Yo siempre he pensado que lo mejor si te detienen "arbitrariamente" es pedir el habeas corpus, no?
Asi no pueden esperar a tener un juez de cuerda (a la jueza del 4-f le caen todos los de las manis, casualidad?) y te tienen que llevar al que este de guardia.
El art. 17.4 de la Constitución española de 1978 señala que «La ley regulará un procedimiento de "hábeas corpus" para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional.»
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Yo siempre he pensado que lo mejor si te detienen "arbitrariamente" es pedir el habeas corpus, no?
Asi no pueden esperar a tener un juez de cuerda (a la jueza del 4-f le caen todos los de las manis, casualidad?) y te tienen que llevar al que este de guardia.
El art. 17.4 de la Constitución española de 1978 señala que «La ley regulará un procedimiento de "hábeas corpus" para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional.»
solicitud habeas corpus : " mire uted zeñor juez yo no he cio...yo zoy bueno zólo paaba po ai , zoy inozente!!......"