada vez que hay partido? ¿No has visto el tumulto en las manfestaciones del Orgullo Gay?

Pero vamos, me está encantando como retorcer las palabras y la semántica para ajustarlas a tus deseos penales. La Fiscalía tiene mucho que aprender de ti.

D

#75 Si, son tambien tumultos, pero no se hacen con la intencion de producir una rebelion, y en este caso, a los lideres de la rebelion se les empura.

D

#68 Aparte, lee:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t22.html
"De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia

Artículo 550

1. Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.

En todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas."

Por ese tb le van a poder empurar, la fiscalia va a tener 100 delitos diferentes por los que empurar a puigdemont y resto de golpistas, no van a tener ni por donde empezar, empezando por desacato, prevaricacion, malversacion de fondos publicos, etc etc

rataxuelle

#70 Todos los que quieran le van a meter. Ahora me cuentas cómo Puigdemont ha agredido o ha intimidado a un agente de la autoridad.

D

#73 Intimidacion se da en el momento que se atrinchere o use a los mossos, va a haber 100 delitos diferentes por los que le van a poder empurar, no te preocupes, el empure de puigdemont es una certeza, ademas, eso os tiene que dar igual, no??? un martir para la causa.

rataxuelle

#74 La Fiscalía anunció que ya tenía preparada la querella antes de que se atrincherase, cosa que se desconoce que si va a ocurrir antes de que ejecuten alguna orden judicial.

A mí me la suda en general si Puigdemont se muere en la cárcel. Pero me resulta francamente gracioso cómo los del "estado de derecho" y la "Constitución" retuercen el derecho para cumplir sus sueños políticos húmedos. Lo de presentan como jurisprudencia una sentencia sobre una redacción que ya no existe es de traca.

D

#76 Eso de "retorcer" está por ver, hay 100 cosas de las que acusarle, desde la simple malversacion, desacato, impedir que se cumplan ordenes judiciales, usurpacion de funciones, etc etc etc

rataxuelle

#78 ¿Pero no habíamos quedado que era rebelión clarísimo? A ver si al final va a resultar que Diego López Garrido va a tener razón.

D

#79 NO, yo nunca dije rebelion clarisimo, he admitido desde hace tiempo en estos mismos foros que no, te puedo dar links.

rataxuelle

#80 Hace 48 minutos: "ES DECIR, pone un condicional "si se han esgrimido armas"; por tanto, al existir ese condicional quiere decir que sin ARMAS; tambien hay rebelion, no tiene sentido usar armas para "proclamar la independencia."

D

#81 SI, esa es mi opinion, y tambien esta otra:
el-marron-forcadell/c058#c-58



te la dije a ti mismo.

YO NO LE VEO sentido poner el condicional de "si se han esgrimido armas" y luego decir que no hay rebelion porque no se han usado armas.

los12monos

#42 Te lo explico porque te has saltado un punto.

El 472 como bien has puesto define rebelión y requiere concurrencia de actos públicos y violentos.
El 473 en el punto 1, que tú omites empieza: "Los que, induciendo a los rebeldes..."

Para que haya inductores de los rebeldes ha de haber rebeldes y la rebelión es por definición violenta según el propio articulado.

Ha definido primero rebelión (472) y luego acota su rango de acción sobre esa base ampliándolo a sus inductores (473), luego, si no concurren los requisitos del 472, el 473 no puede ser de aplicación.

Espero que no seas abogado o juez porque no tienes más futuro que en el TC.

C/C #65

D

#86 yo hablo del 473.2, habla de armas, por tanto se puede hacer rebelion sin armas.

El_Cucaracho

#7 Son la mitad de años.

RobertNeville

#8 Sí, pero es absurdo lo que dice este señor. Pretende hacernos creer que sus responsabilidades se saldarán con una inhabilitación y eso no es así.

El_Cucaracho

#19 Eso es verdad, sedición son 15 años para el líder político. Son unos cuantos años...

Seguramente por eso hizo el voto secreto.

a

#19 No tiene porque ser absurdo, puede ser simplemente una falta de previsión al cambiar la ley en el 95, quizás no se dieron cuenta que ese comportamiento en particular (independencia de un territorio sin levantamiento violento) no quedaba legislado. Claro que es raro, ya que quien cambio esa ley para añadir lo de que era necesaria la violencia, inmediatamente tenía que haber pensado y que pasa si no hay violencia ? Así que o fue un inepto o pensando mal tenía alguna intención oculta y lo dejo si legislar a propósito .

D

#36 No pagamos aun tío que legisla, sino a 350 diputados y otros tantos senadores que hacen y revisan todas las leyes. El problema no es que hay agujeros legales o cosas que no se contemplen específicamente en las leyes, el problema es el contrario, que hay tantísimas leyes que nadie podría nunca leerlas todas, de modo que han creado algo desproporcionado e inmanejable, y en la practica cometemos múltiples ilegalidades sin saberlo (hasta que nos pillan). Deberían eliminarlas todas, instaurar un república, y empezar a legislar de cero, con minimalismo y simpleza, así la gente podría levantarse de la cama o salir de casa sin miedo a cometer una ilegalidad

s

#36 estás de coña? Ese cambio de hizo a propósito precisamente para que esto no sea rebelión.

Pepepaco

#36 De hecho se explica en el artículo que pasa si no hay violencia "lo que más encaja sería el delito de presunta prevaricación y desobeciencia". Es decir que sí que se han cometido delitos, eso es obvio, pero lo que no se ha cometido es el delito de rebelión.
Igual que en el caso de los jordis se está intentando hacer encajar a martillazos una determinada conducta que corresponde a un tipo penal en otro tipo delictivo sólo para acojonar.
Y este uso del Código Penal es lamentable si España quiere demostrar que es una democracia homologable a las demás de Europa. Ya son demasiadas las condenas contra actuaciones del Estado Español por parte de los tribunales europeos.
Lo que no entiendo es que los miembros del Supremo y del Constitucional no se pongan colorados cada vez que Europa les pega un tirón de orejas. Eso demuestra que los tribunales españoles, sobre todo en su cúpula, están formados por estómagos agradecidos que en lugar de aplicar la ley aplican lo que se les manda desde el poder.
Monstesquieu está bien muerto y enterrado.

c

#36 Se hizo para que los partidos independentistas no pudieran ser ilegalizados. Viene en el artículo.

Por otro lado, sólo eso nos faltaría, pues con las mismas un partido republicano sería también ilegalizado.

D

#7 Que rapida y eficaz es la Justicia.

RobertNeville

#24 Pues no. Dudo que Puche y sus secuaces sean inhabilitados antes de las elecciones.

D

#26 ya, a M. Rajoy tampoco.

RobertNeville

#27 No está ni imputado. ¿Quién lo va a inhabilitar? ¿Podemos?

Seguramente a los rojos les toque tragarse otra legislatura de Rajoy. Que se fastidien.

D

#29 si tienes toda la razon. Quien? Parece intocable haga lo que haga.

El_Cucaracho

#29 Un juez imparcial de la Audiencia Nacional.

Es verdad, que eso no existe. Como Dios o los Reyes Magos.

D

#37 En cuanto Garzón pille el caso de la Gurtel ya veremos como procesa a su líder, él es el único que puede hacerlo
Solo hay que esperar 6 años a que vuelva de su inhabilitación por instruir la gurtel ya falta menos

S

#29 que gracia, eh?

A los rojos y a los que no somos rojos. Asco de PPros

Belu84

#26 sacarán una ley ad hoc

RobertNeville

#51 ¿Has oído algo de que las normas penales no tienen efectos retroactivos?

Belu84

#52 ¿Qué pasó con la doctrina Parot?
Sí, tenía efectos retroactivos y por eso la quitaron, sí. Pero primero la aplicaron. Hasta que resuelvan que es retroactiva pasa un tiempo que puede ser suficiente para que no se vuelva a presentar.
Además si ilegalizan a partidos pro independencia no tiene porque ser retroactivo, ya buscarán la manera.

D

#26 Al menos ahora mismo no están aforados, por lo que este lunes ya podría empezar su proceso sin necesidad de ir al TS.

D

#15 de cesar no pone nada, lo que pone es esto:

"podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general."

totenburgh

Pues puigdemont rima con rebelión.

Charles_Dexter_Ward

#1 Claro, y con pollo al limón.

El_Cucaracho

Qué tenga cuidado o lo mismo el PP se lo aplica a él.

#1 Y con mojón

pesoluk

#1 julian assange rima con 2 suecas.

siyo

#17 ok tranki

rataxuelle

#20 Era simplemente por asegurarme. Porque como ahora el comentario aparece justo debajo del tuyo puede dar motivo a malos entendidos...

fofito

El gobierno y sus fiscales han de tener mucho cuidado en como gestionan las acusaciones.

No se puede decir que se defiende la CE y el estado de derecho y después doblar las leyes para que se amolden a mis deseos.

D

#10 De momento, la sedición ya se ha cometido y en el mismo instante que haya disturbios violentos por ese motivo, ya tienes ahí la rebelión.

El_Cucaracho

#14 Tienes que acreditar violencia física y que el "dió la orden", vamos que es casi imposible.

Es un delito pensado para una revuelta armada.

D

#18 Llamar a los catalanes a defender el país y la republica, y después decir.... Pacíficamente. Quizás le sirva ante la ley.. pero yo entiendo que enaltece a la gente a oponerse a la ley y si se formasen disturbios... Esta claro que responsabilidad tendría quizás no legal pero si moral.

fofito

#14 la ley,en sus diferentes artículos,habla de armas y fuerza armada...algo que ni se ha dado ni se dará.

Te puede parecer un matiz sin importancia,pero como dije antes,mejor no dar razones .
Si nuestra legislación es laxa en estos casos,ciñamonos a lo que dice de manera estricta . Tiempo habrá de modificarla.

D

#14 Pero entonces, si a mí me dan mañana la orden de entrar al parlament por la fuerza a echarles de sus despachos, ¿me pueden condenar por rebelión los tribunales catalanes? pero y si no obedezco, me condenan los españoles por sedición como al jefe de los mosos? y con cuales tengo menos años de carcel? vaya mierda de trabajo, debería pillarme la baja hasta que pase todo esto.

Maelstrom

#30 Si hablamos de un delito por el Código Penal, no es el PP quien manda, ordena ni procesa nada ni a nadie, es un juez. Si hablamos de la aplicación del 155, este se ha puesto en marcha vía la contribución de dos partidos que no han elaborado ninguna ley de amnistía fiscal ni nada parecido, y vía la aprobación del senado. Es más, que su aplicación la haya puesto en marcha el gobierno del PP es irrelevante, habida cuenta que ha de ser el gobierno, independientemente de quien lo forme, el que haga los requerimientos que inicien el proceso.

D

#10 A buenas horas, lo primero que hicieron los del pp cuando se las vieron venir fue sacar una ley ex proceso para el tema catalán que decía que el que incumpliera las sentencias del TC podía ser condenado o inhabilitado. Y los listos de los catalanes se fueron a denunciar que Rajoy ha incumplido 10 sentencias del TC a pedir que lo condenen Los tribunales patrios, obviamente les dijeron que eso de la igualdad ante la ley no lo habían entendido bien los independentistas, que esa nueva ley se aplicaría a todos los políticos catalanes por igual, y como ya sabemos, rajoy es gallego

Maelstrom

¿Delito de desobediencia, de prevaricación? Pero este señor qué se ha fumado.

"Artículo 404

A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años.
"

"Artículo 556

1. Serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad."


No se da, con la DUI, ninguno de los requerimientos aquí explicitados para los delitos de prevaricación y desobediencia. La DUI conforma un hecho de naturaleza formal y materialmente distinta a lo que estos artículos hacen mención.

Sin embargo:

"Artículo 472

Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes:
(...)
5.º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional".


Como vemos, aquí si hay convergencia absoluta entre el hecho acontecido y el referenciado en el artículo. La disputa está en lo de violenta. Pero resulta que el artículo 473 dice esto:

"2. Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas, exigido contribuciones o distraído los caudales públicos de su legítima inversión, las penas de prisión serán, respectivamente, de veinticinco a treinta años para los primeros, de quince a veinticinco años para los segundos y de diez a quince años para los últimos."

Es decir, hay un artículo que pena con mayor contundencia el uso de la violencia (el artículo inmediatamente anterior recién expuesto) que uno en el que, con amplitud y escasa clarificación, se define simplemente la rebelión como alzamiento público y violento también. Hay una redundancia que, hecha expresa en el segundo artículo, anula el requerimiento del primero en cuanto a lo de violenta. No pueden penarse de forma distinta dos hechos que son, en la forma, el mismo sin perjuicio de los detalles. Dicho de otra forma más concluyente: el artículo 473 es el que formula la pena por rebelión con violencia, no el 472.

Además, es lo que dicen otros expertos en cuanto al temita de esta peliaguda interpretación: http://www.elmundo.es/espana/2017/09/25/59c80baa468aebe17c8b466f.html

D

#43 ¿La cátedra en derecho constitucional puedes explicarme si requiere haberse leído algún artículo de derecho penal como los de desobediencia o prevaricación, o haber estudiado su aplicación y jurisprudencia?

A ver si nos pensamos que los abogados especializados, jueces, doctores y catedráticos en una rama del derecho también tienen que ser expertos en todas las ramas, así por ciencia infusa o iluminación divina les llega el conocimiento de las otras ramas al ser expertos en una.

No entro en la opinión del meneante, pero matizo ese argumento que has usado porque parece falaz. Puestos a usar falacias sobre la reputación o autoridad del que da el argumento, el meneante ha enlazado la opinión de expertos en la materia concreta a discutir

D

#43 Y el delito de sedicion?? por qué dices que no se aplica???

"Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales"

rataxuelle

#67 Porque dime donde estuvo el tumulto en la declaración de independencia de ayer.

D

#71 ES QUE NUNCA hay tumulto en una declaracion de independencia, es ABSURDO, una delcaracion la hace una persona con poder politico relevante, o en un ambiente protocolario, es lo que te pretendo decir, es absurdo aplicar la violencia a un acto de palabra.
El tumulto lo tienes en todo el gobierno de puigdemont y toda la plaza de sant jaume. por ejemplo,. y lo tendras en los dias que vienen, no te preocupes, esto va para largo, 100x100 los van a empurar, aunque sea por malversacion, y luego vais a estrasburgo y les contais que no habeis hecho nada..

themarquesito

#42 Con el artículo 473 nadie le libraría de una pena de diez a quince años
2. Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas, exigido contribuciones o distraído los caudales públicos de su legítima inversión, las penas de prisión serán, respectivamente, de veinticinco a treinta años para los primeros, de quince a veinticinco años para los segundos y de diez a quince años para los últimos.

Lo de intentar crear una hacienda catalana y que se paguen impuestos en ella podría entrar en lo de exigir contribuciones o distraer caudales públicos.

rataxuelle

#46 Si no ha habido violencia, olvídate de seguir leyendo el 473 porque no ha habido rebelión. Busca en otro lugar para tratar de ajustar tus deseos de condena de prisión a la legislación vigente.

Vermel

#46 2. Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada...
Añade los ataques a policías y guardias civiles y los coches de la Guardia Civil destrozados.
Después se preguntan por qué están algunos en prisión...

Z

#42 Entonces, si causas estragos en propiedades, has distraído caudal público o exigido contribuciones con el fin de declarar la independencia te pueden cascar rebelión. Pues se lo van a poner a huevo para entrullarlos unas décadas. Y los de la CUP a la primera gilipollez van a comer rabo de gitano constitucionalista en el maco. Van a salir justo para ver la colonización de Marte, calculo.

D

Todavía no se le ha acusado de nada creo, habrá que esperar a ver si azuza a las masas, obliga a funcionarios a vulnerar la ley, etc.

De momento sólo han firmado un papel sin validez jurídica alguna.

O

Da igual, esto es como lo de los Jordi. Quizá luego llega el juicio y sale que no hay nada pero ya se habrán comido un tiempo en prisión.

tiopio

Eso lo dirán los tribunales.

siyo

""Los que, induciendo a los rebeldes, hayan promovido o sostengan la rebelión, y los jefes principales de ésta, serán castigados con la pena de prisión de quince a veinticinco años e inhabilitación absoluta por el mismo tiempo; los que ejerzan un mando subalterno, con la de prisión de diez a quince años e inhabilitación absoluta de diez a quince años, y los meros participantes, con la de prisión de cinco a diez años e inhabilitación ""
Con solo los insultos antes de la entrada al Parlamento catalán , reflejados por C's y dicho por ellos es suficiente....
Cakita mucha cakita..
Y lo de dar ejemplo.

siyo

#11 violencia verbal..
y tiraron cohetes

D

#9 Por insultos no creo, pero hostias, daños y disturbios va a haber y ahí será de aplicación al 100%.

i

Eso ya lo veremos lol

D

Bueno, es un buen ejemplo del espíritu con que se hicieron las leyes en su tiempo, y el espíritu con que se aplican ahora.
Hacia delante a toda velocidad, como los cangrejos.

Burbujista

#0 haber habido -> existir. Estará bien dicho pero... suena tan mal.

E

Ahora Puchi está con los dedos cruzados para que no se lie.

K_os

Para mí es evidente que PP-PSOE les acusará de rebelión aunque no haya violencia para que se les declare inocente.

D

que mayor violencia que la que te afecta a tu cartera, a tu familia y a tu entorno. A ese le caen 4 cadenas perpetuas...

Patrañator

¿Pero la bandera de España sigue puesta dentro y fuera del Parlament o no?

pesoluk

Julian Assange rima con violador de 2 mujeres.

1 2