Hace 11 meses | Por tiopio a cnnespanol.cnn.com
Publicado hace 11 meses por tiopio a cnnespanol.cnn.com

La Corte Suprema de Estados Unidos dijo este martes que el Tribunal Supremo de Carolina del Norte no violó la cláusula electoral de la Constitución de EE.UU. cuando invalidó el mapa del Congreso del estado para 2022, rechazando una versión amplia de una controvertida teoría legal de la Legislatura Estatal Independiente impulsada por los partidarios del expresidente Donald Trump. "Los tribunales estatales conservan la autoridad para aplicar las restricciones constitucionales estatales cuando las legislaturas actúan bajo el poder que les…

Comentarios

tiopio

Esta relacionado con el llamado gerrymandering (ajustar unas elecciones a un determinado resultado con la modificación de los distritos electorales).

http://blog.pucp.edu.pe/blog/nortenciogua/2022/02/04/victoria-democrata-la-suprema-corte-de-north-carolina-declara-el-gerrymandering-inconstitucional/

themarquesito

#1 Voy a citar las palabras del propio John Roberts en la opinión del Tribunal Supremo sobre Moore v Harper, que son clarísimas:

Los tribunales estatales conservan la autoridad para aplicar las restricciones constitucionales estatales cuando las legislaturas actúan en virtud del poder que les confiere la Cláusula Electoral. Pero los tribunales federales no deben abandonar su propio deber de ejercer la revisión judicial. Al interpretar la ley estatal en este ámbito, los tribunales estatales no pueden exceder los límites de la revisión judicial ordinaria hasta el punto de inmiscuirse inconstitucionalmente en el papel específicamente reservado a las legislaturas estatales por el Artículo I, Sección 4, de la Constitución Federal. Dado que no necesitamos decidir si eso ocurrió en el caso de hoy, se confirma la sentencia del Tribunal Supremo de Carolina del Norte. [...]
Se nos pide que decidamos si la Cláusula Electoral establece una excepción a este principio básico. Sostenemos que no. La Cláusula Electoral no aísla a las legislaturas estatales del ejercicio ordinario de la revisión judicial estatal.

Resumido: Obviamente las actuaciones de los poderes legislativos estatales no están al margen de la revisión constitucional por parte de los tribunales.