Hace 2 años | Por --311425-- a europapress.es
Publicado hace 2 años por --311425-- a europapress.es

Los magistrados de la Sección 23 han ordenado ahora inadmitir a trámite la denuncia presentada por la Policía al entender que se trata de una desobediencia leve, no tipificada como delito. Tras estimar el recurso presentado por los inquilinos del inmueble, se ordena al juez que, además de no admitir a trámite la denuncia, deduzca testimonio por si los agentes de la Policía Nacional hubieran incurrido en infracción penal por la la entrada no consentida en ese domicilio, la madrugada del 21 de marzo de 2021.

Comentarios