Cumplían un horario, tenían taquillas en el local, repartían con el propietario lo que pagaban los clientes por las consumiciones y ejercían la prostitución en habitaciones del establecimiento. Pero según el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, eso no era una relación laboral porque sería “un contrato con causa ilícita por oponerse a las leyes y la moral”, según ratifica en una sentencia en la que rechaza un recurso de la Seguridad Social que pretendía que se reconociese la existencia de relación laboral de un burdel con 5 prostitutas [glg]
Comentarios
Lo de oponerse a la ley, aunque a mi personalmente me parece que no debiera ser asi, veo logico que lo apliquen, ahora lo de la moral se lo deberian de callar. Que su puñetera moral no es la de muchos.
¿Lo de "la moral" no es denunciable"?
#1 Envío la noticia precisamente porque a mi me llamó la atención esa mención a la moral; porque la ley no debería entrar en eso (entiendo), pero resulta que el artículo del Código Civil que cita la sentencia dice exactamente eso:
"Art. 1275: Los contratos sin causa, o con causa ilícita, no producen efecto alguno. Es ilícita la causa cuando se opone a las leyes o a la moral."
Quizá habría que empezar por cambiar el Código Civil. Quizá si se hiciese una inspección por los burdeles se toparían con los encargados de agilizar ese cambio.
#2 Es que el codigo civil esta manido el pobrecito. Lo de la moral no lo habia leido, pero si esto que me hace mucha gracia
Artículo 497.
El usufructuario deberá cuidar las cosas dadas en usufructo como un buen padre de familia.
Que nunca he sabido que quiere decir.
#2 #3 No olvidemos que el Código Civil de España data de 1889, aunque haya sido modificado y ampliado parcialmente con el tiempo.
#7 Y por eso muchas cosas que incluye apestan a rancio.
#2 Tengo entendido que cuando las leyes hablan de orden público o moral se refieren a los derechos fundamentales de la Constitución.
#1 La moral aparece reiteradamente en textos como el CC:
Artículo 1255: Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público.
Artículo 1275: Los contratos sin causa, o con causa ilícita, no producen efecto alguno. Es ilícita la causa cuando se opone a las leyes o a la moral.
Lo de la "moral" es una especie de salvaguarda para evitar situaciones malas que no estén previstas en la ley. El problema con la moral es que es como el culo: cada uno tiene el suyo y cree que el de los demás apesta, así que la parte mala es que le da discrecionalidad a la ideología del juez.
El problema de la moral y el derecho es uno de los asuntos de filosofía jurídica que más han dado que hablar a lo largo de la historia. Hoy por hoy se sigue el postpositivismo, que separa ambas pero no del todo. Un tema muy bonito del que podría hablar horas.
CC #2
#11 Habla, que es un tema muy interesante. Pero personalmente me parece peligroso que pueda quedar a la discrecionalidad de un juez aspectos no recogidos en la ley y cuya resolucion dependan del concepto de moral del que te juzgue, cosa que un ser humano nunca va a poder separar del todo por muy profesional que sea, pero me parece dificil de entender que se rocoja como tal.
#14 Cierto. De hecho la mayor parte de juristas somos positivistas o neopositivistas, pero la separación absoluta tiene sus inconvenientes.
Las dos grandes corrientes históricas han sido siempre el positivismo (derecho único y humano) o el naturalismo. De esta última (existe un "derecho natural" y un "derecho humano") nace el derecho cristiano y teológico que cambia "derecho natural" por "derecho divino". Cuando oigas a curas o imanes hablar de cosas "no naturales" como el matrimonio gay están hablando de la dualidad jurídica.
El top del positivismo fue Kelsen, que es a la filosofía del derecho lo que Aristóteles a la filosofía griega. Fue el creador de concepto de constitución moderna: si todas las leyes son humanas y todas revocables porque una ley es ley desde que es válida (no moral o eficaz, válida) necesitas una norma superior (Grundnorm) muy difícil de cambiar para proteger la seguridad jurídica (cuando se habla de lo difícil que es cambiar la Constitución es que es algo bueno, es la norma fundamental, por definición tiene que ser rígida y cambiarse sólo con mucho consenso).
El tema que finalizó el positivismo clásico fueron los nazis. Más concretamente, los juicios de Nüremberg. Según el positivismo, los nazis eran inocentes porque estaban obedeciendo la ley. Pero por mucha ley que lo protegiese, va contra todo sentido de la justicia que cosas como el Holocausto quedasen impunes.
Ahí se vio la principal carencia del positivismo clásico: para condenarlos hubo que sacarse de la manga unos derechos "naturales". Hoy por hoy, los llamamos Declaración Universal de los Derechos Humanos. Sí, es el principal logro del naturalismo: hay unos derechos que se te aplican sólo por ser humano.
De esa necesidad de "naturalismo" sale el postpositivismo o neopositivismo: sólo hay un derecho, proviene del hombre y no de la naturaleza o de los dioses, pero ese derecho debe recoger salvaguardas morales universales. Tiene que separarse de la moral en el sentido en que la moral no puede ser ley, pero la ley ha de inspirarse un poco en la moral.
No sé si me he explicado.
#16 Una pregunta (que es puñetera curiosidad), si con para poder juzgar a los nazis se inventaron la Declaracion Universal de los Derechos Humanos ¿No es esta un nuevo Grundnorm aplicable a todo el mundo y que invalidaria instantaniamente las leyes nazis? ¿Seguiria vigente entonces el positivismo pero aplicando una norma suprema mundial?
#17 No se la inventaron ahí estrictamente hablando, pero fue el germen de la posterior Declaración.
Lo que dices es muy inteligente. Yo diría que sí: hay quienes han querido ver la DUDH o la Resolución 2625 de la ONU como una especie de "Constituciones Internacionales".
En Derecho Internacional rige el principio de que no se te aplica una norma si tú no quieres. Sin embargo normas como éstas son llamadas "ius cogens": se te aplican aunque no las ratifiques (en la práctica luego tenemos Arabia Saudí o N.K, pero vaya).
Creo que el tema de esa Grundnorm internacional es un asunto muy muy interesante pero no hay consenso. Hay quienes dicen que la Grundnorm necesita ser válida, y el requisito para la validez según el positivismo es que se apruebe según los procedimientos, pero la construcción "ius cogens" según algunos no es un procedimiento válido.
¿Ves como es un tema súper interesante?
#19 Sin embargo normas como éstas son llamadas "ius cogens": se te aplican aunque no las ratifiques (en la práctica luego tenemos Arabia Saudí o N.K, pero vaya)
Esto es el problema que yo veo, ha habido juicios en base a esto a paises que no lo habian ratificado y con otros se hace la vista gorda. Supongo que deberia de haber una postura comun pero su aplicacion mundial depende de intereses politicos y economicos.
De todas formas pienso si que pudiera se considerada como una norma superior, o por lo menos en el caso español, ya que nuestra propia constitucion hace referencia a ellos. ( Es una opinion personal de alguien que tiene poca idea de leyes)
Si es interesante. Si algun dia estas por Sevilla me encantaria tomarme una cerveza contigo y habrarlo mas tranquilamente.
#22 Efectivamente. No sabrás de leyes, pero tienes buen ojo. De hecho nuestra Constitución cuenta con la validación europea del Convenio Europeo de Derechos Humanos que derivan, a su vez, de la DUDH. Un Estado que quisiera ingresar tendría que adaptar su constitución a los Derechos Humanos antes de poder ser parte de la Unión Europea.
Tal y como lo ve la doctrina, el carácter ius cogens de los DD.HH no justifica invasiones o aplicaciones coercitivas a países, pero sí permite juzgar a los responsables o dirigentes de los países en caso de que hayan perdido una guerra, aunque las leyes de ese país se lo hubiesen permitido. Lo que se conoce como "crímenes contra la humanidad"; estoy pensando en el caso de Milosevic. En cuanto a otra normas tipo ius cogens, la ONU puede autorizar guerras o invasiones contra un país que sea flagrantemente contrario a los principios ius cogens, aunque no los hubiese ratificado. Por ello se denominó a la guerra de Irak "guerra ilegal": porque no contó con la aprobación de la ONU para ello.
Me quedas en la otra punta de España, desgraciadamente
#19 Muy interesante, gracias por tus aportaciones en los comentarios, que mejoran mucho lo que cuenta por si la noticia.
#16 Te has explicado perfectamente. Pero a mi me parece que para evitar entonces cualquier arbitrariedad se debería cambiar en todo texto jurídico toda mención de moral por Derecho Humanos.
#18 Yo también lo pienso.
#2 Acabo de subir un artículo donde desarrollo un poco lo que hemos comentado en este hilo, por si te interesa. CC #1
Anda, jueces cuidadores de la moral, como en Arabia Saudi...
Lo moral sería poner leyes para que la persona que quiera prostituirse tenga derechos, entre ellos, a un contrato. Mucho menos malo eso, que dejar que la desgraciada situación suceda exactamente igual, pero a la sombra.
#4 Una pequeña corrección, lo que tú comentas sería ético, moral sería dependiendo de para quien.
#6 Exacto. Todos tenemos una moral. Diferente es si esa moral es ética. Recomiendo este libro: ¿Para qué sirve realmente la ética? de Adela Cortina Orts.
El juez de la moral, algo va mal cuando gente así puede ser juez...
Inmoral es explotar el cuerpo de una mujer degradandola para ganar dinero,aun con su consentimiento,pues siempre hay una necesidad,bien sea por subsistencia,drogas,mafias,etc
No hay cosa mas repugnante que un putero, y desde aqui me cago en todos los que habeis ido de putas aunque fuera una sola vez.Sois escoria
Y desde cuando lo moral es justicia?
Y si para uno es moral y para otro no, como valoramos?
Y lo mas importante, que es moral?
Y este juez sigue impartiendo su justicia?
No le han cesado?
Españistan nacionalcatolica en estado puro, nada nuevo cara al sol.
#13 Estados tan nacionalcatólicos como Francia, Italia o Alemania tienen referencias a la moral. Creo que es algo mayoritario. Relajad con el autoodio.
Siempre he creído que creernos tan particulares, como lo peor del mundo, es una forma de superioridad. No, mijos, no somos tan especiales.
#21 según recuerdo, puedo estar equivocado... Porque en este mo.ento hablo de memoria, ningún país a los que hace referencia en cuestiones jurídicas hacen referencia a la moral.
Que las realicen en otros ámbitos lo puedo entender hasta normal, como ocurre en este país.
No poseo "autoodio". Me considero una persona racional y fría en mis conclusiones (suele ser la manera de ser imparcial).
Nunca me he creído particular, estoy muy acostumbrado a trabajar con mucha gente y apreciar sus opiniones e incluso soy capaz de cambiar las mías si las de los demás son mas " sensatas", "congruentes", e incluso acertadas o concisas.
Nunca me he creído superior a nadie, suelo decir que soy el mas inculto y el ultimo en conocer algo.
Eso si, en este caso, mezclar moral con justicia... No me parece absurdo, me parece injusto e inmoral.
Y sigo manteniendo que un juez de "ese tipo" no debiera ejercer jurisprudencia de ningún modo, dado que una cosa es aplicar la ley (hacer justicia) y otra muy distinta su " moral" particular.
Que puede ser distinta a la de todo el mundo, o no, pero es personal.
Pero ya sabemos, en esta Españistan nacionalcatolica, moral solo hay una, la de los hijos de buena estirpe. Como veo, nada nuevo cara al sol.
#25 Me acabo de repasar el Code Civile y el Codice Civile y ambos hacen referencia a la moral. Lo del CC alemán se lo pregunté a un amigo.
#26 en que tema?
Respecto a que?
Los potorros por lo visto son de las últimas reservas salvajes de presunta moral que persisten en la sociedad actual.
Lo de la moral suena tan franquista...
Salu2