Hace 3 años | Por --171389-- a twitter.com
jacktorrance

¿Se puede acudir a una terraza de un bar en cualquier horario si vas con niños o
solo en su horario de paseo?

En cualquier momento, acudir a una terraza no es una actividad recogida en la Orden
370/SND/2020, sino en la Orden 399/SND/2020, donde no se recogen limitaciones o
franjas horarias para el desarrollo de las actividades establecidas en la misma.

Es que esto además es de traca, qué sentido tiene mantener la franja horaria, si te paran fuera de ella dices que vas camino del bar y aquí paz y después gloria.

D

#1 Sólo aclaran las dudas de la ley estatal. Que yo sepa, no se modificó esa ley, aunque lo solicitaron según indica el presidente en Twitter.

Lo meneé porque veo que responde dudas básicas que me cuesta encontrar.

jacktorrance

#2 si si, pero que me sigue pareciendo absurdo, es decir marcas las franjas horarias para hacer deporte pero se puede ir al bar a cualquier hora?

v

#3 Aun dándose situaciones absurdas, tiene sentido, en cierto modo.

Ejemplo de situación, si cabe, más absurda que la anterior. Tú no puedes pasear con tu mujer y tus dos hijos, pero no pasa nada porque te sientes en una terraza con ellos, o vayas a la terraza, o a la casa de tu cuñado, con ellos. Tampoco puedes pasear, o hacer deporte, con toda tu familia (sólo de 2 en 2), pero sí desplazarte para ir al bar.

La absurdidad no surge de las condiciones de la fase 0, donde se ponen limitaciones horarias (sugeridas por las comunidades autónomas, por cierto), así como limitaciones de acompañantes, para facilitar que se puedan respetar las medidas de distanciamiento en la vía pública.

La absurdidad viene de las condiciones de apertura de negocios en la fase 1. En primer lugar la apertura de terrazas, con grupos de hasta 10 (que luego fué ampliada a grupos de hasta 10 en casas particulares). En este caso, además, es el local (o tú, en tu casa) el que debe garantizar que se puedan establecer las condiciones de distancia de seguridad. Con respecto a las actividades comerciales en locales pequeños, las medidas deberían ser las mismas que las establecidas para las actividades de primera necesidad (supermercados, estancos, etc.): de 1 en 1.

Personalmente creo que los bares no deberían abrir, o al menos, no permitir reuniones en bares. Supongo que en un principio, se consideró que 10 personas, con distancia razonable, sin moverse en una mesa, y al aire libre, no suponen mucho riesgo de contagio. Esto puso de manifiesto la idea de no poder reunirse en casas, pero sí en el bar. Se corrigió para poder reunirse en casas también, donde el riesgo de contagio es mayor por ser un sitio cerrado.

Sin embargo, considero que no hay que ponerse quisquillosos y atender al espíritu de la norma con responsabilidad individual. ¿Tiene sentido que yo vaya a un bar, porque puedo, si no se pueden garantizar la distancia?, es obvio que no. ¿Tiene sentido que vaya en tropel por el medio de una multitud?, obvio que no. ¿Tiene sentido que vaya a la casa de mi cuñado a comer? Entiendo que sí, pues si nosotros hemos estado encerrados y sin riesgo de contagio, y ellos han estado encerrados y sin riesgo de contagio, y solo nos reunimos entre nosotros, con determinadas precauciones, estamos simplemente ampliando un poco la unidad familiar, dentro de la seguridad. Y sin embargo, no tiene sentido, seguro, que me vaya de fiesta en fiesta de 10 personas en casa, con 10 personas distintas de cada vez, cada uno de una unidad familiar diferente, aunque en principio pueda con todas las de la ley.

i

#2 lamento el dedazo. Te compenso en otros comentarios.

i

#1 ir al bar es lo único que puedes hacer como, con quién y cuándo quieras. Quien lo hubiera dicho...lol

P

#4 Es España bares y furbol,al primero me apunto yo.

P

#1 El Barbón nunca fue el lápiz más afilado del estuche y el Illa en fin...