El sindicato UGT ha presentado en el juzgado de guardia una denuncia contra el responsable del Consorcio de Museos de la Generalitat, José Luis Pérez Pont, por autorizar un grafiti de mil metros cuadrados en el claustro gótico del museo Centro del Carmen, un antiguo convento construido entre los siglos XIII y XIV y que está catalogado como Bien de Interés Cultural.
#3:
¿Es permanente? No. ¿Es reversible? Sí. ¿Produce afectaciones estructurales o pone en riesgo la integridad del bien? No. ¿Afecta al entorno? Tampoco, sólo es visible desde el propio convento.
Como mucho puede haber quejas por temas de estética, pero esto es problema de cada uno, la belleza es subjetiva. Y conste que no me gusta en absoluto, pero esta costumbre de sacar de madre temas absolutamente irrelevantes me molestan. Más cuando viene de un sindicato que tiene otras cosas muchísimo más importantes y relacionadas con su cometido por las que quejarse como las reformas laborales no derogadas.
¿Es permanente? No. ¿Es reversible? Sí. ¿Produce afectaciones estructurales o pone en riesgo la integridad del bien? No. ¿Afecta al entorno? Tampoco, sólo es visible desde el propio convento.
Como mucho puede haber quejas por temas de estética, pero esto es problema de cada uno, la belleza es subjetiva. Y conste que no me gusta en absoluto, pero esta costumbre de sacar de madre temas absolutamente irrelevantes me molestan. Más cuando viene de un sindicato que tiene otras cosas muchísimo más importantes y relacionadas con su cometido por las que quejarse como las reformas laborales no derogadas.
#6 La rehabilitación se llevó a cabo hace muchos años, esos fondos no tienen nada que ver con esta instalación. Y ya no es un convento, es un centro cultural. Para todo lo demás te remito a #3
#12 Un graffiti no autorizado es delito siempre. No sólo cuando atenta contra el patrimonio histórico; también cuando se realiza en un convoy de pasajeros, por ejemplo. Pero en este caso es una intervención artística autorizada en un convento desamortizado que es museo desde hace décadas. Una intervención no invasiva, reversible... Ya lo he explicado.
Repito, si no te gusta enhorabuena. Pero no hagas comparativas ridículas. Es más, no es el primer edificio religioso intervenido graffiti mediante. En la propia España, por ejemplo, tienes el Skate park de Okuda, en Asturias.
#3"el Centro del Carmen fue rehabilitado con fondos del Ministerio de Cultura y la Unión Europea."
"Consorcio de Museos de la Generalitat, José Luis Pérez Pont, por autorizar un grafiti de mil metros cuadrados en el claustro gótico del museo Centro del Carmen, un antiguo convento construido entre los siglos XIII y XIV y que está catalogado como Bien de Interés Cultural. "
¿Eso es una rehabilitación? Si van a hacer arte que lo hagan, pero si van a rehabilitar algo (que es para lo que les han dado el dinero) eso desde luego no lo es.
De hecho en muchas partes de Europa (y del mundo) si haces eso en un edificio del siglo XIII acabas en la cárcel.
#11 Curiosos tu giro argumental, primero te digo que hacer un graffiti asi en un edificio del siglo XIII en algunos países eso seria un delito y me dices que donde y ahora me dices que comparo una intervención autorizada.
El que ha hecho una patética salida por la tangente eres tu.
#10 No. Comparas un delito contra la propiedad privada y/o el patrimonio público con una intervención artística autorizada por la entidad gestora. Más suerte la próxima vez.
Comentarios
¿Es permanente? No. ¿Es reversible? Sí. ¿Produce afectaciones estructurales o pone en riesgo la integridad del bien? No. ¿Afecta al entorno? Tampoco, sólo es visible desde el propio convento.
Como mucho puede haber quejas por temas de estética, pero esto es problema de cada uno, la belleza es subjetiva. Y conste que no me gusta en absoluto, pero esta costumbre de sacar de madre temas absolutamente irrelevantes me molestan. Más cuando viene de un sindicato que tiene otras cosas muchísimo más importantes y relacionadas con su cometido por las que quejarse como las reformas laborales no derogadas.
#6 La rehabilitación se llevó a cabo hace muchos años, esos fondos no tienen nada que ver con esta instalación. Y ya no es un convento, es un centro cultural. Para todo lo demás te remito a #3
No soy muy buen en mates, pero ,¿esa pared son 10002?
#12 Un graffiti no autorizado es delito siempre. No sólo cuando atenta contra el patrimonio histórico; también cuando se realiza en un convoy de pasajeros, por ejemplo. Pero en este caso es una intervención artística autorizada en un convento desamortizado que es museo desde hace décadas. Una intervención no invasiva, reversible... Ya lo he explicado.
Repito, si no te gusta enhorabuena. Pero no hagas comparativas ridículas. Es más, no es el primer edificio religioso intervenido graffiti mediante. En la propia España, por ejemplo, tienes el Skate park de Okuda, en Asturias.
Ya tenemos una nueva función para el Valle de los Caídos
#3 "el Centro del Carmen fue rehabilitado con fondos del Ministerio de Cultura y la Unión Europea."
"Consorcio de Museos de la Generalitat, José Luis Pérez Pont, por autorizar un grafiti de mil metros cuadrados en el claustro gótico del museo Centro del Carmen, un antiguo convento construido entre los siglos XIII y XIV y que está catalogado como Bien de Interés Cultural. "
¿Eso es una rehabilitación? Si van a hacer arte que lo hagan, pero si van a rehabilitar algo (que es para lo que les han dado el dinero) eso desde luego no lo es.
De hecho en muchas partes de Europa (y del mundo) si haces eso en un edificio del siglo XIII acabas en la cárcel.
#9 "¿En serio, en la cárcel? ¿Tienes algún ejemplo? "
https://www.ideal.es/granada/condenan-grafitero-meses-20171129000254-ntvo.html
https://perspectivapenal.com/2016/07/09/es-delito-pintar-un-graffiti-en-bienes-publicos-o-privados/
https://www.cronicabalear.es/2016/01/un-ano-de-carcel-y-3-000-euros-por-hacer-graffitis-en-monumentos-historicos-de-palma/
https://www.granadahoy.com/granada/grafitis-tramitaran-delitos-penales-carcel_0_327867695.html
https://www.elsiglodedurango.com.mx/noticia/943994.proponen-hasta-12-anos-de-carcel-por-graffiti.html
https://vanguardia.com.mx/articulo/saltillo-castiga-con-10-anos-de-carcel-graffiteros-que-danen-monumentos-historicos
https://www.bcn.cl/obtienearchivo?id=repositorio/10221/20872/5/informe%20graffiti%20final_v6.pdf
https://www.20minutos.es/noticia/3469344/0/dos-turistas-afrontan-10-anos-carcel-pintar-grafiti-tailandia/
¿Te vale esto?
#11 Curiosos tu giro argumental, primero te digo que hacer un graffiti asi en un edificio del siglo XIII en algunos países eso seria un delito y me dices que donde y ahora me dices que comparo una intervención autorizada.
El que ha hecho una patética salida por la tangente eres tu.
Buah... A kedao to wapo. Ahora a por la Pulchra leonina ¿Verdad #3?
#5 Sólo no conociendo una y otra obra y su historia se puede hacer semejante comparativa...
#6 ¿En serio, en la cárcel? ¿Tienes algún ejemplo?
#10 No. Comparas un delito contra la propiedad privada y/o el patrimonio público con una intervención artística autorizada por la entidad gestora. Más suerte la próxima vez.
A mi me parece bien guapo y una idea cojonuda. Además #3 lo borda con su comentario