Hace 2 años | Por me_joneo_pensan... a expansion.com
Publicado hace 2 años por me_joneo_pensando_en_ti a expansion.com

Señalan que la legislación de la Seguridad Social incluye expresamente entre los accidentes de trabajo, los que sufra el trabajador en el trayecto que va desde el lugar de residencia al de trabajo en cualquiera de los dos sentidos.

Comentarios

K

#2 No por ser funcionario es el cuñado menos cuñado, y no porque pueda conseguirlo un funcionario es igual de fácil que lo consiga un trabajador de la privada.
Por ello consiguen los funcionarios lo que consiguen y los de la privada no; ya que al que tiene, se le dará, y al que no tiene, aún eso se le quitará.
Que yo no le quiero quitar nada a nadie, pero la soberbia de "bien por ellos, buscaros las lentejas el resto como nosotros duramente hemos hecho", pues os lo podéis meter un poco por vuestro culo pagado por el estado. Luego os preguntáis por que os miran feo.

D

#14 Hola, españó. Soy autónomo

D

#14 ¿Por qué esa inquina para con los funcionarios? ¿Se metía contigo de pequeño alguien que ahora es funcionario? En serio, trabajan para ti... Y, por si no lo sabes, sus condiciones laborales se establecen en los PPGG del Estado, no se negocian como si de un convenio colectivo se tratase.

D

#1 b) Bien por ellos. Habría que extender esa norma ha todos los trabajadores.
No la cojo porque ese "ha" me da un poco de grima.

kasper2002

#1 Yo B, pero, ¿Extender? ¿Como? ¿Tenemos los curritos la capacidad de presión que tienen ellos? ¿Podemos hacerlo sin represalias? tu eres funcionario ¿no?
Piensa además que quien legisla es funcionario público...

D

#4 ¿Capacidad de presión de los funcionarios? ¿El legislador es funcionario?
¡Ojú, qué despropósito!

K

#8 la que tiene uno que puede hacer huelga sin ser despedido.

D

#15 ¿En qué mesa negocian los funcionarios sus condiciones laborales?

lolerman

#1 La actual legislación recoge los accidentes acaecidos en los trayectos hogar-trabajo como accidentes laborales. Entiendo que como tal deberían de tener alguna ayuda social relacionada a tal efecto pero conozco la materia en profundidad.

mefistófeles

#1 A ver si me aclaro, que tengo dudas: si los que llevan toda la vida deslomándose tienen una pensión de jubilación elevada, es una injusticia, un insulto a la juventud y una vergüenza. (y no digo que tú defiendas esa postura, ojo, pero sí que se lee mucho por este medio)

Sin un funcionario cobra una pensión del 200% de su base reguladora en una situación que un trabajador privado cobraría el 100%, es que debemos extender ese 200% a todos los trabajadores.

Pues no me cuadra.

K

#1 No sé de qué hablas, si lo que cuenta la noticia es todo lo contrario, que la consideración de accidente laboral cuando es in itinere que ya tienen los empleados de la privada debe extenderse a los funcionarios.

x

No lo soy. Tampoco soy un padefo.


Mu listo. Pregunta y a continuación ignora. Un poco más y no nace

oso_69

Yo creía que ya se contemplaba para todos los trabajadores. Ahora, hay accidentes yendo o volviendo del trabajo que no lo son.

!Requisitos para considerar que un accidente es in itinere
Como veremos más adelante, si un accidente se considera in itinere, tiene una protección mucho mayor para el trabajador que si se considera un accidente no laboral.

Para ser considerado un accidente in itinere tiene que darse los siguientes factores:

Que sea en el itinerario habitual y normal de casa al trabajo o del trabajo a casa, aunque puede ser por varios caminos.
Que se haya producido en el tiempo que normalmente se tarda de casa al trabajo y viceversa. Ese tiempo pueden ser 10 minutos o una hora y media, dependiendo de cada caso.
Que no haya interrupciones en el camino. Por ejemplo un trabajador que sale de casa, se desvía para llevar a sus hijos al colegio y luego al trabajo, habrá hecho una interrupción. En cambio pararse un momento a comprar tabaco de camino no es una interrupción, dependerá de cada caso.
Que el accidente sea en el transporte habitual que se utilice. Hay casos en los que incluso el monopatín se ha considerado un medio de transporte, ya que el trabajador iba siempre en monopatín a su puesto de trabajo.
En el caso de que el accidente no sea considerado un accidente de trabajo por haber roto ese nexo, será entonces un accidente no laboral y seguirá siendo una baja laboral, pero por contingencias comunes, no por contingencias profesionales, con lo que su nivel de protección será también menor."


https://loentiendo.com/accidentes-in-itinere/#No_todo_accidente_de_camino_al_trabajo_es_un_accidente_in_itinere

mefistófeles

#10 Siempre ha sido así.

#11 ¿ein? ¿de qué hablas?

c

#13 Los funcionarios necesitan un permiso para residir en un municipio distinto de su destino si quieren que les apliquen esa norma.

Es cierto que siempre lo suelen dar, pero hay que solicitarlo

c

#_10

Un funcionario debe pedir permiso para tener su lugar de residencia en una localidad distinta a la que trabaja.

denegator_

Solo afecta a aquellos pertenecientes al régimen de clases pasivas, así que no empecéis a despotricar de todos los funcionarios.
Dicho esto, no entiendo como no todos los funcionarios no de engloban en el régimen general de la seguridad social.