Hace 11 años | Por vejeke a sociedad.elpais.com
Publicado hace 11 años por vejeke a sociedad.elpais.com

La sentencia sostiene que la Iglesia católica no ha probado ser una entidad sin ánimo de lucro. La Iglesia alegó que la decisión municipal no era “conforme a derecho” porque “como entidad sin ánimo de lucro estaría exenta de tales impuestos”. La sentencia determina que “son inmuebles de naturaleza urbana que no se hallan en ninguno de los supuestos de exención legalmente previstos”. Así “necesariamente se determina” la desestimación de la demanda interpuesta por el Obispado.

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