#44#47#51 Es que no se puede aportar prueba de una negación. Se puede descartar una prueba mediante otra que haga a la primera imposible.
Por ejemplo, si alguien dice que “no estaba en el CECOPI a tal hora” y la defensa aporta prueba de que sí, pues habría que ver la prueba que afirma que no estaba.
EMHO, que la otra mujer se lo haya gastado es irrelevante.
La afectada debe denunciar al juzgado porque no le han ingresado y el juzgado a la que se lo haya gastado para que lo devuelva.
Pero la primera no tiene que denunciar a la segunda por apropiación indebida, porque el deudor nos es esa mujer, sino el juzgado. Y al juzgado se lo de debe la otra.
Y esto lo digo con mi título de la UMISCO en Derecho Procesal y Jurisprudencia reconocido por la UMISANCO.
“ Si bien el gasto público ha sido recortado en términos generales, el informe de UNICEF señala que medidas específicas de protección social han tenido impacto directo en los sectores más vulnerables. Entre ellas, se destacan el aumento de los montos de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la ampliación de la cobertura de la Tarjeta Alimentar hasta los 17 años.”
Entradilla de la noticia de la ACN (Agencia Catalana de Noticias) induce a confusión, ya que el ayuntamiento está gobernado por JUNTS con miembros (2) del PSC
#10 da igual, porque la violencia de género la han definido como del hombre a la mujer y que exista o haya existido relación sentimental. Y “es asín”.
Fíjate que “es asín” que si eres misógino de verdad, hasta el punto de matar mujeres porque las crees menos que animales, no será violencia de género mientras no hayas tenido relación sentimental con tus víctimas.