Hace 6 años | Por Verbenero a publico.es
Publicado hace 6 años por Verbenero a publico.es

La presidenta de Andalucía afirma que el líder de Podemos miente y demuestra "mala fe" cuando habla del referéndum del 28-F, en el que ella asegura que su comunidad reclamó "igualdad dentro de la Constitución Española". "Los andaluces consiguieron el 4D y el 28F lo que la Constitución casi hacía imposible y lo que no permitía la Ley. Lea usted", replica Iglesias.

D

Vale lol

D

Tirará de argumentario: "Eso ya no le interesa a nadie".

Claudio_7777

En vez de hacer oposición al pp se dedican a esto, que ascazo.

Plasnisk_Llealldrou

Pensaba que los cyber voluntarios ya estabais cansados

D

#4 ¿Desde cuando esa señora ha sido oposición a la derecha?

D

Pablito no tiene bastante con Cataluña que ahora va a por Andalucía?

Con hueso que ha dado, la bandera de Andalucía es verde por tanto Guardia Civil andaluz que hay lol

carakola

#4 Ya lo dijeron. El PP es el adversario. Podemos, el enemigo.

D

#8 tusso tusso ¡Vuelve a la jaula!

D

Gusaneando la ciudad, gusaneando la ciudad.....

p

Que nivel, no se molestan ni en leer su propia historia.

D

#10 cuando Cataluña sea independiente volveré a la jaula, majo lol

D

#13 Pues como eso va a ser que no, dile a tu amo Puigdemont que te ponga el bozal. lol

D

#1 Claro que vale. Ella le reclamó reclamó y él, cumpliendo la ley, la constitución española, los tratados europeos y los tratados internacionales de derechos humanos, le trajo el libro de reclamaciones.

D

“[...] Es cierto que los andaluces querían canalizar la iniciativa autonómica por la vía establecida en el Artículo 151 de la Constitución [...]”


Este es el dato que se salta PIT. Una cosa es actuar dentro de la Constitución y otra es saltársela como han hecho en Cataluña y por lo tanto no es comparable.

En esta pelea de cuñaos el mini punto lo gana Gusana.

R

No sé cómo la han podido votar, que gustazo cuando en las próximas elecciones se pegue un buen batacazo.

D

Que ignorante es la Gusana.

Priorat

No es un problema de reescritura de Pablo, sino de lectura de Susana.

D

#17 Peor podía haber sido, podría haber ganado... wall

falconi

#20 Buen aporte, pero ¿crees que eso les interesa? Solo quieren sacar una bandera a pasear..

D

#20 Redundamos en lo mismo.

El Estatut es constitucional, lo que está ocurriendo en Cataluña no.

CC #20

D

El hecho de que susana esté como presidenta de Andalucía a pesar del hecho de que ningún andaluz (con un mínimo de inteligencia y cultura) desea que lo esté es lo que demuestra claramente que la democracia no funciona. El tema de Cataluña también lo demuestra.

No estoy diciendo que le deis importancia a la derecha; no iría tan lejos a la hora de cometer un error.

Dadle importancia al sistema educativo. MUCHA importancia. Es el hecho de que seamos gilipollas lo que les facilita el robarnos.

D

Reportando desde la Guayana Francesa, se han producido decenas de estampidas de lemings arborícolas salvajes a causa de los ecos del Zasca que han llegado a nuestras costas.

Noeschachi

#5 Aun quedan ciberpepiños para negativizar cualquier ofensa a la amada líder en la sombra

D

#20 el estatut votado y aprobado en referendum sí está en vigor. Con la anulación de una decena de artículos declarados inconstitucional por el órgano legalmente competente para ello.

p

Susanita es una vergüenza para Andalucía. No le gusta que se hable de la verdad del proceso andaluz porque va en contra de sus intereses de liderar el PSOE en Madrid.
El propio PSOE (González) quitó de enmedio a Escudero por su lucha y pusieron a la marioneta de la Borbolla. Lo que pasó en Andalucía no se podía repetir y había que eliminar su identidad.
Para el referéndum del 80 se tuvo que sacar una ley en exclusiva para ese día, en el que total era el censo y no el total de votos emitidos como pasa en cualquier votación.
En las manifestaciones previas y la grande del 4D, los andaluces pedían autonomía y nacionalidad ( ya que no se le reconocía como tal) eso es lo que ponían las pancartas y el grito de la gente.
Estamos hablando de la plena transición, con el ejército en las puertas, la prejunta en huelga de hambre, el ministro andaluz de Adolfo Suárez dimitido por el trato a su tierra, el asesinato de García Caparrós en Málaga. Si no se hubiera atendido a los andaluces, hoy España no era como es hoy.
Pablo Iglesias lo quiere comparar con el problema catalán. Se parecen pero no son iguales. Artur Mas cometió el error de no saber de esta historia cuando en 2011 involucró al pueblo en su proceso. Y me explico, la gran diferencia de estos dos casos es que el proceso andaluz surge del pueblo, lo mantiene el pueblo y hubo la suerte de contar con algunos políticos valientes que acompañaron. Por la propia idiosincracia del andalucismo que es popular y de la izquierda.
El caso catalán es que el pueblo no estaba movilizado (aunque tuviera sus reivindicaciones y pensamientos). El proceso catalán surge como un plan político y burgués, hecho en fases, artificial y dónde movilizar el pueblo era un ingrediente más. El error es ese, y Mas y los demás ideólogos de aquel plan 2011, se tienen que estar arrepintiendo hoy a boca cerrada. El pueblo no puede ser llamado como un ingrediente y como algo que vas a controlar. No puedes, no se puede parar. A día de hoy tienes a un montón de gente a la que les has vendido una moto, se ha ilusionado y al final resulta que no hay moto.

ondas

Susana se perdío el colegio cuando explicaron eso

LaInsistencia

#27 "Pablo Iglesias estudió Derecho en la Universidad Complutense de Madrid, licenciándose en 2001 con una calificación media de 7,3, para comenzar a estudiar el año siguiente Ciencias Políticas y de la Administración, su verdadera vocación, en la misma Universidad." (https://es.wikipedia.org/wiki/Pablo_Iglesias_Turri%C3%B3n#Carrera_universitaria_.281996-2014.29)

Te puede caer bien o mal. Pero joder, que no es astrofísico. Doble carrera Derecho y Ciencias Políticas. Un poquitin de cultura debe tener, por narices...

D

#27 Eso es falso. Una profesión se enseña en un FP. En la universidad se enseñan muchas más cosas que no son "necesarias" para el ámbito profesional pero que buscan darte una formación amplia de conocimientos y formarte académicamente en ese campo.

Lo de la "universidad de la vida" es un argumento de gente ignorante orgullosa de ello que desconoce sus cortos límites. Por supuesto que hay gente universitaria que no se interesa por la cultura en general o que va a la universidad pensando que el objetivo es aprender una profesión pero la universidad no es eso.

m

#30 algunos de los cuales (artículos) que aparecen en el estatuto andaluz y nadie ha enviado al constitucional, qué curioso.

JColumbus

#4 Retorcer la historia también es política. Y aquí Susana está torciéndola para justificar lo que va a hacer su partido en pocas horas... junto al PP.

p

#16 Tampoco estaba dentro de la Constitución porque el resultado de Almería no cubría el mínimo que exigía. Hubo que retorcerla un poquitín bastante

D

#35 Cuales?

p

#35 porque con los andaluces no se atreven a tocarnos las narices una segunda vez

D

#14 Después de la decepción de podemos que no les mola una grande y libre.

Barajas pasarte al nacional socialismo?

Que opina un decepcionado de podemos?

JColumbus

#34 Voy por mi tercer postgrado y tengo además un FP. Me siento legitimado para decirte que la universidad no forma a los alumnos para tener cultura general ni mirada crítica. Es más, a veces hasta aplasta actitudes que podríamos considerar deseables.

JColumbus

Señores, esto se arregla rápido: acudid al décimo párrafo del preámbulo del Estatuto de Autonomía y a la sinopsis del artículo 151 de la Constitución. Allí mismo se puede comprobar que Pablo Iglesias no miente en lo que cuenta.

D

#42 El alumno debe poner de su parte, como en todo. Que queréis que os lo den todo masticadito. El que a la universidad borrego va, borrego vuelve

D

#22 pris guater jaus está de acuerdo contigo

D

#33 ¿Y a tí que te pasa con los astrofísicos?

D

#34 en la universidad aprendes unos conocimientos específicos para desempeñar un oficio, nada más, la cultura general te la has de aprender tú por tu cuenta. Lógicamente es más culto un universitario que un analfabeto por norma general.

D

#42 una persona con el avatar de Sonic nunca puede estar equivocada, esa musiquilla de Green hill permanecerá en mi mente hasta mi lecho de muerte

D

#39 yo te lo digo los que decían que Cataluña era una nación y los que decían que la política económica de España tenía que ser consensuada con Cataluña (lo que en la práctica era una sumisión de toda España a Cataluña) normal que no se aprobaran

D

#42 Depende de lo que estudies. Las carreras de ingenieria no lo hacen eso esta claro.

sorrillo

#30 El que se votó no está en vigor.

El que está en vigor no se votó.

Puedes comprarlos y verás que son distintos.

sorrillo

#24 El estatut que se votó en referéndum no está en vigor.

Que eso forme parte del pacto constitucional es muy discutible.

M

#30 ... o sea el estatuto aprobado no está en vigor.

D

#51 el que se votó está en vigor con la excepción de los artículos anulados por el órgano competente
Cc. (#53)

sorrillo

#54 El que se votó es distinto al que está en vigor.

Eso es lo único excepcional.

D

#55 el que se votó es el mismo que el que está en vigor excepto los artículos contrarios a la ley, que son inaplicables e inasumibles por eso mismo, porque no entran dentro de la consideración de la ley vigente.

M

#49 Ningún articulo decía esa payasada que dices tú ... y por esa estupidez del Partido Podrido estamos ahora en esta situacion ¡bueno! y por los votos que se apropiaron por sacar la banderita de los cojones como consecuencia de ello.

sorrillo

#56 No es el mismo, los textos son distintos.

Se votó un estatuto en referéndum que ahora no está en vigor.

Eso es excepcional, como la situación que ocurre en Cataluña que deriva en parte de esa excepcionalidad y anomalía democrática en España.

M

#54 ... el que se votó tenia 21 articulos que no estan en vigor ... o sea el que se votó no esta en vigor.

M

#56 No, no es el mismo. Y por eso el partido de mierda que gobierna nos ha metido en este berenjenal.

D

#58 trankimazin se llama trankimazin...

D

#33 No has entendido nada de lo que he escrito.

Solo he dicho que la cultura no tiene nada que ver con la universidad. No que pablo ne sea culto.

D

#20 Que bien funcionó el pacto del Tinell.

Ahora, a joderse.

D

#34 En un mundo ideal, tal vez. Creo que todos los que pasamos por la Universidad sabemos que no es así. Allí la gente en la mayoría va a sacar las asignaturas como puede y tener el titulo para buscar trabajo de lo tuyo. Hay excepciones, pero no muchas.

JColumbus

#44 Comentario condescendiente.

Mira, solo te voy a decir una cosa: abordar los determinantes sociales en salud son CLAVE para evitar las enfermedades más prevalentes. Sin embargo, muy pocos señalan ser pobre, tener padres pobres o vivir junto a una autopista como causas de un problema de obesidad, ansiedad o cáncer. Van a incidir en tus hábitos ¿Sabes por qué? Porque de otra manera sería política.

D

#59 es el mismo. Los textos son los mismos excepto los anulados por ir contra la ley vigente.
El estatuto que se votó en referendum sí está en vigor (excepto los artículos anulados por el órgano competente).
No es excepcional en absoluto: se llama cumpkir con la legalidad vigente en un estado de derecho. No sé que ve usted de excepcional en que se cumpla la ley (estoy seguro que conoce y comprende que hay distintos grados de jerarquía para leyes diferentes y ámbitos de aplicación de las mismas).

D

#61 sí, sí es el mismo.
Y en este berenjenal nos ha metido los partidos nacionalistas (que no los partidos independentistas, sino erc y lo que antes era convergencia) que por intereses económicos y de control del poder judicial han seguido una linde (y la linde hace tiempo que se agotó)

D

#60 son 13 artículos y se anularon legalmente por la institución aapropiada y legitimada para ello.
Y sí está en vigor ese estatuto votado, los 223 artículos que lo constituye.

D

#57 A ver? Artículos?

D

#49 Me refería a los andaluces. Los artículos de uno y otro. Y comparamos.

D

#57 El tribunal constitucional rechaza que la Generalitat pueda exigir a las demás Comunidades Autónomas « un esfuerzo fiscal similar» como condición para que el Gobierno catalán realize el ajuste de sus «recursos financieros» (artículo 206, apartado 3);

En la práctica implicaría que el resto de españoles tenemos que ponernos de acuerdo primero entre nosotros para dictar la política económica (algo normal por otra parte y que es lo que se hace ahora) y una vez puesto de acuerdo entre los españoles (menos Cataluña claro) nos tendríamos que poner de acuerdo con los catalanes para hacer política económica.


Te lo pongo fácil para que lo entiendas mejor que veo que las leyes no son tu fuerte..

Situación actúal (con Cataluña) 17 comunidades 10 votan que si y 7 votan que no (una de ellas Cataluña) , sale que si por mayoría

Situación que querían en Cataluña 16 comunidades 10 votan que si y 6 que no, resultado en España si,... Pero después vamos a hablar con Cataluña y ésta dice no, empate entonces, o bien se modifica la propuesta o bien se elimina.

Si no eres capaz de ver que es lógico que se eliminara ese articulo, ya no sé qué más explicarte....


Si quieres debatimos sobre los artículos eliminados que querían poner una justicia propia en Cataluña, algo que choca con el título VI de la constitución española, con el famoso artículo 117 etcétera

D

#66 Ya pero es que eso no es culpa de la universidad. Es la actitud y el concepto que esa gente lleva.

D

#73 la carga de la prueba la tienes tú, eres tú el que afirmas, eres tu el que tienes que demostrarlo, de primero de derecho...

D

#76 Yo?
Te confundes de comentarios, creo.

M

#70 No, no es el mismo los catalanes aprobaron uno en referendum que se mantuvo durante 3 años durante los que no hubo ningún problema pero el PP no podía soportar que Zapatero hubiese llevado a buen puerto aquello y por un puñado de votos traicionó a todos y nos llevó a esto.

D

#77 si tienes razón me refería a macmey, mis disculpas

M

#72 ... solo tienes que molestarte un poco en buscar los 21 que se anularon o corrigieron.

a

#33 Ya, pero si continúas leyendo "... obtuvo la Licenciatura en Ciencia Política, con premio extraordinario (con una calificación media de 9,22)".

No es astrofísico, pero esa nota no la consigue mucha gente en ninguna carrera, que digamos.

D

#80 Yo pregunto. Ya que acusas, podrás responder y poner pruebas, no?

Ka0

#82 Coño, pues claro, si le llaman el 6J los alemanes se hubieran preparado mejor.

D

Me da muchisima verguenza ajena esta mujer.

Espero que no la voten, porque ya seria el acabose

ewok

#84 El caso es que se lo siguen llamando.

M

#74
Art 206. Los recursos financieros de que disponga la Generalitat podrán ajustarse para que el sistema estatal de financiación disponga de recursos suficientes para garantizar la nivelación y solidaridad a las demás comunidades autónomas, con el fin de que los servicios de educación, sanidad y otros servicios sociales esenciales del Estado del bienestar prestados por los diferentes Gobiernos autonómicos puedan alcanzar niveles similares en el conjunto del Estado, siempre y cuando lleven a cabo un esfuerzo fiscal también similar. En la misma forma y si procede, la Generalitat recibirá recursos de los mecanismos de nivelación y solidaridad. Los citados niveles serán fijados por el Estado.

Ni 10 si y 7 no ni nada que se le parezca ...

kael.dealbur

La verdad que no entiendo a muchos meneantes. Andalucia y los socialistas lucharon por ofrecer un estatuto autonómico a Andalucía, y el gobierno de Suarez que no era favorable a la descentralización, y a que se creara una autonomía andaluza gobernada por el PSOE, se intentaron valer de un tecnicismo, que se necesitaba un 51% de sies en todas las provincias de la futura autonomía, no se alcanzaron ni en Almeria ni en Jaen no porque hubiera muchos nos (eran menos del 5%) si no por el elevado numero de votos nulos y de la abstención. Lo que pedía Andalucía era plenamente constitucional y suponía simplemente intentar equiparse a lo logrado por Navarra, País Vasco y Cataluña. El señor Iglesias intenta comparar esta lucha contra un tecnicismo legal, con saltarse las leyes y convocar un referéndum ilegal que busca conceder a Cataluña privilegios no incluidos en la constitución, derecho de autodeterminación, y lo que es más grave segregarse del resto de España. Mas alla de que Susana no sea un referente cultural, y que probablemente desconozca exactamente este proceso, lo cierto es que tiene razón al decir que comparar esto con lo sucedido el 1-O es una fantasía mezquina.

D

#87 vale guapi lo que tu digas, los del tribunal constitucional son todos franquistas, freedom Catalunya y voltaren en crema

M

#76 ... Si, si no cuesta mucho ...

Artículo 6. La lengua propia y las lenguas oficiales

1. La lengua propia de Cataluña es el catalán. Como tal, el catalán es la lengua de uso normal y preferente de las Administraciones públicas y de los medios de comunicación públicos de Cataluña, y es también la lengua normalmente utilizada como vehicular y de aprendizaje en la enseñanza.

Artículo 76. Funciones

4. Los dictámenes del Consejo de Garantías Estatutarias tienen carácter vinculante con relación a los proyectos de ley y las proposiciones de ley del Parlamento que desarrollen o afecten a derechos reconocidos por el presente Estatuto.

Artículo 78. Funciones y relaciones con otras instituciones análogas

1. El Síndic de Greuges tiene la función de proteger y defender los derechos y las libertades reconocidos por la Constitución y el presente Estatuto. A tal fin supervisa, con carácter exclusivo, la actividad de la Administración de la Generalitat (...)

Artículo 95. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

5. El Presidente o Presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña es el representante del poder judicial en Cataluña. Es nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial y con la participación del Consejo de Justicia de Cataluña en los términos que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial. El Presidente o Presidenta de la Generalitat ordena que se publique su nombramiento en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

6. Los Presidentes de Sala del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña son nombrados a propuesta del Consejo General del Poder Judicial y con la participación del Consejo de Justicia de Cataluña en los términos que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Artículo 97. El Consejo de Justicia de Cataluña

El Consejo de Justicia de Cataluña es el órgano de gobierno del poder judicial en Cataluña. Actúa como órgano desconcentrado del Consejo General del Poder Judicial, sin perjuicio de las competencias de este último, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Artículo 98. Atribuciones

2. Las atribuciones del Consejo de Justicia de Cataluña respecto a los órganos jurisdiccionales situados en el territorio de Cataluña son, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, las siguientes:

a) Participar en la designación del Presidente o Presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, así como en la de los Presidentes de Sala de dicho Tribunal Superior y de los Presidentes de las Audiencias Provinciales.

b) Proponer al Consejo General del Poder Judicial y expedir los nombramientos y los ceses de los Jueces y Magistrados incorporados a la carrera judicial temporalmente con funciones de asistencia, apoyo o sustitución, así como determinar la adscripción de estos Jueces y Magistrados a los órganos judiciales que requieran medidas de refuerzo.

c) Instruir expedientes y, en general, ejercer las funciones disciplinarias sobre Jueces y Magistrados en los términos previstos por las leyes.

d) Participar en la planificación de la inspección de juzgados y tribunales, ordenar, en su caso, su inspección y vigilancia y realizar propuestas en este ámbito, atender a las órdenes de inspección de los juzgados y tribunales que inste el Gobierno y dar cuenta de la resolución y de las medidas adoptadas.

e) Informar sobre los recursos de alzada interpuestos contra los acuerdos de los órganos de gobierno de los tribunales y juzgados de Cataluña.

3. Las resoluciones del Consejo de Justicia de Cataluña en materia de nombramientos, autorizaciones, licencias y permisos deben adoptarse de acuerdo con los criterios aprobados por el Consejo General del Poder Judicial.

Artículo 99. Composición, organización y funcionamiento

1. El Consejo de Justicia de Cataluña está integrado por el Presidente o Presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que lo preside, y por los miembros que se nombren, de acuerdo con lo previsto por la Ley Orgánica del Poder Judicial, entre Jueces, Magistrados, Fiscales o juristas de reconocido prestigio. El Parlamento de Cataluña designa a los miembros del Consejo que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Artículo 100. Control de los actos del Consejo de Justicia de Cataluña

1. Los actos del Consejo de Justicia de Cataluña serán recurribles en alzada ante el Consejo General del Poder Judicial, salvo que hayan sido dictados en el ejercicio de competencias de la Comunidad Autónoma.

Artículo 101. Oposiciones y concursos

2. El Consejo de Justicia de Cataluña convoca los concursos para cubrir plazas vacantes de Jueces y Magistrados en Cataluña en los términos establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Artículo 111. Competencias compartidas

En las materias que el Estatuto atribuye a la Generalitat de forma compartida con el Estado, corresponden a la Generalitat la potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, en el marco de las bases que fije el Estado como principios o mínimo común normativo en normas con rango de ley, excepto en los supuestos que se determinen de acuerdo con la Constitución y el presente Estatuto. En el ejercicio de estas competencias, la Generalitat puede establecer políticas propias. El Parlamento debe desarrollar y concretar a través de una ley aquellas previsiones básicas.

Artículo 120. Cajas de ahorros

2. Corresponde a la Generalitat, en materia de cajas de ahorro con domicilio en Cataluña, la competencia compartida sobre la actividad financiera, de acuerdo con los principios, reglas y estándares mínimos que establezcan las bases estatales, que incluye, en todo caso, la regulación de la distribución de los excedentes y de la obra social de las cajas.

Artículo 126. Crédito, banca, seguros y mutualidades no integradas en el sistema de seguridad social

2. Corresponde a la Generalitat la competencia compartida sobre la estructura, la organización y el funcionamiento de las entidades de crédito que no sean cajas de ahorro, de las cooperativas de crédito y de las entidades gestoras de planes y fondos de pensiones y de las entidades físicas y jurídicas que actúan en el mercado asegurador a las que no hace referencia el apartado 1, de acuerdo con los principios, reglas y estándares mínimos fijados en las bases estatales.

Artículo 206. Participación en el rendimiento de los tributos estatales y mecanismos de nivelación y solidaridad

3. Los recursos financieros de que disponga la Generalitat podrán ajustarse para que el sistema estatal de financiación disponga de recursos suficientes para garantizar la nivelación y solidaridad a las demás Comunidades Autónomas, con el fin de que los servicios de educación, sanidad y otros servicios sociales esenciales del Estado del bienestar prestados por los diferentes gobiernos autonómicos puedan alcanzar niveles similares en el conjunto del Estado, siempre y cuando lleven a cabo un esfuerzo fiscal también similar. En la misma forma y si procede, la Generalitat recibirá recursos de los mecanismos de nivelación y solidaridad. Los citados niveles serán fijados por el Estado.

Artículo 218. Autonomía y competencias financieras

2. La Generalitat tiene competencia, en el marco establecido por la Constitución y la normativa del Estado, en materia de financiación local. Esta competencia puede incluir la capacidad legislativa para establecer y regular los tributos propios de los gobiernos locales e incluye la capacidad para fijar los criterios de distribución de las participaciones a cargo del presupuesto de la Generalitat.

D

#90 hacer un copypaste de los artículos derogados por el TC lo hace hasta mi hijo de 3 años, analizar el porqué han sido derogados (sin prejuicios ideológicos claro) y haciendo derecho comparado con otros estatutos como el andaluz (según afirmas) ya si eso te vas a mirarlo a la página de la ANC (eso si funciona que lo dudo)

Ehorus

#20 Pregunta... se dejó fuera a algún partido político con representación - aunque fuera mínima - a la hora de hacer el estatuto catalán?...... La respuesta, . Fue quién pleiteo el estatuto en los juzgados, una vez llegó a madrid. Porque en el momento que ZP abrió la boquita, subió el pan. Prometiendo lo imposible.
Así que , aunque el proceso jurídico fue el mismo, no fue lo mismo al no ser consensuado con todas las fuerzas políticas. Mientras que en Andalucia el pacto salio con el 100% del parlamento.
Y que conste que no soy para nada partidario del pp, pero no se puede argumentar "que el procedimiento fue el mismo" , sin olvidar que se dejó fuera a un partido, minoritario en Cataluña, pero que era el principal partido de la oposición a nivel estatal.

D

#75 No, es la propia Universidad la que orienta la carrero asi. El profesor llega, da su clase magistral, o se hacen ejercicios sobre un tema concreto, se marcan trabajos sobre eso y listo.

La cultura general la debes obtener en otro lado. A la universidad vas a aprender una cosa en concreto, no a saber de todo. La cultura se obtiene leyendo mucho.

D

#65 Se ha dicho una y mil veces.

Si no se cumple la ley se denuncia, se lleva al juzgado y que un juez decida.

Nunca, y nadie, tiene derecho a hacer lo que les salga de los por encima de la ley.

TDL

#74 Pues puedes comparar tú mismo, vaya... Además el BOE permite alternar entre el texto recortado y el original de 2006. Multitud de textos recortados relacionados con el consejo de justicia de Cataluña (que, por cierto, está con Ñ en el estatuto, jej!) son, como mínimo, muy parecidos en el de Andalucía.

https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-13087&b=127&tn=1&p=20100716#a98
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-5825#a144

Y un detalle tan tonto como la frase "con la participación del Consejo de Justicia de $COMUNIDAD" en los artículos 95 en Cataluña o 145 en Andalucía... La frase, "el inciso resaltado" según el BOE. Pues es inconstitucional si $COMUNIDAD=Cataluña, pero perfectamente vigente si $COMUNIDAD=Andalucía.

Y paso de buscar más que me encabrono. Porque no hace falta ser independentista para encabronarse por esto. Y el presidente de Cantabria ya lo dice también... que igual motivos para estar molestos podemos tener.

D

#20 Me pusieron una multa, la recurrí. Como no me han contestado ahora me veo legitimado a saltarme los Stop.

D

#93 Depende del profesor. La mediocridad está por todos sitios en las universidades españolas. Mamoneos, meto a mis hijos, sobrinos y tíos como profesores, etc.

He tenido muy buenos profesores también.

D

#34 Si tienes más de 40 años te lo perdono, pero a día de hoy la mayoría de plazas y medios de las universidades están destinados a carreras que te enseñan a hacer un trabajo y darte los mimbres para entender cosas relacionadas con tu trabajo. De cultura general, capacidad crítica o herramientas para ampliar tus conocimientos hay más bien poco.
Lo de la "universidad de la vida" será una falacia, pero decir que fulanito es de fiar porque "fue a la universidad" para lo único que vale es para decir que fulanito vivió su juventud lo suficientemente acomodado como para estudiar en la uni.

Lourdes_Lpb

#20 No se aprobaron determinados artículos porque eran inconstitucionales no por el procedimiento utilizado. Detalle que no mencionas. La realidad es la que es te guste o no

D

#44 Y el que no es borrego no lo es dentro ni fuera de la universidad. Conclusión: la universidad no está relacionada con el nivel de borreguismo.

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