Lo previsible es que la huelga general del dia 29 convocada por los sindicatos sea un sonoro fracaso como lo han sido todos los ensayos previos. La razon del fracaso no sera que el descontento de la sociedad civil no este cada dia mas alto, sino que los trabajadores ven a los sindicatos como los que han vendido a los trabajadores a quienes debian defender a cambio de subvenciones y prebendas.
#1:
"Solo" hay un par de problemas. Si no hay huelga convocada difícil excusa vas a poner para no ir al trabajo, y esperemos que los organizadores sepan que para manifestarse hay que pedir permiso, y si no se hace es una manifestación ilegal.
#4:
#1, no hay que pedir permiso para manifestarse, sólo comunicarlo a la Administración para que tengan conocimiento del hecho. Ninguna manifestación puede ser ilegal, porque el derecho de manifestación está recogido en la Constitución.
"Solo" hay un par de problemas. Si no hay huelga convocada difícil excusa vas a poner para no ir al trabajo, y esperemos que los organizadores sepan que para manifestarse hay que pedir permiso, y si no se hace es una manifestación ilegal.
#1, no hay que pedir permiso para manifestarse, sólo comunicarlo a la Administración para que tengan conocimiento del hecho. Ninguna manifestación puede ser ilegal, porque el derecho de manifestación está recogido en la Constitución.
#4#11 Cierto. Me confundí en el término. En lugar de "pedir permiso" lo que hay que hacer es informar de que vas a hacer la manifestación, añadiendo nombres de los organizadores para responsabilizarse de lo que suceda.
En cualquier caso, es importante que los organizadores hagan este trámite.
#1 Una manifestación nunca sería ilegal; si acaso tu puedes cometer actos ilegales mientras estás manifestando. De hecho según comentan si no avisas con suficiente antelación y la administración dice OK te hacen responsable de lo que hagan los manifestantes
1. La declaración de huelga, cualquiera que sea su ámbito, exige, en todo caso, la adopción de acuerdo expreso, en tal sentido, en cada centro de trabajo. Declarado inconstitucional.
2. Están facultados para acordar la declaración de huelga:
1.
Los trabajadores, a través de sus representantes. El acuerdo será adoptado, en reunión conjunta de dichos representantes, por decisión mayoritaria de los mismos. De la reunión, a la que habrán de asistir al menos el 75% de los representantes Declarado inconstitucional., se levantará acta, que deberán firmar los asistentes.
2.
Directamente los propios trabajadores del centro de trabajo, afectados por el conflicto, cuando el 25% de la plantilla decida se someta a votación dicho acuerdo Declarado inconstitucional.. La votación habrá de ser secreta y se decidirá por mayoría simple. El resultado de esta se hará constar en acta.
3. El acuerdo de declaración de huelga habrá de ser comunicado al empresario o empresarios afectados y a la autoridad laboral por los representantes de los trabajadores.
La comunicación de huelga deberá hacerse por escrito y notificada con cinco días naturales de antelación, al menos, a su fecha de iniciación. Cuando el acuerdo de declaración de huelga lo adopten directamente los trabajadores mediante votación. El plazo de preaviso comenzará a contarse desde que los representantes de los trabajadores comuniquen al empresario la celebración de la misma. La comunicación de huelga habrá de contener los objetivos de ésta, gestiones realizadas para resolver las diferencias, fecha de su inicio y composición del comité de huelga.
#12 Exacto: aquí la gente confunde "derecho a manifestarse" con "derecho a huelga", y son cosas diferentes. El segundo no lo puedes hacer "por que sí".
#12 Una vez me dijeron que existía algo así como el derecho a huelga personal, pero no sé exactamente como va (ni si era cierto). Sabes algo sobre eso?
Lamento el offtopic, te pregunto porque te veo puesto y yo la verdad que no sé mucho sobre el tema.
Por fin parece que la iniciativa ciudadana puede dar respuesta a este callejon sin salida en el que politicos y sindicatos nos han dejado, se propone desde internet convocar un paro de 30 minutos , entre las 12 y las 12: 30 del dia siguiente a la convocatoria sindical, es decir del dia 30 de Septiembre.
Qué ilusos, una huelga de un día no sirve para nada y pretenden que un paro de media hora sea el novamás ... en fins, no sé si reír o llorar al comprobar la infantilidad del asunto
Me ha encantado este argumento (¿?): ''En los foros de internet, como por ejemplo en burbuja info hay cientos de hilos en los que se dice que no iran a la huelga''. Sólo le ha faltado nombrar a forofachas forocoches como ejemplo del desconteto ciudadano con los sindicatos.
Para mi la primera huelga hacer caso omiso a la huelga general de los sindicatos que no son mas que unos estómagos agradecidos. Ahora, eso de la huelga del día 30 lo voy a ver que eso si que parece interesante.
Comentarios
"Solo" hay un par de problemas. Si no hay huelga convocada difícil excusa vas a poner para no ir al trabajo, y esperemos que los organizadores sepan que para manifestarse hay que pedir permiso, y si no se hace es una manifestación ilegal.
#1, no hay que pedir permiso para manifestarse, sólo comunicarlo a la Administración para que tengan conocimiento del hecho. Ninguna manifestación puede ser ilegal, porque el derecho de manifestación está recogido en la Constitución.
#4 #11 Cierto. Me confundí en el término. En lugar de "pedir permiso" lo que hay que hacer es informar de que vas a hacer la manifestación, añadiendo nombres de los organizadores para responsabilizarse de lo que suceda.
En cualquier caso, es importante que los organizadores hagan este trámite.
#1 Una manifestación nunca sería ilegal; si acaso tu puedes cometer actos ilegales mientras estás manifestando. De hecho según comentan si no avisas con suficiente antelación y la administración dice OK te hacen responsable de lo que hagan los manifestantes
1. La declaración de huelga, cualquiera que sea su ámbito, exige, en todo caso, la adopción de acuerdo expreso, en tal sentido, en cada centro de trabajo. Declarado inconstitucional.
2. Están facultados para acordar la declaración de huelga:
1.
Los trabajadores, a través de sus representantes. El acuerdo será adoptado, en reunión conjunta de dichos representantes, por decisión mayoritaria de los mismos. De la reunión, a la que habrán de asistir al menos el 75% de los representantes Declarado inconstitucional., se levantará acta, que deberán firmar los asistentes.
2.
Directamente los propios trabajadores del centro de trabajo, afectados por el conflicto, cuando el 25% de la plantilla decida se someta a votación dicho acuerdo Declarado inconstitucional.. La votación habrá de ser secreta y se decidirá por mayoría simple. El resultado de esta se hará constar en acta.
3. El acuerdo de declaración de huelga habrá de ser comunicado al empresario o empresarios afectados y a la autoridad laboral por los representantes de los trabajadores.
La comunicación de huelga deberá hacerse por escrito y notificada con cinco días naturales de antelación, al menos, a su fecha de iniciación. Cuando el acuerdo de declaración de huelga lo adopten directamente los trabajadores mediante votación. El plazo de preaviso comenzará a contarse desde que los representantes de los trabajadores comuniquen al empresario la celebración de la misma. La comunicación de huelga habrá de contener los objetivos de ésta, gestiones realizadas para resolver las diferencias, fecha de su inicio y composición del comité de huelga.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdl17-1977.t1.html
Cuidado, igual alguien se cree esta chorrada y se lleva un susto por ausentarse de su puesto de trabajo.
#12 Exacto: aquí la gente confunde "derecho a manifestarse" con "derecho a huelga", y son cosas diferentes. El segundo no lo puedes hacer "por que sí".
#12 Una vez me dijeron que existía algo así como el derecho a huelga personal, pero no sé exactamente como va (ni si era cierto). Sabes algo sobre eso?
Lamento el offtopic, te pregunto porque te veo puesto y yo la verdad que no sé mucho sobre el tema.
#16 Si tienes alguna duda sobre el derecho a la huelga, lo mejor es preguntar en alguna sede sindical.
Más información: http://html.rincondelvago.com/derecho-de-huelga-en-espana.html
lo que habia que hacer es una semana de huelga.Haciendo solo un dia lo unico que se consigue es trabajar mas el dia de antes y el de despues
Por fin parece que la iniciativa ciudadana puede dar respuesta a este callejon sin salida en el que politicos y sindicatos nos han dejado, se propone desde internet convocar un paro de 30 minutos , entre las 12 y las 12: 30 del dia siguiente a la convocatoria sindical, es decir del dia 30 de Septiembre.
Qué ilusos, una huelga de un día no sirve para nada y pretenden que un paro de media hora sea el novamás ... en fins, no sé si reír o llorar al comprobar la infantilidad del asunto
Menuda parida...
Me ha encantado este argumento (¿?): ''En los foros de internet, como por ejemplo en burbuja info hay cientos de hilos en los que se dice que no iran a la huelga''. Sólo le ha faltado nombrar a forofachas forocoches como ejemplo del desconteto ciudadano con los sindicatos.
Ni uno ni lo otro, la gente no se manifiesta por profunda pereza.
#5 como que manifestarse,si para eso esta el facebook
Eso no funciona, un ejemplo: Huelga General el 5 de Mayo
Huelga General el 5 de Mayo
entrecodigos.comSí, seguro que cada uno por su cuenta se consigue muchísimo más...
La deben hacer los universitarios ...
Para mi la primera huelga hacer caso omiso a la huelga general de los sindicatos que no son mas que unos estómagos agradecidos. Ahora, eso de la huelga del día 30 lo voy a ver que eso si que parece interesante.