Hace 6 años | Por shake-it a elespanol.com
Publicado hace 6 años por shake-it a elespanol.com

La Fiscalía de Burgos ha trasladado al Juzgado de Primera Instancia de Aranda de Duero un escrito en el que pide la puesta en libertad de los tres exjugadores de la Arandina C.F. que se encuentran en prisión desde el pasado 13 de diciembre por, supuestamente, haber abusado sexualmente de una menor.

Comentarios

D

Hoy, en El Becario y la Farlopa:

El Mnisterio Fiscal cambia de criterio y pide ahora prohibir a los tres futbolistas que no se acerquen a la menor de la que supuestamente abusaron sexualmente.

[...]

De este modo, el Ministerio Fiscal cambia el criterio que ha mantenido hasta ahora y apuesta por adoptar una serie de medidas, como la prohibición de que los tres jugadores puedan acercase a la menor y tener cualquier tipo de contacto con ella

D

#1 que grande que es este gran fiscal, es una buena medida,se ha demostrado que las ordenes de alejamiento son super utiles,solo hay que ver las que se usan para los casos de violencia de genero oh wait....

Valverdenyo

#5 Uno tiene 19...

hazardum

#11 No se lo que dirá el juez, pero 19 ya cruza la franja de ser adulto, si tuvieran 15-16-17 años, entonces probablemente no los condenarían por abuso si es que fueron consentidas. Si no fueron consentidas, entonces seria abuso o agresión, dependiendo de si hubo violencia o no.

tiopio

Vaya, de estos preventivos Francino no dijo nada.

D

@2 primero tienes que demostrar que sabían que es menor. Desconozco si esto es así.

hazardum

#3 Lo sabían de sobra, la madre fue a visitarles y les dijo que dejaran en paz a la chica, que era menor.

https://www.elespanol.com/reportajes/20171228/madre-nina-advirtio-manada-arandina-menor/272972976_0.html

#4 La edad de consentimiento en España es 16, y la chica tiene 15, si tuvieron relaciones sexuales, les condenaran por abuso al ser ellos adultos, solo se libran si tuvieran edad parecida.

D

#5 Entonces son culpables del abuso, como bien apuntas.

hazardum

#8 Si tuvieron relaciones consentidas, sip, es abuso al ser menor de 16, si fueron forzadas con violencia es agresión sexual.

D

#5 Lo se, pero eso no quiere decir que lo escrito en #2 sea cierto. Otra cosa sería "Si es menor de 16 años..."

cc #6

D

#9 Creo recordad que si es menor el peso de la prueba recae en el acusado, es decir, que tienen que demostrar que si fue consentido, mientras que en caso de ser adulta, es ella quien tiene que demostrar que no fue consentido...

D

#13 Eso no es cierto. Mientras no haya pruebas de "explotación, chantaje, coacción o amenaza" la carga de la prueba es exactamente la misma. La única diferencia es que los tutores legales o el Fiscal pueden cuestionar el consentimiento.

Eso es lo que vendía a la prensa Gallardón con la reforma para subir la edad de consentimiento a los 16, pero en la práctica de eso nada.

En todo caso lo de "aunque sea consentido" que comentas en #2 sigue siendo totalmente erróneo.

D

#15 Es un hecho cierto que algunos adultos mantienen relaciones sexuales con menores de edad de una manera consentida; sin embargo, dicha aprobación no impide el ejercicio de la acción penal por el Ministerio Público a un adulto por mantener ese contacto sexual.(...)

Es importante mencionar que si una persona adulta mantiene relaciones sexuales con persona de uno u otro sexo que tenga menos de 14 años, aún cuando consienta el acto sexual, de resultar penalmente responsable por parte de un juez, la persona mayor de edad podría ser condenada a una pena de prisión de 10 a 15 años. Esta conducta es la que en la práctica conocemos como violación técnica .


http://laestrella.com.pa/opinion/columnistas/relacion-sexual-consentida-menores-entre-14-18-anos/23950427

No soy abogado, pero creo que he expuesto con algo de acierto el espíritu de la norma.

D

#16 Estamos en España tío lol

D

#17 Nos los han copiado todo...

D

#18 Nada que ver el Derecho panameño con el de aquí. Eso que pegas no sirve de ejemplo de nada.

D

#19 No soy abogado cariño, por lo menos he pegado algo que no sale de la punta de mi polla. roll

D

#20 Pues para no ser abogado bien que te empeñas en tener razón. Incluso aunque sea a base de mezclar ordenamientos jurídicos de otros países. Te dejo con el de aquí, por si te apetece consultarlo:

http://www.boe.es/boe/dias/2015/03/31/pdfs/BOE-A-2015-3439.pdf

D

#22 ¿116 páginas? Debes ser abogado, y de los buenos, de los que cobran por página

P.D. En menores de 16 el espíritu es el mismo: "la realización de actos de carácter sexual con menores de dieciséis años será considerada, en todo caso, como un hecho delictivo"

D

#23 En el caso de los menores de edad –de menos de dieciocho años– pero mayores de dieciséis años, constituirá abuso sexual la realización de actos sexuales interviniendo engaño o abusando de una posición reconocida de confianza, autoridad o influencia sobre la víctima

Artículo 182 en adelante del Código Penal.

D

#24 Justo es a donde acabo de llegar.

Entiendo que con dieciochos año, aunque haya engaño no es abuso si es consentido.

D

#25 No necesariamente, pero esa es otra cuestión.

D

#3 Creo que no, sigue siendo menor.

El delito es el mismo, aunque supongo que el desconocimiento será atenuante.

squanchy

#3 ¿Cómo iba a saber que era menor?

D

#27 A mi me ha pasado y la verguenza que sientes es muy grande, por intentar ligar con una menor.

D

Yo los sacaba y metía al fiscal por si se largan...

D

Si es menor es abuso, aunque sea consentido. Follar con menores tiene sus riesgos.

D

#2 Meeeeek. Edad de consentimiento y tal.

D

#4 ¿Correcaminos eres tu?

Si la chica dice que no es consentido, ajo y agua. Una cosa es "la verdad" y otra la que se cuenta y se cree la mayoría.

P.D. Palabra de economista ignorante en derecho a.k.a. candidato del mes a premio Dunning-Kruger roll