Hace 3 años | Por Indeterminado a idealista.com
Publicado hace 3 años por Indeterminado a idealista.com

El Tribunal Supremo acaba de revolucionar el panorama judicial al fijar que los menores de edad no pueden ser declarados responsables solidarios de deudas con Hacienda por colaboración en ocultación de bienes. Este criterio choca frontalmente con el que tenía Hacienda y otros tribunales que mantenían justo lo contrario: que los niños son responsables solidarios de la deuda contraída por los padres. La sentencia argumenta que el menor no tiene capacidad de obrar y no se le puede atribuir dolo.

Comentarios

Priorat

el menor no tiene capacidad de obrar y no se le puede atribuir dolo

Una obviedad. #2 Hacienda y todos los tribunales que hasta ahora han sostenido lo contrario.

ElTioPaco

#5 supongo que cuando cumpla #18 como bien dice #3 la picadora de carne volverá al ataque.

Las navidades promen ser tensas ese año.

p
p

#7 Mira en #12

ElTioPaco

#11 #12 la gente que hace esas mierdas no suelen ser chapuceros.

no habeis visto nunca en la tele el tipico "kike tiene 7 años y se ha montado su propia empresa de importacion de canicas"

cuando casi todo el mundo piensa "owwwwww que mono", otros sonreimos y pensamos, "que hijos de puta"

D

#16 la gente que hace esas mierdas no suelen ser chapuceros.

¿Dónde dices que puedo consultar esa estadística de gente a la que no han pillado?

squanchy

#5 Entiendo que lo que dice la sentencia es que no se puede sancionar a la niña, porque aunque ha sido un colaborador necesario, no tenía capacidad para hacerlo por sí misma. Eso no quita que el juez deshaga la donación.
Dicho de otro modo: que no pueden multar o condenar a la niña.

Varlak

#4 es que yo creo que no condenan al crío por defraudar, condenaría a la madre (que si se le atribuye dolo) y por lo tanto al crío, aunque inocente, se le ha dado un dinero que no es suyo y se le coge de vuelta sin necesidad de condenarlo o considerarlo culpable de nada. Sinceramente, me parece que esto va a ser un coladero de defraudadores y me parece que eso es exactamente lo que se busca.

ElTioPaco

#2 ojo, que los padres que pone todos los bienes a nombre de sus hijos para poder reírse de pagar cosas tampoco son para darles un premio, eh?

D

#7 No sé de derecho, pero imagino que para eso estárá el delito de alzamiento de bienes.

cc #8

b

#11 lamento que tener nombrarla pero ¿Recordáis los padres de Ayuso?
Pide préstamos millonarios para su empresa. AvalMadrid casualmente deja de perseguirlos y para cuándo va a reclamar... Pobre, ha muerto de cáncer.

o

#11 yo fui juzgado por alzamaiento de bienes cuando tenia 14. El abogado aconsejo a mi madre poner unas propiedades a nombre mio pq mi madre tenia unas deudas. El abogado dijo q si cambiamos los bienes antes de q nos denunciaran, seria legal. Pues perdimos el juicio y fui condenado

Varlak

#28 Quien debía ser condenada era tu madre como representante legal, en todo caso entiendo que la condena fue una multa que pagó tu madre de todas formas ¿No? No creo que la condena incluya carcel

o

#31 nos condenaron a mi y a mis hermanos a 1 año de carcel, pero no entramos en prision.
La verdad no se como le quedo la cosa a mi madre, no nos lo dijo, pero tampoco fue a prision

Varlak

#32 Que barbaridad, me parece surrealista...

i

#7 contra esos padres habría que ir. Son unos capullos por utilizar w los hijos para sus fechorías con Hacienda.

ccguy

#2 la cosa es que para algunos de delitos sacamos las antorchas y decimos lo de delitos de adultos, penas de adultos.

Anda que no joden los menores violadores o asesinos.

Pues más delito de adultos que el fraude fiscal...

I

#8 Si, lo mismo es un violador adolescente de casi 18 años que una niña de 6, que con toda seguridad era consciente de las posibles consecuencias de sus actos.

ccguy

#22 se habla de "menores", no hay grados por edad.

ccguy

#24 Yo he dicho lo que he dicho. No he dado mi opinión sobre lo que hay que hacer.

C

#8 Pues está muy clara la diferencia. En unos delitos es el menor el que comete el delito, las ideas son suyas y las acciones también y en este caso de los delitos fiscales son los padres los que cometen el delito únicamente usando de escudo al menor.
Vamos si hubiera sido el menor un prodigio para tener los conocimientos legales y financieros suficientes y hubiera organizado el fraude por si mismo también habría mucha gente opinando que debe considerarse culpable aunque sea menor de edad.

D

#2 A ver si nos aclaramos. Queremos luchar contra la evasión fiscal o no?

#2 No se a que caso se aplica esta sentencia, pero una cosa es que no se les considere complices del delito, tengan antecedentes o arrastren deudas por lo que hagan sus padres, y otra que si han puesto algo a su nombre para escapar de hacienda se les pueda hacer que lo devuelvan.

tdgwho

Y cuando cumples 18 BAAAAAAM debes 20000€ lol

Cafeinooo

#3 Menudo bajón acabas de darles a los que creen que esta sentencia mejora las cosas.

Lo hace... Hasta que el menor cumple los 18.

devilinside

#6 Y el día que Hacienda tenga prisas, siempre puede mandar unos sicarios a cargarse a la madre y, cuando la hija herede, sartenazo

ElTioPaco

#3 habría que estudiar los casos, pero si cuando cumples los 18 tienes al señor de Hacienda pidiéndote unas decenas o cientos de miles, quizás deberías plantearte destripar a los malnacidos de tus padres y vivir a gastos pagados del estado una temporada larga.

tdgwho

#9 hay mas o menos unos 38 millones de adultos, y nuestra deuda pública es de 1,3 billones... toca a 34000 por adulto lol No es cosa de tus padres prefisamente.

D

Ahora entiendo eso de "Hacienda somos todos"
...pedazo de piratas

Huaso

Con lo fácil que es poner los bienes a nombre de la SL... Cuyo administrador único es la hermana de la cuñada de tu primo segundo de Calasparra.