Resumido, el TS ha emitido una sentencia en la que al parlamento le ha dicho sobre la PPR algo así como "¿Pero qué farsa es ésta?¿Estáis todos gilipollas?¿No veis que es un disparate jurídico?"
#5 Eso me parece a mi, mas que en el fondo se meten en la forma ya que tiene pinta de ser una chapuza, como viene siendo habitual. Si se quiere la cadena perpetua, se dice claramente, se propone una legislación y se vota, no se hace una chapuza para que en 10 o 15 años nos la tire para atrás una instancia superior.
En resumen:
el TS dice que para la aplicación de la PPR se han aplicado dos agravantes que son redundantes, que hay que considerarlo como sólo un atenuante. La historia es que parece que todos los casos en los que se podría aplicar la PPR pasarían por la misma redundancia.
La redacción de la noticia no hay por dónde cogerla, aquí bastante mejor:
Comentarios
¿ES NECESARIO GRITAR?
#1
QUÉ DICES! QUE NO SE ESCUCHA!!
SE VA A LEER ESE TOCHO SPM
Resumido, el TS ha emitido una sentencia en la que al parlamento le ha dicho sobre la PPR algo así como "¿Pero qué farsa es ésta?¿Estáis todos gilipollas?¿No veis que es un disparate jurídico?"
#5 Eso me parece a mi, mas que en el fondo se meten en la forma ya que tiene pinta de ser una chapuza, como viene siendo habitual. Si se quiere la cadena perpetua, se dice claramente, se propone una legislación y se vota, no se hace una chapuza para que en 10 o 15 años nos la tire para atrás una instancia superior.
El tribunal supremo hace tiempo que no sienta precedentes validos, cuando es necesario se tira para atrás cualquier sentencia.
Ojo con la etiqueta, el TS no declara qué es inconstitucional.
Las motivaciones de la resolución son como sánscrito para los no iniciados, pero el resultado es que le condenan a 24 años y no mas.
En resumen:
el TS dice que para la aplicación de la PPR se han aplicado dos agravantes que son redundantes, que hay que considerarlo como sólo un atenuante. La historia es que parece que todos los casos en los que se podría aplicar la PPR pasarían por la misma redundancia.
La redacción de la noticia no hay por dónde cogerla, aquí bastante mejor:
https://www.ideal.es/nacional/tribunal-supremo-tumba-sentencia-permanente-revisable-tenerife-20190124154541-ntrc.html