Hace 3 años | Por --622212-- a elconfidencial.com
Publicado hace 3 años por --622212-- a elconfidencial.com

No es un asunto cualquiera, pero, sin embargo, suele pasar inadvertido en las bodas. Y eso explica que los notarios, que desde hace casi seis años están autorizados para oficiar bodas, vayan a poner manos a la obra. En concreto, se trata de asesorar a los novios en el momento de casarse sobre la posibilidad de elegir separación de bienes, que es la fórmula más habitual en Cataluña o Baleares, donde existe un derecho civil propio, o, por el contrario, eligen bienes gananciales, que mayoritariamente se practica en el resto del Estado.

Priorat

En Catalunya por defecto, si no especificas lo contrario, siempre es Separación de Bienes.

Forma parte del Código Civil Catalán.

D

#1 Lo pone en el artículo.

eldarel

#1 Siempre me pareció una medida muy razonable.
En Andalucía siempre había quién ponía el grito en el cielo si pedías la separación de bienes.

i

#1 ya sabemos que la pela allí, es la pela lol y/o con las cosas de comer no se juega....

D

¿Y no te asesoran sobre lo de la misma boda? que mira que igual estás haciendo el/la panoli, que si te lo has pensado bien ,...

s

Es que lo que no entiendo es por qué existe la figura "bienes gananciales". No existiendo, que es lo que debería ser, la respuesta a la pregunta del titular es obvia y razonable.

mikelx

Cuando sólo trabajaba una persona en la pareja la separación de bienes era una salvajada ya que dejaba normalmente a la mujer en una situación de dependencia absoluta del merido. Hoy en dia, habiendo igualdad de oportunidades de trabajo este planteamiento parece un poco ancrónico.

D

#6 El hombre que hoy en día se case por gananciales o ha pegado el braguetazo de su vida o es idiota. No hay más. Ya de por sí para los hombres casarse es una muy mala jugada salvo que lleves muchísimos años de pareja y se haga en plan simbólico.

Sendas_de_Vida

Prefiero la separación de bienes.

Sendas_de_Vida

El artículo solo habla de los matrimonios. Pero también afecta a las herencias de uno de los cónyuges cuando este fallece.