El Ejecutivo ha aprobado el anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia que pretende convertir la infancia en un bien colectivo que merece especial protección.
Vamos que prácticamente todos los nacidos en los 80 y antes quedan descartados. Interesante, sobre todo por las implicaciones que tendría con la "secta".
#1 El titular es engañoso: los delitos no van a prescribir cuando la víctima tenga 30 años, sino que el plazo de prescripción empezará a contar a partir de que la víctima tenga 30 años.
En todo caso podrían haber puesto a partir de los 50 o toda la vida que el principio de no retroactividad impide que se aplique esta norma a delitos cometidos anteriormente a su aprobación.
#7 Lo escuché en la radio hoy a la mañana y más abajo lo pone también: el plazo de prescripción comenzará a contar cuando la víctima cumpla 30 años, ergo no prescribirán en esa fecha. En los delitos relativos a la tentativa de homicidio, delitos sexuales, las lesiones agravadas, maltrato habitual y trata de seres humanos cometidos sobre personas menores de edad, el inicio del cómputo del plazo para su prescripción comienza cuando la víctima cumple los 30 años.
#8 La redacción se contradice. Los años de prescripción son fijos según el tipo de delito, así que decir a partir de 30 es como decir 40, 35, o los que sean. Me cuadra más que a los 30 prescriban y punto
Lo que no sé es por qué el titular sólo habla de delitos sexuales, cuando toca todos los de especial relevancia.
#9 Lo que dije yo antes, el titular es engañoso. No tiene sentido que prescriban automáticamente los delitos a menores cuando cumplan 30 años cuando algunos de ellos tienen un plazo de prescripción general de 15 y 20 años. Lo que han hecho es, para aquellos delitos cuya prescripción comenzaba a contar desde que el menor cumplía 18, elevar el inicio del cómputo a los 30
#9 Te contesto a tu edición: Los años de prescripción son fijos según el tipo de delito, así que decir a partir de 30 es como decir 40, 35, o los que sean.
Sería lo mismo hoy. Si mañana amplías la prescripción de alguno de esos delitos, al redactarlo así te ahorras reformar de nuevo también esta parte.
Comentarios
Vamos que prácticamente todos los nacidos en los 80 y antes quedan descartados. Interesante, sobre todo por las implicaciones que tendría con la "secta".
y ¿ para la corrupción? ¿ No interesa?
Me parece bien, siempre se siga el mismo procedimiento con el resto de delitos, faltas e infracciones.
#1 Entiendo que no puede ser retroactivo.
#1 El titular es engañoso: los delitos no van a prescribir cuando la víctima tenga 30 años, sino que el plazo de prescripción empezará a contar a partir de que la víctima tenga 30 años.
En todo caso podrían haber puesto a partir de los 50 o toda la vida que el principio de no retroactividad impide que se aplique esta norma a delitos cometidos anteriormente a su aprobación.
#1 Pues no, se te olvida que la irretroactividad.
Delitos cometidos de ahora en adelante
#5 No, son imprescriptibles hasta que la víctima cumpla 30, ahí prescriben.
#7 Lo escuché en la radio hoy a la mañana y más abajo lo pone también: el plazo de prescripción comenzará a contar cuando la víctima cumpla 30 años, ergo no prescribirán en esa fecha.
En los delitos relativos a la tentativa de homicidio, delitos sexuales, las lesiones agravadas, maltrato habitual y trata de seres humanos cometidos sobre personas menores de edad, el inicio del cómputo del plazo para su prescripción comienza cuando la víctima cumple los 30 años.
#8 La redacción se contradice. Los años de prescripción son fijos según el tipo de delito, así que decir a partir de 30 es como decir 40, 35, o los que sean. Me cuadra más que a los 30 prescriban y punto
Lo que no sé es por qué el titular sólo habla de delitos sexuales, cuando toca todos los de especial relevancia.
#9 Lo que dije yo antes, el titular es engañoso. No tiene sentido que prescriban automáticamente los delitos a menores cuando cumplan 30 años cuando algunos de ellos tienen un plazo de prescripción general de 15 y 20 años. Lo que han hecho es, para aquellos delitos cuya prescripción comenzaba a contar desde que el menor cumplía 18, elevar el inicio del cómputo a los 30
#9 Te contesto a tu edición:
Los años de prescripción son fijos según el tipo de delito, así que decir a partir de 30 es como decir 40, 35, o los que sean.
Sería lo mismo hoy. Si mañana amplías la prescripción de alguno de esos delitos, al redactarlo así te ahorras reformar de nuevo también esta parte.
#11 Ya, a ver si se aclara una vez se publique, porque la nicotina es un truño
Los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles salvo en Españistan...
#2 Tristemente no, lo cual no quita que esto también fuese necesario.