Hace 5 años | Por Danichaguito a infolibre.es
Publicado hace 5 años por Danichaguito a infolibre.es

La Sala de lo Contencioso-Administrativo estudiará el incidente de nulidad que la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid interpuso contra la decisión del Alto Tribunal del pasado mes de noviembre. La defensa considera que con la avocación a Pleno que hizo el presidente de la Sala, Luis María Díez Picazo, se vulneraron las garantías procesales de los recurrentes.Por otra parte, el escrito se apoya sobre el artículo 110 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa:“los efectos de una sentencia firme que hubiera reconoci

Comentarios

Danichaguito

"artículo 110 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa :“los efectos de una sentencia firme que hubiera reconocido una situación jurídica individualizada a favor de una o varias personas podrán extenderse a otras, en ejecución de la sentencia”
Pero para que esto suceda, tienen que concurrir varias circunstancias: que los interesados se encuentren en “idéntica situación jurídica” que los favorecidos; que el tribunal sentenciador “fuera también competente, por razón del territorio, para conocer de sus pretensiones de reconocimiento de dicha situación individualizada”; y que se solicite la extensión de los efectos de la sentencia “en el plazo de un año desde la última notificación de ésta a quienes fueron parte en el proceso”.
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https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1998-16718

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Es igual lo que ocurra, el supremo hace y deshace como le da la gana, la ley la interpretan en cada momento como les interesa personalmente.