Hace 5 años | Por Kaprak63
Publicado hace 5 años por Kaprak63

Comentarios

Ze7eN

#1 Yo, de hecho, no he sabido de la existencia de ese punto del 135 hasta hoy.

PasaPollo

#4 Paso el texto:

Disposición adicional única
La Ley Orgánica prevista en el artículo 135 de la Constitución Española deberá estar aprobada antes de 30 de junio de 2012.
Dicha ley contemplará los mecanismos que permitan el cumplimiento del límite de deuda a que se refiere el artículo 135.3.
Los límites de déficit estructural establecidos en el 135.2 de la Constitución Española entrarán en vigor a partir de 2020.

Ze7eN

#6 Gracias. Yo dejo el artículo dónde lo he leído.

D

#2 En resumidas cuentas... Constitucionalista no es mas que un eufemismo de nacionalista Unionista Español. Chorprecha!!

La clave era crear un termino identitario que generara cohesion en el colectivo unionista... sin usar la palabra nacionalista
Y media España repitiendolo como gilipollas lol lol lol

Res_cogitans

#9 Obligar al cumplimiento forzoso no tiene misterio. Si no se cumple la orden, entonces dicha autoridad está cometiendo un delito de desobediencia y puede ser procesada por ello. Lo que el artículo no permite es la destitución o el puenteo.

D

#11 cumplimiento forzoso puede significar que se ha de cumplir y con efectos. Si la autoridad se niega, pues se le puede procesar sí, pero para que prime el interés general mencionado en la ley se ha de hacer la instrucción igualmente, lo que puede implicar perfectamente la destitución y poner a otra persona designada a que estampe la firma necesaria.

Res_cogitans

#13 El segundo punto de artículo indica que para las medidas indicadas en el primer punto el gobierno podrá dar instrucciones a aquellas autoridades. No permite nada más. Este artículo no faculta al gobierno para nada más, por mucho que pueda quererlo.

D

#25 Lo que estas haciendo, y los que hicieron quienes aplicaron el 155, es extender lo que declara la Constitucion con pinceladas y acabados propios.

Por poder, es evidente que se puede, como todos hemos visto. Pero no es lo que establece la Constitucion. Afirmar que la destitucion del Gobierno Catalan, se realizo con el amparo del articulo 155 de la Constitucion es muy valiente. La Constitucion no establece esa medida en ninguna parte..

Tambien les podrian haber fusilado, y decir que era una medida acorde al 155 porque el Gobierno catalan imposibilitaba la aplicacion del mandato del Gobierno de España... siguiendo la misma logica.

Como bien remarca #3 , en las acciones amparadas por el 155 siempre se contempla la permanencia del Gobierno de la Comunidad Autonoma. En ningun lugar se establece un marco para su destitucion.

De modo que acabamos en una situacion donde lo autoproclamados Constitucionalistas, han aplicado un articulo de la constitucion de forma INCONSTITUCIONAL.
Y media España aplaudiendo, tu entre ellos

D

#32 Esa es tu interpretación, diferente a la mayoría de los representantes de los ciudadanos en el Congreso y el Senado, y a la interpretación del tribunal Constitucional.

D

#11 ¿Donde dice que las instrucciones no pueden ser la substitución de los altos cargos del gobierno de la Comunidad Autónoma?

themarquesito

#3 En el punto 1 dice que se podrán adoptar las medidas necesarias para obligar al cumplimiento forzoso. El punto 2 es uno de los desarrollos, le faculta para dar instrucciones, no le limita a dar instrucciones.

Res_cogitans

#17 Cuando se obliga, se obliga a alguien. Concretamente, el gobierno puede obligar a una autoridad a hacer lo que le indique. Es algo que normalmente no puede hacer y que el artículo 155 se lo permite. Sin embargo, no le permite nada más.

D

#17 Le obliga a actuar pero NO a suplantar como se hizo.

D

#3 Son las medidas necesarias:

- para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones, cuando una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o bien
- para la protección del mencionado interés general, cuando actuare de forma que atente gravemente al interés general de España.

Por tanto, no queda tan claro que el 155 solamente valga para dar cumplimiento forzoso a una determinada obligación, sino que no es absurdo interpretar que dentro del 155 cabe cualquier medida necesaria "para la protección del interés general".

En cuanto al 155.2, no creo que esté diciendo que "las medidas necesarias" se agoten en dar instrucciones a las autoridades, sino solamente que puede dar instrucciones a autoridades a las que ordinariamente no podría dar tales órdenes. De otro modo, carecería de virtualidad el art. 155 ante una desobediencia.

No estoy entrando en si lo que se hizo cumplió o no con la Constitución, ni mucho menos en si era lo correcto desde otras perspectivas. Pero no es tan clara la interpretación como dices.

Res_cogitans

#24 Cualquier medida necesaria para proteger el interés general se ve afectada por el punto 2. Para ejecutar esas medidas, el artículo le permite al gobierno dar instrucciones a las autoridades. El artículo no le permite hacer nada más. No podemos asumir que el gobierno puede hacer lo que quiera en esas medidas, como suspender derechos, retirar cargos o matar a gente. El gobierno está restringido por el resto de la Constitución y leyes. El punto 2 del artículo le da una capacidad, que es la de dar instrucciones. Añado: si el gobierno quiere hacer cosas como retirar derechos, cargos, etc., tiene que declarar un estado de excepción.

D

#28 Por favor, ponme un ejemplo de una situación en la que, según tu interpretación, el 155 podría aplicarse y serviría para algo.

Por otra parte, lo que hizo el gobierno sería equivalente a dar instrucciones a ciertas autoridades para que dimitieran y luego dar instrucciones de todo tipo a otras autoridades durante meses.

Res_cogitans

#51 Por ejemplo, en el caso en el que una autoridad de una comunidad autónoma incumpliera el estatuto de autonomía, podría aplicarse el artículo 155. Imagina el caso de una partida presupuestaria o el ejercicio de una competencia que contraviniera el estatuto.

No, una dimisión no puede ser resultado de una instrucción, pues la acción de dimitir es genuinamente voluntaria y reflexiva. Cuando te obligan a dimitir deja de llamarse dimisión y se llama cese.

D

#92 O sea, incumplen, el gobierno les pide que cumplan, el Senado tiene que aprobar la aplicación del 155 y... al final solo sirve para que el gobierno de España pueda ordenar al de la comunidad que haga lo que ya tenía que hacer. ¿Y si entonces el gobierno de la comunidad dice que no le da la gana?

Por otra parte, si el 155 le da poder al gobierno para que ordene a la autoridad que sea que haga aquello que ilegalmente dejó de hacer, ni más ni menos, ¿qué sentido tienen los recursos de inconstitucionalidad y los conflictos de competencia, si el gobierno, con autorización del Senado, puede resolver los conflictos por sí mismo sin pasar por el TC?

la acción de dimitir es genuinamente voluntaria y reflexiva

¿Entonces el gobierno puede ignorar las mociones de censura y seguir como si nada? (Si el Congreso adopta una moción de censura, el Gobierno presentará su dimisión al Rey). Pero bueno, reconozco que lo de darles la instrucción de dimitir era un poco cogido por los pelos.

Res_cogitans

#93 Entiendo que no tienes razones para rebatir mis argumentos y por eso necesitas recurrir a suposiciones, experimentos mentales, dudas sobre otras cuestiones y apelaciones a la sorpresa. El gobierno puede perfectamente destituir cargos si lo desea. Para ello tiene que recurrir al artículo que habla sobre ello, que es el de declaración de estados de alarma, excepción y sitio. El 155 sirve para lo que sirve, ni más ni menos. Si el gobierno quiere destituir, ese artículo no le vale. Es así de simple.

frankiegth

#3. '...Lo que queda claro del Artículo 155 es que no permite al gobierno destituir a las autoridades de la comunidad autónoma...'

Eso mismo ya lo señalaba hace menos de dos años el tristemente fallecido Antonio García Trevijano en sus podcast semanales y sus videos en su canal de Youtube. El principal problema en vida que tuvo siempre Trevijano es que solía llevar razón. Tener un currículum extraordinario, tener un prestigio intachable y además de soler llevar razón yendo siempre con la verdad por delante y contra las mentiras del Régimen del 78 no era aceptable para el sistema establecido.
https://es.wikipedia.org/wiki/Antonio_Garc%C3%ADa-Trevijano

D

#55 Y eso mismo lo dijeron jueces que elaboraron el dicho artículo.

D

#3 Así que la vicereinona de Santamaria era ILEGAL...oño con los constitucionalistas.

D

#15 En mi opinión es uno de los puntos más importantes y los "constitucionalistas" se lo pasan por el forro una y otra vez.

D

#20 Tu lo has dicho amigo. Y para llegar al artículo 155 me parece que antes hay que pasar por el 128, pero lo leyeron sin prestar mucha atención.

Ze7eN

#0 Gracias por tomarte el esfuerzo de explicar con palabras algo que claramente es un hecho y que muchos compartimos.

K

#5 Gracias a ti por tomarte la molestia de leerlo.

D

#18 Y no te olvides del afán de los constitucionalistos esos en apartar de la vida pública a todo lo que no esté escrito en castellano.

D

#52 a ver, la constitución en qué idioma está escrita? Pues eso.

e

#34 Cuando te autodenominas constitucionalista, excluyes a otros de serlo. Puede que tu entiendas que es constitucionalista el partido que quiere una solución para el tema catalán dentro de la constitución, pero es tu percepción y lo siento pero no es cierto. Por que los autodenominados constitucionalistas excluyen a Podemos y estos tb quieren una solución para el tema de Catalunya dentro de los margenes de la constitución.

Por lo tanto cuando se denominan constitucionalistas quieren decir muchas más cosas que la solución sobre el tema de Catalunya y por lo tanto les sería exigible que defiendan TODOS sus artículos y no los que les salga de rabo. Yo por mi parte no me fio de ninguno de los políticos que no paran de llenarse la boca con palabras como LEY, LIBERTAD, DEMOCRACIA, CONSTITUCION ETC..

K

#34 Dices, entre otras cosas, y copio y pego textualmente:

""Dicho esto lo que se vienen a llamar "constitucionalistas" no son que una forma de distinguir aquellos que pretenden solucionar el tema catalán sin salirse de lo que permite la constitución frente a los que pretenden solucionarlo sin eso.

Aunque en ese párrafo faltan algunas palabras, que se dan por supuestas, entiendo que, según tu criterio, porque es el tuyo, y no hay ningún consenso al respecto, "constitucionalistas" son SÓLO los que pretenden solucionar el problema catalán sin transgredir los actuales límites constitucionales.

Esos que tú llamas constitucionalistas según un criterio mucho más preciso deberían ser llamados Nacionalistas Españoles, Españolistas, Castellanistas, Hispanistas, Iberistas, PielToristas, o cualquier otro término parecido pero, por favor, que dejen de manosear continuamente un término que les viene extremadamenrte grande, porque hay decenas de artículos en la Constitución que son mucho más importantes para el día a día del 85% de los españoles, y esos que se autodenominan consitucionalistas los están pisoteando a diario.

La intención del artículo era precisamente poner en tela de juicio el término: "constitucionalista" por el simple hecho de querer aplicar UN SÓLO ARTÍCULO de la Constitución sin transgredir los límites constitucionales, es decir, el 155.

Bien, creo que me encuentro en un gran porcentaje de españoles que están hasta la punta de... las neuronas de esa hipersimplificación, porque yo, por ejemplo, me considero constitucionalista, pero el uso de ese término, solo para la aplicabilidad de ese artículo, es una apropiación de PUTA MADRE, con la única finalidad de legitimar a unos señores a los que les importa España y sus Comunidades un carajo, cuando se trata de los demás artículos que sí nos afectan directamente a TODOS los españoles. Y espero no haber sido en este último párrafo excesivamente pedante.

f

Y tampoco tienes que ir tan lejos. Por ejemplo, el artículo 2, que tanto citan los "patriotas" dice [...]reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran[...]. No lo veo muy compatible con un estado centralista como el que los mismos proponen.

waterbear

Sería interesante preguntarles a los "constitucionalistas" sobre el título preliminar, artículo 3, punto 3: "La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección."

http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=3&tipo=2

D

#22 si quieres saber más recomiendo que le des a "ver sinopsis"

waterbear

#27 Gracias. Me esperaba que por "sinopsis" me iba a encontrar una versión más resumida. Pero aquí se expande con información relevante.

En cualquier caso, mi comentario era más un ejercicio imaginario. Ahondando en la idea de que los que se denominan constitucionalistas también tienen sus partes de la constitución que no les gustan tanto. Por ejemplo, Ciudadanos en Baleares ya le dio un toque de atención a su candidato en Baleares por rebajar sus críticas a las leyes lingüísticas.

D

#43 no veo por qué criticar leyes lingüísticas iba a ser contrario al constitucionalismo. La Constitución permite que las haya, pero en muchos casos no obliga.

waterbear

#48 Cualquier ley se puede criticar, y no conozco la ley balear a fondo. Simplemente me parece significativo que tras ganar las primarias el partido le tire de las orejas al candidato por opina que el partido no debía ser tan combativo con el tema lingüístico: "en Ciudadanos hay mucha gente que cree que se han centrado en exceso en la lengua y por ello yo estoy aquí ahora". (fuente: https://www.vozpopuli.com/politica/elecciones-autonomicas-2019-ciudadanos-toque-atencion-candidato-baleares-leyes-catalan_0_1226578386.html )

Es política-ficción, pero si el candidato de Ciudadanos llega a decir que hay que "el catalán ha de ser objeto de especial respeto y protección." imagino que los tirones de orejas hubiesen sido más fuertes todavía, pese a ser algo que recoge la constitución.

Me da la impresión de que con la polarización del problema catalán cualquier actitud que se pueda ver de apoyo a "la riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España", automáticamente se traduce como apoyo (o complicidad con) los independentistas, e irónicamente es atacada por los constitucionalistas.

Sendas_de_Vida

He encontrado otro a faltar. El 27.4. En donde dice que la Educación básica es obligatoria y GRATUITA. Que incluso el Defector del Pueblo afirma taxativamente que hasta los libros de texto han de ser gratuitos.

qwerty22

#0 a mi el nombre "constitucionalista" me parece suficientemente correcto. Aunque para mí, la definición correcta de un partido constitucionalista es aquél partido que está a favor de mantener la constitución del 78.

Partidos constitucionalistas:
Según esa definición entrarían PP, PSOE, C's, quien más quien menos opta por retocarla, pero no derogarla.

Partidos no constitucionalistas:
Podemos: Quiere una nueva etapa constituyente.
Independentistas: Quieren una nueva constitución que permita la segregación de un territorio.
VOX: se quiere cargar las autonomías, pilar de la constitución del 78. Luego para mi no sería constitucionalista.

D

#30 Partidos que defienden la constitución del 78 pero, se la saltan como quieren y cuando quieren.

D

#74 en serio, sigues en otro tema, el principal era la necesidad de reformar la CE en base a las reformas de otros países, ¿crees que me voy a olvidar por mucho que te vayas por los cerros de úbeda?

No voy a insistir más con el tema del artículo que mencionas, como ya he puesto, jurídicamente hablando queda a disposición del legislador en la LOE. Lo que tú u otros interpreten no es jurídicamente relevante. Habla con el legislador, que es el que tiene la palabra, y no hay que reformar la CE.

Ahora vuelve al tema de las reformas necesarias con respecto a otros países venga.

Sendas_de_Vida

#78 Vaya, veo que para ti la Constitución también es una opinión. Me alegro.

D

#79 veo que te vuelves a quedar sin nada que decir.

Veo que te molesta que te señalen que para lo que pides no hay que modificar la CE sino la LOE. Y veo que sigues sin poder argumentar tu postura inicial sobre las reformar, pero yo he podido mostrar como efectivamente no es necesaria una reforma constitucional para lo que pides

Sendas_de_Vida

#80 Te lo acabo de proponer.

Sendas_de_Vida

#78 Una propuesta. Eliminar la palabra GRATUITA de la Constitución. ¿Te sirve?. Entonces ya no hay interpretación posible y no depende de las leyes (LOE o LOMCE), ni de los informes del Defensor del Pueblo (que por cierto, supongo que sabes que hay un ejército de expertos en leyes detrás de los informes del Defensor del Pueblo).

D

#81 tu propuesta es absurda porque no entiendes a que se limita esa palabra en la CE, y no es culpa de la gente a la que quieres eliminar los derechos que les da el art 15.2 de la LOE garantizados con esa palabra.

No creo que la gente esté a favor de renunciar a esos derechos, así que no creo que la reforma que propones prospere la verdad.

Sendas_de_Vida

#84 También te han "adoctrinado" para creerte que los libros de texto no han de ser gratuitos. Otro más.

D

#85 lol lol lol lol lol lol

No hay más ciego....

Sendas_de_Vida

#86 Exacto. Ni siquiera te sirve el informe del Defensor del Pueblo. Ni tampoco que en el resto de los países de nuestro entorno sean gratuitos.
Spain is different.

Dene

Dime de que presumes ... y te dire de lo que careces.
Los que mas presumen de amar y proteger la constitucion se la estan follando a diario.
Los que presumen de su cultura y valores cristianos son los que estan robando a manos llenas, ayudando a robar a los empresarios que les apoyan y con ello, condenando a mucha gente a hambre y miserias.
Mientras haya tontos utiles que les crean y les voten, estamos jodidos.

derethor

Como en todos los sitios, hay gente a favor y en contra. Constitucionalista es un eufemismo de "pro régimen".

D

Meneo.
Poco mas que añadir.

XtrMnIO

Se hacen llamar constitucionalistas y echan de menos la dictadura...

Sendas_de_Vida

No veo ningún comentario en que se diga que en España, modificar la Constitución da miedo. Los demás países europeos tienen la media de una vez cada cinco o seis años.
La nuestra, ni se mira ni se toca.

D

#37 Si, se va a cambiar para que menos de la mitad de la población de Cataluña decida que se lleva un trozo de nuestro territorio gratis.

Claro, claro que sí

Sendas_de_Vida

#41 Creía que este artículo hablaba de si la gente y los políticos son constitucionalistas.

D

#62 Hombre, gilipollas tampoco soy, "Usatges"

"Y ser de un pueblo en su concepto de identidad no significa que te sientas español. Y si te has de sentir español a la fuerza entraríamos en otro debate muy distinto."

Sendas_de_Vida

#66 Exacto. Pero ese no es el debate en este hilo. Pero si quieres, lo podemos hablar.

D

#37 comparación falaz, ¿qué cambios se quieren realizar?¿Qué cambios se han hecho en otros países?¿Son necesarios aquí?¿Se ha de modificar la CE para llevarlos a cabo?

Por poner un ejemplo, en algunos países para permitir el matrimonio homosexual, se debe modificar la Constitución, aquí sin embargo basta con modificar LO.

Muchos de los cambios que puede reclamar la gente no necesitarían de reforma constitucional en este país, y muchos cambios que se han hecho en constituciones de otros países pueden estar ya contemplados en la CE.

Sendas_de_Vida

#42 Si. Son necesarios, aunque sea cambiar una coma, o eliminar alguna palabra. Ya que no se cumple el artículo 27.4 (La Educación básica es obligatoria y GRATUITA), que se quite la palabra GRATUITA. Es una deshonra decir algo que no se cumple.

D

#64 No respondes a las cuestiones, te vas a un tema distinto. Diríase que no tienes mucho que argumentar sobre la necesidad de reformar la CE en base a lo que hacen los países vecinos.

Lo de la educación básica gratuita queda a disposición del legislador, y se desarrolla en el artículo 15.2 de la LOE. No hace falta reforma de la CE como decía antes.

Recomiendo leer las sinopsis de los artículos, son bastante ilustrativas(en general) en cuanto a jurisprudencia http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=27&tipo=2

Sendas_de_Vida

#70 ¿Te parece que la mentira forma parte de la justificación para no cumplir la Constitución? Justificar la LOE que incumple la Constitución

https://www.defensordelpueblo.es/wp-content/uploads/2015/05/2013-11-Gratuidad-de-los-libros-de-texto-programas-ayudas-pr%C3%A9stamos-y-reutilizaci%C3%B3n.pdf

El Defensor del Pueblo entiende que el carácter gratuito de la enseñanza en los niveles
educativos obligatorios constituye un instrumento dirigido a garantizar el acceso de
todos a tales estudios, y considera por ello que dicho carácter gratuito debería hacerse
extensivo a los libros de texto o material didáctico utilizados para cursar los referidos
niveles, lo que exige medidas que hagan posible el acceso de los alumnos a los mismos
sin coste alguno. Esta opinión, que ya expresó el Defensor del Pueblo en su informe
anual de 1995, ha sido avalada y compartida por el Consejo Escolar del Estado, que en
su informe del curso 1998-1999 dice: «La Constitución española es taxativa. La
Educación básica es obligatoria y gratuita. El libro de texto o material didáctico que sea
preciso para impartir la educación básica y, por tanto, para garantizar el derecho
fundamental a la Educación ha de ser gratuito.
El Consejo Escolar insta a las
administraciones educativas para que arbitre las medidas necesarias, en la forma que
considere más efectiva, a fin de garantizar este derecho en todos los centros sostenidos
con fondos públicos».


Claro, la LOE. Anda que no me he peleado con políticos por defender el informe del Defensor del Pueblo. La respuesta de los políticos: Si no te gusta el proyecto educativo (respaldado por la LOE y la LOMCE) del centro.... búscate otro. Fui Consejero Escolar en Madrid, no recuerdo que te lo hubiera dicho en algún momento.

Sendas_de_Vida

#70 Y más grave, si cabe, es aún lo siguiente. Decenas de miles de maestros y profesores incumplen su promesa o juramento de guardar y hacer guardar la Constitución. Pues para tomar posesión de su cargo como funcionario es requisito imprescindible realizar dicho acto. >Pero en España quienes mandan son los políticos, y la Constitución no tiene un valor subyacente de compromiso. Se utiliza la misma solo para sus propios intereses, no como un objetivo a cumplir. Y llevamos 40 años sin que sea gratuita. Y así nos va.

D

#37 Puedes mostrar la fuente donde se indique que se modifiquen tanto las Constituciones de otros países.

Alemania sí que la ha modificado mucho, pero Italia y Francia de forma similar a España. (Consultado en la Wikipedia)

El problema de la reforma constitucional es la falta de concenso de la sociedad española.

EspañoI

#0 de primero de derecho : "la constitución es ambigua" A PROPÓSITO.
Es ambigua para que cualquier gobierno tenga margen suficiente para gobernar sin tocarla.
El 155 es ambiguo? Pues claro, porque es un límite al que no se debería llegar, al menos en 1978.
Por eso la Constitución está llena de "una ley desarrollará..."
El sencillamente el puto límite al que se puede llegar en el estado de derecho.

Constituciónalista es todo aquel partido cuyo programa cabe en ese marco. Punto.

Por la misma te podrías considerar a ti mismo cuñadista, por opinar en plan tasca sobre algo que los expertos en derecho llevan estudiando décadas.

victorjba

Artículo 14

Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

No se nos puede discriminar por nacimiento... pero si no has nacido Borbón olvídate de acceder a la jefatura del estado (incluida la Leti). Y no se puede discriminar por sexo pero para acceder a la jefatura del estado van siempre primero los hombres. ¿Es constitucional la monarquía?

D

Muy buen artículo que demuestra que los que se flagelan denominándose constitucionalistas, lo son mucho menos de lo que dicen, y procuran sólo utilizar determinados artículos en beneficio propio a su libre interpretación.

D

#0 Empiezas estableciendo una definición de Constitucionalista y Anticonstitucionalista que no responde con la aplicada mayoritariamente por la sociedad.

Los Anticonstitucionalistas son los partidos que defienden la no legitimidad de la Constitución. Básicamente los independentistas, que no reconocen la soberanía del pueblo español, y los radicales de izquierda, que no creen válido la forma en cómo se redactó y aprobó (El régimen del 78, como dice Podemos). A VOX no le oído hablar de la Constitución, pero no me extrañaría que la atacase.

Después, interpretas libremente los artículos que te interesan de la Constitución, sin tener en cuenta que no todos los artículos se aplican igual, tal como indica la propia Constitución, y obviando que los artículos se interpretan dentro de un contexto jurídico. Es como intentar interpretar un libro de informática, sin tener idea de la materia, y dando un significado corriente a los conceptos informáticos.

D

Típico artículo de niño de 15 años para justificar que los políticos que le gustan(que no son los "constitucionalistas") se salten la ley.

leitzaran

#33 Típico comentario de niño de 15 años para justificar que los políticos que le gustan (que son los "constitucionalistas") se salten la ley.

d

Me parece muy gracioso que veas el articulo 14 amenazado por lo que supuestamente va a hacer VOX, pero no por las actuales leyes de la LVIG que literalmente se lo saltan.

cubano

#23 Se ve antes la paja en el ojo ajeno que la viga en el propio.

Luigi003

#23

Todos tenemos muy claro que si un policía abusa a un ciudadano está peor que si dos ciudadanos se abusan entre si. Discriminando el tipo de violencia dependiendo quien lo perpetre

Todos tenemos muy claro que los estudiantes y jubilados tienen que pagar menos por el simple hecho de serlo, discriminandolo del resto de ciudadanos.

También tenemos en cuenta que las personas con hijos tienen que pagar menos impuestos que el resto.

Pero la única desigualdad que os molesta es la LIVG.

Pues al igual que todas(y no son pocas) las desigualdades contempladas por ley, estas se realizan para compensar una desigualdad estructural que ya existe

d

#72 La realidad es que los estudiantes y jubilados no pagan menos, disculpa que te rompa el sueño, los estudiantes al menos en Andalucia tenemos descuentos en cosas muy contadas, dependiendo el tipo de viaje por ejemplo y los años del estudiante, con lo que ni incluye a todos los estudiantes, ni incluye para todo, y por si fuera poco TODOS los estudiantes reciben el mismo tipo de ayuda, no los estudiantes blancos, o negros, o solo los asiaticos, todo los que cumplan los criterios los reciben, y para determinadas cosas.

Los jubilados lo mismo, todos los que lo cumplan, sean de la raza, genero, sexo etc que sea.

Las personas con hijos igualmente TODAS ellas, y además nuevamente para las cosas destinadas a sus hijos y tu pagan menos es mentira, reciben una ayuda para compensar lo que gastan, pero en palabras de TODAS las familias con hijos gastan más de lo que reciben por lo que no gastan menos, gastan más y reciben una ayuda para compensarlo.

Sin embargo en la LVIG, solo un genero determinado y de una sexualidad concreta lo recibe, no TODOS, como en todos los casos anteriores, así mismo los criterios para reconocerlos o formar parte van variando según región, y quien gobierne, y ni si quiera tienen en ciertas regiones que acreditar de forma fehaciente que lo son, basta con que alguien de un servicio social lo acredite, y en el caso de menores un profesor, aunque estas personas no tengan la acreditación necesaria, así mismo si se descubre que estas personas han mentido no se les retira, así mismo reciben ayudas no justificadas y que cada día se amplían más y más, desde ventajas en oposiciones, a cuotas, o ventajas para concursos estatales a empresas, sin que ninguna de estas ayuda haya tenido NUNCA que ser justificada.

Por lo que si quieres comprobar ambas cosas, entonces búscame un estudiante o jubilado o cualquier otro grupo que cumpla todo.
- No afecte por igual parte a todos los miembros, por ejemplo no afecta igual a todas las mujeres pues al ser la ejercida por hombre a mujer, que haya sido su pareja no afecta a mujeres homosexuales.
- Que no tenga que justificar el motivo de las ayudas, yo para pedir una beca, tuve que rellenar bastantes datos, y con la advertencia de que si alguno de estos datos era falso podía incurrir en diversos delitos, donde además se especificaba en que se podía gastar etc, sin embargo las ayudas por violencia de genero se otorgan a la persona sin ningún tipo de justificante y sin riesgo de que esta persona sea verificada prácticamente en nada.
- Que estas ayudas no sean retiradas en caso de demostrarse que fueron falsas, como en el caso anterior queda ya dicho, yo como estudiante si pido una beca y se demuestra que mentí, no solo me la retiran, automáticamente me procesan por un delito, si una mujer cobra por LVIG y luego se demuestra que fue falsa, no hay ningún procedimiento al respecto para que devuelva el dinero, el dinero se lo queda.
- Que estas sean permanentes para siempre, La de los estudiantes, tienen todas fecha limite, las de becas indican hasta que curso afectan, o indican cuanto tiempo o hasta que edades se pueden permitir, las de Jubilación son estando jubilado y si hasta que mueras pero no se pueden pedir antes y si alguien deja de estar jubilado porque por ejemplo vuelve a su actividad laboral (o recibe algún dinero) las pierde, eso no ocurre con LVIG, una mujer afectada por dicha ley mantiene sus ayudas por siempre y para siempre.
- Que todas estas ayudas no requieran acreditación alguna, un estudiante para solicitar su ayuda primero debe demostrar que esta estudiando, mostrando su matricula la cual es comprobada, un jubilado no puede recibir ayudas hasta que a la seguridad social le consta que esta jubilado y además como ya he dicho se comprueba que no cobra de ninguna otra profesión o relación laboral INCLUSIVE si esta es temporal, (cuenta hasta dar una charla de la universidad 1 dia, si cobras por ello como relación laboral que es, cuenta) sin embargo en la LVIG la denuncia inclusive retirada, ya es suficiente no hay ningún tipo de acreditación, ni comprobación, ni limite ni absolutamente NADA.

Por ultimo y no menos importante, TODOS alguna vez hemos sido estudiantes TODOS alguna vez vamos a ser jubilados, TODOS podemos tener o no 1 hijo o no, pero NO TODOS vamos a ser mujeres, estas ayudas afectan a todos los miembros de ese grupo, la LVIG solo a un grupo y sector muy concreto al que no se puede acceder, salvo que uno desee cambiarse de genero y encima por si no fuera poco, si un estudiante, recibe un carnet de estudiante el recibe una ayuda, si una mujer recibe LVIG, otra persona sufre un castigo y si encima resulta que es con una ley injusta, pues oye... joder hay que ver que te importa, pues oye igual si, el tema de acabar en la cárcel y/o sin tus hijos siempre importa, cosas raras mías, que importa más sufrir una condena injusta que el que le den dinero a una mujer porque ha tenido un hijo.

Luigi003

#83 La realidad es que los estudiantes y jubilados no pagan menos, disculpa que te rompa el sueño, los estudiantes al menos en Andalucia tenemos descuentos en cosas muy contadas, dependiendo el tipo de viaje por ejemplo y los años del estudiante, con lo que ni incluye a todos los estudiantes,
O sea que me das la razón, los estudiantes tienen ciertas ventajas y de hecho se discrimina hasta entre tipos de estudiantes.

Las personas con hijos igualmente TODAS ellas, y además nuevamente para las cosas destinadas a sus hijos y tu pagan menos es mentira
No, no es mentira, con dos/+ hijos a tu cargo prácticamente no pagas IRPF.

así mismo los criterios para reconocerlos o formar parte van variando (...) basta con que alguien de un servicio social lo acredite
Exacto, igual que las ayudas a la dependencia, a las personas en riesgo de exclusión social o pobreza extrema, desempleados de larga duración, etc. No vamos a tener jueces decidiendo cada ayuda y cada tramite que un ciudadano tiene que hacer por que nos quedamos sin jueces

Que no tenga que justificar el motivo de las ayudas, yo para pedir una beca, tuve que rellenar bastantes datos, y con la advertencia de que si alguno de estos datos era falso podía incurrir en diversos delitos, donde además se especificaba en que se podía gastar etc
Sois unos cínicos de cuidado, y siento si sueno borde. Se podría contar con los dedos de una mano las veces que en todo el territorio nacional el Ministerio de Educación se ha dedicado a preguntarte que has hecho con la beca. Hablo, claro, de las becas generalistas(becas MEC) o incluso de ayudas específicas(becas de Cohesión social, Becas 6000...) nunca, nadie verifica en que te lo gastas mientras sigas siendo pobre y sigas aprobando les vales.

- Que estas sean permanentes para siempre, La de los estudiantes, tienen todas fecha limite, las de becas indican hasta que curso afectan, o indican cuanto tiempo o hasta que edades se pueden permitir, las de Jubilación son estando jubilado y si hasta que mueras pero no se pueden pedir antes y si alguien deja de estar jubilado porque por ejemplo vuelve a su actividad laboral (o recibe algún dinero) las pierde, eso no ocurre con LVIG, una mujer afectada por dicha ley mantiene sus ayudas por siempre y para siempre.
Es que eso es, nuevamente, mentira, pero mentira gorda. Y ya que realizas afirmaciones tan a la ligera, te agradecería un enlace a la convocatoria de ayuda en la que se especifique claramente que sólo con ser victima de VioGen te van a dar ayuda de por vida. Porque las que yo he encontrado suelen poner criterios economicos además de la violencia de Género como requisitos

TODOS alguna vez hemos sido estudiantes TODOS alguna vez vamos a ser jubilados, TODOS podemos tener o no 1 hijo o no, pero NO TODOS vamos a ser mujeres
Esta es la clave. Creo que el rechazo a la ley es precisamente esto, que a ti nunca te va ayudar en nada, porque total, no vas a ser mujer. Por eso tampoco a la gente le gustan los agravantes por delitos de odio porque claro, tu nunca vas a ser negro u homosexual. Y me imagino que por eso tampoco se resarce a las victimas del franquismo y si a las del terrorismo. Porque si no eres de las primeras ya no lo vas a ser nunca, y a ti que cojones te importa. Me parece que la falta de empatía es la clave en todo esto, como a tí personalmente no te afecta, al resto que le jodan un poquito

joder hay que ver que te importa, pues oye igual si, el tema de acabar en la cárcel y/o sin tus hijos siempre importa, cosas raras mías
Me encanta como los detractores de la ley soléis poner como pobres victimas a gente que ha sido condenado. Porque para entrar en la cárcel tienes que haber sido condenado. Y si la has matado ibas a entrar igualmente, sean un par de años más o menos.
Porque no, en la LIVG en ningún sitio en absoluto existe el concepto de inversión de la carga. EN ningún momento lo pone ni lo insinúa.

Luigi003

#99 Añado: Se puede alegar que la jurisprudencia del Supremo se puede interpretar como inversión de la carga pero tampoco es cierto, es una inversión de la carga de la prueba para el agravante de violencia de género. Es decir, la agresión tiene que ser confirmada y probada igual que se haría con cualquier otra agresión, con parte de lesiones o peritaje o como sea. Una vez probada si es verdad que el supremo dice que si es de hombre a mujer en el ámbito de pareja es violencia de Género. Que puedes estar en desacuerdo con la jurisprudencia o no, pero ni siquiera es lo que dice la ley, es lo que dice el Supremo

d

#99 1º No, si hubieras leido el texto entero hubieras visto que no, se discrimina entre estudiantes, se aplica igual para todos los que cumplen los criterios, e inclusive si quieres contar eso como discriminación por llevar razón por narices, sería discriminación por rango de edad, pero todos los estudiantes en el mismo rango de edad, tienen la misma ayuda, sin distinguir entre genero, raza etc, con lo que no, no tienes razón.

2º Decir que como no pagas apenas IRPF ya pagan menos, es de risa, ¿y el resto de pagos?, ¿las compras, la escolarización, etc?, si hablas unica y exclusivamente del IRPF (algo que hubiera estado bien comentar antes de mi mensaje), pues perfecto pero el mundo no se acaba en el IRPF y de media cualquier hogar con hijos paga mucho más, con lo que no es una ayuda para que paguen menos si no para compensar esos gastos que tienen.

3º No hay jueces pero si hay criterios muy claros y en caso de duda resuelve un juez o se resuelve por unos criterios dados muy muy claros, y basados en hechos, no en suposiciones o en discursos o ideologias, si eres un parado de larga duración debes demostrarlo y debes llevar x tiempo, además demostrable con los papeles de por ejemplo la seguridad social o la tarjeta del paro, no por presentar una denuncia que luego puedes retirar ni te va a validar alguien sin conocimientos como un profesor que claramente no tiene porque tener preparación para acreditar si eres maltratada o no, tampoco se te da ayuda para persona con dependencia sin que te vea un medico y el % sera el que te asigne el estado y dependiendo de eso, podras pedir o no ayuda, igualito vamos.

4º El cinico lo seras tu, yo todas mis ayudas, han sido muy claras en que se debian gastar, el que la persona que la reciba lo haga o no eso es cosa suya pero que yo sepa hasta ahora para poder apuntarte en la universidad tienes que gastarte el dinero igual para el colegio igual para todo, el dinero lo gastaras si o si, que luego cuando venga la ayuda en vez de cubrir el dinero gastado te lo gastes en una moto es cosa tuya, pero desde luego el dinero ya lo gastaste previamente, aparte de que en muchos casos es denunciable si se emplea para otros fines, sin embargo si la persona "maltratada" ya que ni debe demostrar que lo ha sido, puede gastarselo en lo que le salga del coño, de hecho en las de la universidad ni si quiera te lo dan, se lo ingresan a la universidad y esta te lo devuelve si es que domiciliaste el dinero con lo que ya me diras como cojones te lo gastas en otra cosa.

5º ¿Te parece por ejemplo derecho de por vida este

Derechos laborales

Tienes derecho, en los términos previstos en el Estatuto de los Trabajadores, a:

- Reducción de jornada y reordenación del tiempo de trabajo: Tienes derecho a una reducción de la jornada, horario flexible o adaptación al horario, en los términos del Convenio Colectivo, o de acuerdo con la empresa.

- Movilidad geográfica. Si tienes que abandonar el puesto de trabajo en la localidad donde trabajas, para hacer efectiva tu protección o tu derecho a la asistencia social integral, tienes derecho a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo grupo profesional o categoría que la empresa tenga vacante en cualquier otro de sus centros de trabajo.?
http://hoxe.vigo.org/movemonos/muller_vxenero2.php?lang=cas#/

¿Te vale también este

puntos adicionales en los concursos-oposición, prioridad en el acceso a viviendas sociales (art. 48)?

y aquí tienes el resto de ayuditas https://www.juntadeandalucia.es/boja/2007/247/2

Pero ey oye ninguno bro, no tienes ninguno aparte de los economicos si alguna vez te encuentras en una situación de desempleo o si tienes ayudas inferiores al SMI, pero bueno, ya te veo que tu primero acusas, porque como buen feminista lo de informarse no va contigo.

6º Gracioso alguien que hable de empatia mientras apoya leyes injustas para el otro genero un humor muy muy fino el tuyo.

7º El tema de las personas que no fueron culpables y esa ley les arruino la vida, mejor no lo hablamos, ¿no?, ni los que han sido condenados injustamente a la carcel aún siendo inocentes como este https://www.abc.es/espana/20150724/abci-condena-homosexual-agresion-201507240937.html, ese o bueno igual no te acuerdas de hace poco el caso que ella le golpeo un puñetazo en la cara, el le dio una bofetada y ella le dio una patada y EL fue condenado, igual se te olvida que esa ley condena cualquier agresión inclusive en defensa propia https://www.elmundo.es/espana/2019/01/08/5c34c8d9fc6c83eb128b467b.html

Porque si es por un caso de asesinar a otra persona que yo sepa ya hay un delito para eso, ¿o es que sin esta ley es legal ahora matar a la gente y no nos hemos enterado?, de hecho es muy estupido que digas eso cuando se queja de la discriminación es decir, se pide que se aplique IGUAL a ambos, por lo que eso de que sean inocentes ha salido de tu mente, no de lo que yo escribo ni de nadie, pero tienes que ver al otro como malo, no vaya a ser que te des cuenta que esa ley es lo que no quieres ver.

No quiero que el que mate a su esposa salga libre, quiero que el que mate a su esposa le caiga lo mismo que cuando pase al reves, como la famosa "viuda negra" que por cierto casualidad cobraba por la ayuda super necesaria y acreditada de "LVIG" y tampoco se le quito nunca ni tras saber que iba matando a sus maridos, eso es lo que yo no quiero que pase, lo que tu te imagines que yo quiero no es cosa mia.

sieteymedio

Para la gente, son lo que los medios digan que son. Joder, si les funcionó con lo de Venezuela...

Priorat

Constitucionalista es el PSOE y, con muchas dudas, el PP. Punto. Todos los demás proponen cosas que se salen de la Constitución.

Lo cual es, dicho sea de paso, bastante normal cuando el CIS cifra en el 70% la gente que cambiaría cosas de la Constitución.

vet

E, básicamente, porque BUENOS y MALOS sonaba un poco descarado.

D

Eso ya lo dijo Churchill: "los fascistas del futuro se llamarán a sí mismos constitucionalistas"

p

De hecho no es extraño preguntarles a esos "constitucionalistas" sobre el concierto económico de Euskadi y Navarra y que les parezca mal, cuando al decir eso se oponen a lo que expresa la Constitución: "La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales".

Y es que no se puede estar de acuerdo con todo lo que dice la Constitución. Solamente un fanático irreflexivo lo estaría.

tdgwho

#0 ¿Hacer un referéndum para saber si había que garantizar que España debía someterse a los topes de déficit que establezca la UE?

Es que la modificación de dicho artículo era algo obligado, la UE obliga a poner el pago de la deuda por encima de todo. No hay opción a elegir.

el articulo 20.... tiene huevos que pongas a VOX que quiere quitar la LVG y poner una que cubra a todos por igual

70. Derogación ley de violencia de género y de toda norma que discrimine a un sexo
de otro. En su lugar, promulgar una ley de violencia intrafamiliar que proteja por
igual a ancianos, hombres, mujeres y niños.
Supresión de organismos feministas
radicales subvencionados, persecución efectiva de denuncias falsas. Protección del
menor en los procesos de divorcio.

Así como:

23. Cierre de mezquitas fundamentalistas. Expulsión de los imanes que propaguen
el integrismo, el menosprecio a la mujer, o la yihad


Y que no menciones a los partidos que dicen que los catalanes son superiores por no se que del ADN, los que ahora se apodan "unidas" podemos que junto a otros dicen que "a la mujer hay que creerla si o si" pero que solo hablan de creer de metoo y de yositecreo cuando el problema es entre un hombre (agresor, machista) y la victima es mujer (victima) si son dos hombres, dos mujeres etc, ahi ya no hay queja.

Constitucionalista es aquel que respeta la constitución, y se pone el baremo en los que la respetan y los que a pesar de ella, hacen sus cosas.

Por ejemplo, PSOE PODEMOS ERC y PDCat unos por prevalecer derechos y obligaciones según el sexo, y otros por saltarse el artículo 2

Artículo 2
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.


Puedes tener autonomía, y de hecho, las autonomías Españolas tienen mas poder que los estados federales alemanes.

En su lugar, pones a VOX, que como mencioné, quiere igualdad.

Y para ams inri:

Aprobado que la custodia compartida sea la opción más deseable

Hace 5 años | Por Anxo_ a andaluciainformacion.es


PSOEA y Adelante andalucía, no votan a favor de que se parta desde un punto medio a la hora de la custodia, sino que hay que cuidar en especial a la mujer (con respecto al hombre)


PD: No soy votante de vox, estoy a favor de que cada uno esté con quien quiera, sea del sexo que quiera, religión que quiera etc, estoy a favor del aborto, y la eutanasia siempre me ha parecido un derecho

#0: Te lías con el artículo 135. Eso ya estaba ahí en los tratados de Roma o en el de Lisboa, no recuerdo en cual de los dos. Está porque tiene que estar. Básicamente nadie te va a prestar dinero si alegas que posiblemente tengas problemas internos para devolverlos o que vas a cambiar la ley para justificar el no devolverlos, por lo cual en todos los tratados económicos se ponen clausulas parecidas. Que esté en la Constitución en esta caso no le da mucha más protección que la que ya tenía, aunque algo más si que le da.

En principio si es necesario aplicarlo el país hará tiempo que se dirige al abismo a una velocidad a la que si se toman las medidas adecuadas va a ser muy difícil revertir la situación antes de la catástrofe, así que en el fondo no hace nada. Podría invocarlo el PP (o C's) para solicitar al TC la anulación total o parcial de alguna ley, pero a quienes va dirigido de verdad, los dueños de nuestra deuda les llega con que esté en los Tratados. En nuestra Constitución no se meten.

Fíjate que los demás países que firmaron esos tratados han llegado al mismo tipo de acuerdo. La reforma no contiene referéndum porque no está en la parte protegida de la Constitución.

El artículo 47 a efectos prácticos solo habla de que cualquier ley que regule la vivienda tiene definir unas normas técnicas sobre la edificación. Si cumple las normas la vivienda es digna y si no la cumple no es digna. Es decir, no puedes alquilar una caballeriza como vivienda sin hacerle una reforma, ni un minipiso de tres metros cuadrados, ni cosas así, ni un edificio que se va a derrumbar. Podrías vender el edificio, pero el piso de tres metros cuadrados debería ser un trastero, la caballeriza una caballeriza o ser reformada, adaptada como vivienda y contar con todos los permisos, y que el edificio que tiene peligro de derrumbe lo puedes vender advirtiendo de su estado pero no se consideran viviendas hasta que no se arregle o se derribe y se construya otro.

Apoyándose en el artículo 47 se hace la promoción de vivienda pública. Por cierto, que en ningún sitio dice que sea le estado quien deba garantizar que todo el mundo tiene una vivienda digna. Interesante el debate entre la primacía entre "promover" el acceso a la vivienda digna y "defender el libre mercado" en nuestra Constitución. Uno de los partidos de la Liga de Debate universitario de 2001 se centró en si el estado debía intervenir en el precio de la vivienda, tocando a mi equipo defender la postura de que el Estado no debía hacerlo.

Battlestar

La constitución se puede cambiar, un referéndum puede ser viable, pero lo que hicieron los catalanes fue secesionismo (o golpe de estado si quieres llamarlo así). Las cosas pueden hacerse, pero en orden. No es que la constitución sea algo completamente inamovible y sagrado, se puede cambiar, se puede redefinir el concepto de estado, pero primero se cambia y se redefine y luego se hacen las cosas acorde a la nueva constitución, no te la pasas por la entrepierna.

Sendas_de_Vida

Al final. .. la Constitución queda como una mera opinión.

Maitekor

Habría que hacer otro artículo de estos con los autodenominados "no nacionalistas"

D

La sociedad Española es un reflejo de su Constitucion, y la Constitucion debe ser, su vez, el reflejo de la sociedad Española. Que algo sea contrario a la Constitucion, no significa por extension que sea malo. Si el pueblo español decide que se debe modificar, existen los mecanismos necesarios para ello.

Defender la Constitucion a ultranza, no te convierte mas que en un hooligan. La Constitucion ni es un texto sacrosanto, ni es permanente, ni la actual, es tan siquiera la unica Constitucion que ha existido en España :

Constitución de Cádiz, de 19 de marzo de 1812
Vigencia: desde 1812 hasta 1814; desde 1820 hasta 1823 y desde 1836 hasta 1837
Constitución de 18 de junio de 1837
Vigencia: desde 1837 hasta 1845
Constitución de 23 de mayo de 1845
Vigencia: desde 1845 hasta 1868
Constitución de 6 de junio de 1869
Vigencia: desde 1869 hasta 1873
Constitución de 30 de junio de 1876
Vigencia: desde 1876 hasta 1923
Constitución de 9 de diciembre de 1931
Vigencia: desde 1931 hasta 1939
Constitución de 1978
Vigencia : Actual

Constitucionalista es un termino que no podria tener menos sustento, ni ser mas vacio.

u

He tenido que parar a mitad de lectura. En las universidades hay clases de derecho por algo...

D

Los community manager estáis a tope

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