La sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 15/3/2015 que ha causado cierto revuelo por el hecho de que se ha interpretado que se abre la puerta a la deducción de ciertos gastos de servicios y suministros cuando el Autónomo (empresario o profesional persona física) realiza su actividad en su vivienda habitual.
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#0 Los autónomos que trabajan en casa podrán deducirse gastos como la luz, el agua y la calefacción
Los autónomos que trabajan en casa podrán deducirs...
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