Hace 5 años | Por Cubillina a eldiario.es
Publicado hace 5 años por Cubillina a eldiario.es

Un juzgado en primera instancia de Madrid resolvió ayer que no existe relación laboral entre un repartidor y la plataforma catalana de comida a domicilioDesde la empresa consideran que "el modelo de negocio de Glovo en España se ve de nuevo reforzado gracias a esta resolución judicial"El abogado del 'rider', Luis Suárez Machota, rechaza las argumentaciones de la jueza y afirma a eldiario.es que recurrirá la sentencia

Comentarios

D

la justicia española poniéndose del lado de las multinacionales ¡qué chorprecha!

salsamalaga

#2 Luego lo mismo esas multinacionales invitan a juececillos a hoteles con todo pagado.
Win-win.

dphi0pn

Me gustaría ver la argumentación de la jueza

ayatolah

#3 #5 Aquí explican algo más y comparan con la sentencia de Valencia.
https://www.20minutos.es/noticia/3443312/0/sentencia-tsjm-absuelve-glovo-despido/

chorche77

En valencia justo dijeron lo contrario. Hasta que no se pronuncie el supremo nada...

mefistófeles

Habría que leer la sentencia para poder opinar, porque igual es sobre un caso puntual de un trabajador y no sobre el colectivo, y pudiera ser, repito, pudiera ser, que en ese caso puntual no fuera falso autónomo.

Pero lo dicho, sin la sentencia sólo podemos hacer conjeturas.

D

#5 por ejemplo, si el trabajador estuviera en varias plataformas trabajando no sería falso autónomo, pero no sé si es el caso

salsamalaga

#6 ¿En el mismo horario, repartiendo comida para varias?