Hace 3 años | Por Gandark a desnudizate.blogspot.com
Publicado hace 3 años por Gandark a desnudizate.blogspot.com

recientemente se ha conocido la resolución del Tribunal Superior de Cataluña que viene avala la Ordenanza Municipal del Ayuntamiento de Barcelona. Ordenanza que impone la prohibición de ir desnudo o semidesnudo por la ciudad, esto último a excepción de la playa, paseo marítimo o calles colindantes. Se trata de una Ordenanza Municipal con consecuencias exclusivamente de carácter administrativo -es decir- pecuniario sin consecuencias penales, conceptos que, en ocasiones, tienden a confundirse.

Comentarios

noexisto

Qué tendrá que ver un delito con una sanción administrativa? Está claro que una ordenanza municipal no es el Congreso ni aprueba leyes orgánicas. Otra cosa es la que se montó en los 80s con el delito de escándalo público hasta que el TS dijo que de delito nanay
Aquí se puede ver lo que pasó en los 80s (tiempo de edición, siento no encontrar nada mejor)
https://www.naturismo.org/opinion/iterjuridico.html

M

En algunos cuerpos, si.

Gry

Vamos, que puedes ir en pelotas donde quieras si tienes suficiente dinero para pagar las posibles multas. ;-p

D

#1 claro, igual que puedes aparcar donde te salga de las pelotas...

Gry

#2 Un conocido mío siempre conduce al límite de velocidad en el que no te quitan puntos, creo que es 150 en autopista y 120 en carretera.

Es raro el mes que no le ponen alguna multa y no podría importarle menos. "Mi tiempo vale más" dice.

s

#1 El problema es más para el que ve a uno en pelotas por la ciudad, que para la persona que va en pelotas, porque su único "delito" es no tener el cuerpo oculto bajo la ropa. Por mucho que nos choque esa imagen, ir desnudo no es delito, no es la costumbre y es un choque cultural, pero no debería estar penalizado de ninguna manera, ni con multas.

Gry

#8 Eran más abiertos hace 40 años que ahora. Se nos contagia la mojigatería de los EE.UU.

s

#9 Recuerdo un profesor de egb a finales de los ochenta, fumador, cuando empezaban a llegar las leyes contra el tabaco, que decía que esas leyes no iban con nosotros, que nosotros somos mediterráneos lol

e

Lo de los tíos de todas edades corriendo por el parque de María Luisa sin camiseta, debería ser delito flagrante.

alexwing

Depende si haces un nudo de soga y cuelgas a alguien, si.

y

Y si tu ropa es transparente? es nudismo?, porque tapado vas...

D

Delito legal no sé si será, pero a veces tiene delito tener que ver los pellejos colgones de algunas personas...

D

Si los cuerpos son esbeltos, no hay delito, si son horribles, es un delito flagrante.

julianofi_1

Los Ayuntamientos no están legalmente habilitados para regular las libertades elementales como el de la libre expresión por tanto resulta inconstitucional toda ordenanza que prohíba el nudismo.

julianofi_1

La libertad de expresión solo puede limitarse mediante Ley Orgánica en caso de ser necesario para proteger otros derechos más importantes, no es el caso por tanto en España no se prohíbe el nudismo.

julianofi_1

La única Ley aplicable a este asunto no va en la dirección de prohibir sino todo lo contrario. La L.O. 5/88 de abolición de legislación franquista inconstitucional que hace desaparecer, entre otros, el delito de escándalo público en el que se basaba todo el desarrollo legislativo contra la desnudez humana. La Policía de Moralidad franquista queda eliminada con la abolición de dicha penalización contra la natural desnudez.

julianofi_1

Existe informe jurídico (Resolución del Defensor del Pueblo) contra la persecución de la desnudez. El delito es precisamente la represión moral de la desnudez.

julianofi_1

También existe Sentencia del tribunal europeo de derechos humanos a favor del nudismo como un derecho de libertad de expresión.