A lo largo de este último año la evolución de las licencias ha ido en aumento.
A primeros de 2019 existían únicamente 6 empresas autorizadas por la AEMPS, al día de hoy se ha triplicado con creces este número (última actualización 17.06.2021).
Ninguna Ley/Normativa ha cambiado en España relativa al cannabis, pero la "modernización" del sistema de solicitudes ha permitido que los expedientes relativos al cultivo de marihuana legal en España se tramiten de otra forma: dependen de la EMA.
Este hecho administrativo, unido a la incesante presión de distintas fuerzas políticas ( 1"> · 2"> · 3"> · 4"> · 5"> · 6">) insistiendo con sus propuestas y preguntas en las sesiones parlamentarias del Congreso, ha permitido lograr la tan ansiada transparencia (Consejo de Transparencia y Buen Gobierno) en las licencias relacionadas con la marihuana, publicándose el listado oficial con los nombres de las empresas autorizadas desde agosto de 2018.
Aún así, todavía existen muchos problemas burocráticos, que no legislativos, para poder adquirir estas licencias, pero parece ser que si se sigue a este ritmo, la agilización y concesión de estas licencias con fines de investigación, médicos y/o científicos, aumentarán previsiblemente en los próximos meses.
Desde que en 2018 se puso en marcha el nuevo mecanismo coordinado por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) no acepta otra vía que no sea mediante presentación a la EMA para recibir solicitudes y expedientes relativos a los "Medicamentos de uso humano".
Licencias para cultivar cannabis en España y la burbuja especulativa internacional.
El 13 de febrero de 2019, el Observatorio Europeo del Consumo y Cultivo de Cannabis realizó, delante de las instalaciones de Monsanto Cartagena, la presentación del primer informe sobre las licencias de cannabis en España. Este informe se basa en preguntas al Gobierno sobre las licencias que el OECCC entregó a distintos parlamentarios. En un plazo de un año se dieron cuatro versiones diferentes, en las fechas 12 de diciembre de 2017, 15 enero de 2018, 15 de febrero de 2018 y 28 de diciembre de 2018. Además, ninguna de las cuatro respuestas, ni siquiera la del 28 de diciembre de 2018, coincide con el listado publicado por la AEMPS el 18 de diciembre de 2018.
Pero ¿a qué se pueden deber esa diferentes versiones por parte del Gobierno?
Las licencias aprobadas son válidas para un año.En lo que se refiere a las licencias de cultivo y utilización de Cannabis en España, desde el año 2011 hasta el 2016 se han recibido en la AEMPS aproximadamente 160 solicitudes de autorización de cultivo de Cannabis. Este número de solicitudes se ha multiplicado exponencialmente desde 2018 teniendo su auge máximo en 2020 (último año con datos).
Teniendo en cuenta la finalidad de los cultivos de las plantas de Cannabis, la AEMPS concede:
- Autorización para el cultivo de plantas de Cannabis con fines de investigación, como por ejemplo para la obtención de variedades o semillas de Cannabis con utilidad terapéutica o bien para la investigación de las propiedades físicas y/o farmacológicas, entre otras, del Cannabis y sus productos. La autorización se concederá, en su caso, para un año, si bien, previa solicitud, dicha autorización puede ser renovada anualmente hasta la finalización del proyecto.
- Autorización para el cultivo de plantas de Cannabis con fines médicos y científicos. Además, para la ejecución efectiva de cultivos de plantas de Cannabis, las personas naturales o jurídicas que dispongan de esta autorización deberán solicitar a la AEMPS Autorización anual de superficie total y de parcelas para el cultivo de plantas de Cannabis: la AEMPS emitirá anualmente la correspondiente autorización para la superficie total de terreno que se proyecta cultivar y, en su caso, las autorizaciones individualizadas para cada parcela de cultivo.
Como vemos, cada año las empresas deben de renovar su licencia, en caso contrario, la pierden. Por este motivo, los datos ofrecidos por la AEMPS varían a lo largo de los años, pues en el transcurso de la solicitud, estudio y renovación de la misma, tiene unos tiempos muy dilatados. De ahí, que la frecuencia oficial de actualización al comienzo era de 1 vez al año (2018-19-20), pero en este 2021, ya llevamos 3 actualizaciones (enero, abril, junio), se ha duplicado.
Por otro lado, como hemos visto, no es lo mismo contar el nº de licencias, que el nº de empresas que el nº de instituciones + nº de empresas, que el nº total de licencias contando o sin contar las instituciones, etc. Y si además las preguntas/respuestas al Congreso se han realizado entre actualizaciones, más aún se complica la cosa para que pueda cuadrar todo.
Con todo esto, me dispongo a elaborar una tabla con la evolución de las empresas e instituciones que han tenido, mantienen o han adquirido por primera vez, una licencia para cultivar cannabis +0,2% THC legalmente en España.
Evolución de las autorizaciones para el cultivo de Cannabis
CON FINES DE INVESTIGACIÓN y/o PRODUCCIÓN:
CON OTROS FINES:
- Parque Etnográfico Pirámides de Güimar S.A.U - Fines didácticos y educativos.
- DJT PLANTS - Producción y exportación de semillas y esquejes de plantas de Cannabis. Empresa "FANTASMA", sin más aparición que en las respuestas del Congreso. * DJT Plants Ltd (DJT Plants) ha tenido anteriormente dos licencias de Ministerio del Interior para cultivar cannabis> 0,2% de THC entre 2014 y 2017. DJT PLANTS Spain, S.L. es subsidiaria de la compañía Ananda al 50% y no aparece en ningun informe oficial de la AEMPS, tampoco Tiamat Agriculture Ltd ni JEPCO. Recientemente Ananda anunció la intención de comprar el 100% de DJT PLANTS Spain, S.L.
- Alcaliber, S.L.- Producción y fabricación de Cannabis y sus productos.
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(2018) RESOLUCIÓN CTBG: Por el cual se obliga a la AEMPS a emitir su listado.
PRIMER LISTADO AEMPS: 18 de diciembre de 2018
1ª ACTUALIZACIÓN AEMPS: 13 de agosto de 2019
(2019) Informe oficial OECCC: Análisis sobre Licencias de Cultivo Cannabis
2ª ACTUALIZACIÓN AEMPS: 17 de septiembre de 2020
3ª ACTUALIZACIÓN AEMPS: 27 de enero de 2021
4ª ACTUALIZACIÓN AEMPS: 21 de abril de 2021
5ª ACTUALIZACIÓN AEMPS: 31 de mayo de 2021
6ª ACTUALIZACIÓN AEMPS: 17 de junio de 2021
Nota: La presentación de solicitudes y expedientes a la EMA se realiza electrónicamente a través de la eSubmission Gateway / Web Client. Con el repositorio común implementado, estos envíos a la EMA se consideran también entregados a todos los miembros-sustitutos del CVMP y Autoridades nacionales competentes (AC) que podrán buscar, navegar y descargar estos envíos a través de dicho repositorio (interfaz de usuario web). Todo esto, se aplica a solicitudes iniciales de autorización y sus modificaciones, a las presentaciones de informes periódicos de seguridad (PSURs), ASMF (relacionados con solicitudes por procedimiento centralizado), solicitudes de LMR y arbitrajes.
Comentarios
#1 Como habrás podido comprobar, las 22 licencias demuestran que YA ES LEGAL, por lo que en España no encaja el eslogan de legalización sino el de REGULACIÓN
Al igual que es legal abrir una Administración de Loterias o una Farmacia (por ejemplo), pero claro, tienes que tener LICENCIA acorde a la normativa actual.
#1 El mundo entero está esperando a que su amo, EEUU, de la señal. Y esa señal la dará cuando sus empresas estén listas para quedarse con el monopolio mundial de la producción.
Véase: El gigante del cannabis en EEUU entra en España con la compra de una empresa con licencia para cultivar
El gigante del cannabis en EEUU entra en España co...
publico.es#2 Pero si Monsanto ya se ha hecho con el monopolio, varios estados americanos permiten el consumo de marihuana, incluso para usos recreativos. Si, de ESTADOS UNIDOS, el país que impuso las políticas de prohibición está PERMITIENDO EL CULTIVO Y EL CONSUMO... mientras en España... se ve que nos sobre el dinero y que nadie consume...
Disculpa #5, se me había pasado comentar la segunda situación que comentas:
"...lleva las plantas a la casa de un amigo." >
La misma normativa que hay para poder transportar, por ejemplo "voy a llevar 40 plantones de crisantemos ( Leucanthemum vulgare) de mi finca en Toledo a casa de mi amigo que vive en el centro de Madrid" + la normativa para poder transportar una planta viva catalogada en la Lista I de estupefacientes.
En este caso es similar. Si no dispones de autorización para transportar plantas estupefacientes, pues sería ilícito. Sin embargo, si se regulara de forma más adecuada, permitiendo por ejemplo, acceder a licencias de auto-cultivo para un máximo de XX plantas/persona, tendrías un documento administrativo que permita identificarte como AUTORIZADO.
Así que si la Policía me registra el vehículo durante el transporte de las plantas, bastaría con identificarme adecuadamente y comprobar que la hoja de transporte se corresponde con lo que en realidad estoy transportando.
A día de hoy existen estas autorizaciones y este artículo es una muestra de ello.
Espero sea de ayuda esta pequeña explicación.
#7 Gracias por el tiempo para contestar.
Pese a la divergencia teórica entre lo ilícito y lo ilegal,que te agradezco que compartas, a efectos prácticos, como ciudadano te encuentras con la misma indefensión ante el estado.
Tambien plantear que si tanto queremos la legalización/regularicación habría que empezar a ejercer presión con todo tipo de acciones de las asociaciones crecientes que agrupan a miles de consumidores de marihuana
#12 ¡Un placer!
Ciertamente existen, pero no hay dotación económica para ejercer suficiente "lobby".
Algunos ejemplos:
http://www.regulacionresponsable.es/
https://leycannabis.com/
https://www.oedcm.com/
http://www.regulacioncannabis.org/
https://www.facebook.com/Norml.Espana.Ascia/
https://idpc.net/es/publications/2018/09/regulacion-el-control-responsable-de-las-drogas
etc
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PD: Lo que sí es ilegal al 100% es usar el cannabis estupefaciente con fines únicamente comerciales.
#5 ¡Gracias por su respuesta!
Asumo que sabe la diferencia entre ilegal ilícito ya que está comentado sobre el tema.
Por lo que voy a usar los mismos ejemplos que indicas, espero sea de ayuda a visualizar el problema REAL de España, ya que lo que nos pasa es que "no se permite" en ciertas circunstancias (ilícito), pero sí que hay leyes que encauzan una vía legal que lo refleja: es posible (legal):
"Baja a fumarte un porrillo a la calle"
Normativa relacionada con fumar un "porrillo" en la calle: Aquí se aplicaría la misma normativa que para el consumo de tabaco (vía fumada) + la especial por consumir un estupefaciente (+0,2%THC) Ley Orgánica 4_2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
En esto, podríamos mejorar su regulación hacia algo similar al "beber en la vía pública", además de definir claramente hasta qué cantidad se puede llevar encima, es decir, la tenencia lícita: por ejemplo, México está regulando a 28g/pers a día de hoy.
Literalmente el texto de la L.O. indica ilícito. Por lo que si define una tenenia ilícita, ha de existir la lícita y por ello, regularse debidamente y que no quede a criterio arbitrario.
Como habrás visto, lamentablemente EL PROBLEMA DE ESPAÑA ES QUE NO HAY REGULACIÓN: no se define la cantidad que se puede tener lícitamente en la vía pública, queda en una "indefensión" total, pues al final dependerá de según lo que las autoridades pertinentes consideren. Por lo que repito: ES FALTA DE REGULACIÓN.
Así que si hubiera una regulación, pues le digo a la Policía: compruebe en su coche oficial que no llevo más de XX gramos si tiene alguna duda sobre la cantidad que porto para mi autoconsumo, y tan tranquilos.
Personalmente opino que en la vía pública no se debería de consumir, pero si regular la tenencia con una cantidad razonable para autoconsumo, como en la mayoría de paises "más avanzados" que nosotros en este aspecto.
También hay gente que confunde "legal" = "lo puedo comprar en cualquier lugar". Pero no es este el caso a comentar.
#5 Añadir a #7 que:
Si fuera una persona autorizada para portar estupefacientes para mi consumo, circunstancia médica por ejemplo, no habría problema, ya que estoy AUTORIZADO = LÍCITO.
Situación de normalización:
Bastaría con identificarme adecuadamente a la Policía.
#6 Efectivamente, pero mejor ver "fantasmas"
#8 Meneo relacionado con un caso de uso ilícito regulado: La Dirección General de Igualdad del Gobierno de Cantabria exige la retirada de un cartel "sexista" de un desfile de moda contra la pobreza infantil
La Dirección General de Igualdad del Gobierno de C...
europapress.esQue legalicen de una vez, que también a esto vamos a llegar los últimos. El estado necesita fondos y los ciudadanos libertad ¿A qué esperan?
#3 ¿Legal el qué? Baja a fumarte un porrillo a la calle o lleva las plantas a la casa de un amigo, y me cuentas que tan legal le parece a la policía...
Si a los políticos les interesara un poco el sector primario tendríamos plantaciones de cannabis por todos lados, con el clima que tenemos. Alto valor añadido, nuevos puestos de trabajo... Pero parece que todo lo que no sea seactor servicios hay que dejarlo morir. A esto también llegaremos tarde.