Hace 7 años | Por --534636-- a actualidad.rt.com
Publicado hace 7 años por --534636-- a actualidad.rt.com

El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ), anunció este lunes que la Asamblea Nacional de ese país carece de facultades para destituir al presidente Nicolás Maduro. Lo hizo a través de un comunicado oficial en el que instó al Parlamento a abstenerse de dictar "cualquier tipo de acto que se encuentre al margen de sus atribuciones constitucionales", como las "instigaciones" en contra de las autoridades venezolanas. El TSJ se ha referido además a la sentencia emitida el 15 de noviembre de 2016

Comentarios

D

#2 Dejación de funciones, según explicaron algunas cosas las ha hecho pero otras las ha dejado totalmente de lado. El abandono también incluye el incumplimiento de los deberes a los que se está obligado. Una de las funciones que ha dejado de hacer es la de rendir cuentas frente a la Asamblea Nacional, otra presentar los presupuestos para que fuesen aprobados. Ambas cosas las exige la constitución.

No es necesario que Maduro diga que abandona, por eso la constitución dice textualmente: (...) el abandono del cargo, declarado como tal por la Asamblea Nacional (...)

rogerius

#3 No es más que una interpretación torticera de lo que dice la constitución. El artículo 233 habla de la carencia de un Presidente en la república por razón de muerte, enfermedad o renuncia.

Habéis encontrado un filón. Habrá gente que os creerá. Resulta vergonzoso que lleguéis a estos niveles. Y por supuesto que es necesario que Maduro dimita previamente y se le acepte la dimisión.

Allí escriben en castellano viejo. Y algunos no estáis preparados para comprenderlo.

D

#5 No, también habla de este caso y de la revocación popular, que por cierto el TSJ imposibilitó, a pesar de haberse recogido las firmas. Habiendose respetado la ley y convocado el referendum revocatorio no hubiese sido necesario esto de hoy.

rogerius

#6 ¿Ves? No discutes el tema. Te limitas a añadir consignas sacadas del prontuario. Buenas noches.

D

#7 ¿Perdón? ¿qué consignas?

D

#7 Si editas el comentario después de que yo lo lea no te puedo contestar porque no lo veo. Si hubieses visto la sesión de hoy en la Asamblea Nacional te habrías dado cuenta de que los diputados oficialistas no tenían mucho que decir, se limitaron a gritar desde la grada, a llamar "mariguanista" a uno, etc.

Uno de los que subió empezó a leer el articulo 233 y se calló cuando llegó a la parte del abandono, no siguió leyendo y el otro se puso a desvariar con teorías conspiranoicas de Daniel Estulín, el nuevo orden mundial y demás chorradas, pero no fue capaz de dar una respuesta acorde.

¿Cuando dices "habéis, os creerán, lleguéis" a quienes te refieres? ¿Quienes somos "nosotros"?

rogerius

#9 Si se responde a un comentario antes de que venza su período de edición tras el envío se arriesga uno a eso. Pero no es culpa del autor.

#4 En la práctica va a serviros para hacer campaña porque Rajoy seguro que quiere esgrimir lo de las elecciones a partir de mayo…

Hombre, y tanto que lo saben como que todo esto es un montaje basado en mentiras y calumnias que os viene muy bien para tomarle el pelo a la gente y hacerle creer que lo blanco es negro y viceversa mientras que, quienes comprenden vuestras acciones, han de emplear tiempo y energía en rebatiros las mentiras y las tonterías —sí, tonterías, como las que dice Aguirre de vez en cuando para deleite de propios y extraños y con las que tanto tiempo perdemos. Esto es exactamente lo mismo. Ruido, ruido, ruido.

D

#10 ¿Quienes somos "nosotros" a los que te refieres? ¿Por qué iba yo a hacer campaña por Rajoy?

rogerius

#11 Tú sabes bien quiénes sois «nosotros». ¿Por qué lo preguntas?

Cuando hay elecciones o brotes tiernos de elecciones o amenazas de elecciones aparecen de pronto noticias sobre Venezuela, como hongos, oiga. Igual es que Rajoy ya está acojonando al P$0€ para que vaya tragando más todavía, ¡no querrás que el NO es NO no haya servido para nada y se haya de ir a elecciones en unos pocos meses! Ya sabes, NO es NO.

D

#12 No, no se en qué grupo me metes. Es como si quisieras dividir el mundo entre norcoreanos-sovieticos-asesinos-de-niños-quema-iglesias y fascistas-terroristas-yihadistas-killary-rajoy-blah-blah-blah-malos-malisimos.

De momento en España no hay elecciones a la vista, pero es de muy paleto pensar que todo lo que pasa en el mundo es para perjudicarlos a "vosotros". A mi Venezuela me importa desde muchísimo antes de venir a España.

Ahora es gracioso como "vosotros" teméis tanto a las elecciones. ¿Qué pasa? ¿Que ya no "os" gustan?

rogerius

#3 De ser como dices «Dejación de funciones» habrían recurrido a otro articulado legal y no a este cuento chino. Y de ser así lo habrían destituido en efecto… de haber podido.

Pero, oye, la escenificación esta de la que hablas y todo el asunto os va a servir muy bien para confundir a la gente.

D

#13 ¿qué otro articulado legal? ¿lo puedes citar?

D

Exacto, no puede destituirlo y no es lo que ha pasado. Lo han declarado en abandono del cargo, pero no lo han destituido, porque no pueden. Lo que han hecho es lo que si pueden, según la constitución. Lo ha explicado Ramos Allup en su intervención.

http://www.cne.gov.ve/web/normativa_electoral/constitucion/titulo5.php#art233

Artículo 233. Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: su muerte, su renuncia, o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado como tal por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato.

Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional.

rogerius

#1 ¿Maduro ha dicho que abandonaba el cargo en algún momento? ¿Ha renunciado al cargo? ¿Qué significa eso de «abandono del cargo»? Si no lo ha abandonado no hay abandono.

«…declarado como tal por la Asamblea…» es lógico que la asamblea cuando el presidente decide abandonar el cargo, admita y certifique tal acto. No se puede entender otra cosa.

D

#2 De todas formas han dicho que ellos saben que la declaración de abandono de hoy no va significar nada en la práctica.

rogerius

#4 O sea, que me das la razón. Se han montado un teatrillo para tomarle el pelo al incauto. Y tú vienes aquí a promocionarlo.

D

#2 el tío no respeta su propia constitución. El concepto de abandono de cargo no es el mismo de renuncia, lo dice en el propio artículo.

BarbaNegra

Otro que quiere que lo maten....