Hace 6 años | Por --542032-- a elespanol.com
Publicado hace 6 años por --542032-- a elespanol.com

Más de una vez, entre reuniones y corrillos, Juan Carlos Quer le dijo a Juan José Cortés, el padre de Mari Luz: "La muerte de mi hija tiene que servir para algo". Esas palabras, batidas con meses y sudor, han cristalizado en una campaña por mantener la prisión permanente revisable que ya reúne casi tres millones de firmas.

Comentarios

D

#3 La Constitución no dice eso.

smilo

#3 estoy en contra de la perpetua, creo en la reinsercion, de hecho un amigo de mi hermano de joven era toxicomano y el reconoce que robaba lo que podia para chutarse y llego a estar en prision, ahora es un currante, obviamente con secuelas fisicas, pero cuando veo delincuentes como el Rafita me entran ganas de meterlo de por vida en una celda de 2x2 y que nunca mas vea el sol.

Gotsel

#3 se cambia la Constitución, no hay problema.

A esos miserables no les asustan ni 20, ni 30 ni la perpetua. Está demostrado que con la perpetua no disminuye la criminalidad, vale. Es que acaso está demostrado que la no perpetuidad si que la disminuye???

Si es más justo 20 años que la perpetua, 10 años es más justo que 20, y 5 que 10. Porque con 5 años sobra para reinsertarse, sobran 15 o 20 injustos años de cárcel.

Ah vale, que entonces la cárcel tb tiene un componente de castigo, pero sin pasarse, de modo que cuánto menos condena pidas más humano, abierto y progresista eres.

Llevado al extremo, nada va devolverles a sus hijos, por lo que la cárcel no aporta nada a nadie, nada más que gastos para el estado.

D

#c-3" class="content-link" style="color: rgb(227, 86, 20)" data-toggle="popover" data-popover-type="comment" data-popover-url="/tooltip/comment/2920183/order/3">#3 Prueba a decirle a # 7 (que me tiene ignorado) lo siguiente:

Título I. De los derechos y deberes fundamentales
Capítulo segundo. Derechos y libertades
Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas

Artículo 25

Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.

Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.

La Administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación de libertad.


Bueno, mejor no le digas nada. No es más que un gamberro infantiloide.

D

Ay dios. Yo no necesito que este señor proteja a mi hijo y no, con la cadena perpetua no se protege a los niños, se los protege invirtiendo más en educación.

a

La lucha titánica de El Español por hacer felices a la mano que le da de comer

D

#1
Como mucho será relacionada.

Azucena1980

Lo dicho, amortizada la AVT por el fin de ETA, hay que crear nuevas asociaciones de víctimas que el arrojar cuerpos desmembrados a la oposición da votos.