AxI

#10 No, no supone la vulneración del art. 3.1. de la Constitución. En dicho articulo se especifica que "El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla."
A la alumna no se le impide que pueda conocer el castellano. Lo único que debe hacer es acceder a un centro donde el idioma vehicular sea el español en un 25% ya que en el centro que se indica en el artículo el idioma vehicular es el catalán, hecho regulado por el marco jurídico de Baleares que rige en materia de educación un sistema de conjunción lingüística.
Por ello y por que en ningún momento no se ha obligado a la alumna ni a nadie olvidarse de sus conocimientos sobre el castellano ni se ha impedido el que pueda utilizarlo, no habría que efectuar ninguna modificación de la Constitución.
Hay que ver como os gusta a muchxs utilizar el art. 3.1 de la Contitución para imponer el castellano sobre otros idiomas que tambien son oficiales en algunas comunidades.

Como te han dicho por ahí, despues del art. 3.1 van tambien el 3.2 y el 3.3 pero se ve que estos dos artículos se os olvidan

AxI

#227 A ver, 'erúdito'...

Nadie niega que que hazia no signifique tambien semen. De hecho, es una traducción literal ya que semen significa semilla en latín. El tema es que el significado mas común y utilizado de hazia en euskara es el de semilla (que repito, es lo que significa tambien la semen). Por otro lado, si al semen se le denomina hazia en euskara (que repito, nadie lo niega), es totalmente lógico que si buscas la traducción de semen al euskara te salga hazia como primera (y única) acepción, de la misma manera que si buscas la traducción de semilla al euskara también te saldrá hazia como primera (y única) acepción.

Sin embargo, si haces la búsqueda al revés y buscas la traducción de de hazia al español, las primeras acepciones se referirán a semilla, siendo la traducción de semen la que aparece siempre en las últimas acepciones.

Chavalote, se sabe que la inteligencia es rapida pero estas demostrando que tu eres aún mas rapido...

AxI

#187 NO. Dice que no se pueden poner nombres extravagantes e impropios de personas. La coletilla de 'como el de objetos' te lo acabas de sacar de la manga...

AxI

#187 NO. Dice que no se pueden poner nombres extravagantes e impropios de personas. La coletilla de 'como el de objetos' te lo acabas de sacar de la manga...

AxI

#187 NO. Dice que no se pueden poner nombres extravagantes e impropios de personas. La coletilla de 'como el de objetos' te lo acabas de sacar de la manga...

AxI

#121 NO esta denegado. Indica su recomendación por ser de uso mas generalizado en ese género. Deberías leer la Base de Datos Onomastica Vasca desde el principio, desde su propia definición

AxI

#131 Pero si lees con un poco mas de ganas, te darás cuenta que la Base de Datos de la Onomástica Vasca es una recomendación sobre la grafía correcta o uso genérico de los nombres. En ningún caso limita o impone su uso. Para ello simplemente está la Ley del Registro Civil

AxI

#68 No, lo que la gente está enlazando es la RECOMENDACIÓN de Euskaltzaindia respecto a la grafía correcta o el género mas utilizado en esa denominación.  En ningún momento está limitando el uso.

AxI

#163 Que normas? Me puedes indicar el artículo de la ley del Registro Civil se indica que no se pueden utilizar sustantivos?

AxI

#124 Quien te ha dicho que no se puede poner semilla como nombre?

AxI

#130 Supongo que tan raro como les puede sonar a los no españoles el tuyo

AxI

#95 No, aquí hay dos temas.
1) Que la jueza ha tomado una única acepción de Hazia en vez de la acepción mas conocida y generalizada que significa semilla. En euskara no hay una denominación concreta para el semen por lo que al igual que en el latín, se le denomina semilla (en Latín, semen significa semilla).

2) Para justificar la decisión torticera de la jueza, hay 'eruditos' que dicen que los nombres en euskara se tienen que limitar a la recomendación onomástica de Euskaltzaindia cuando no es mas que eso, una recomendación una grafía correcta

AxI

#61 No, te equivocas. Euskaltzaindia tiene una lista/base de datos que ofrece información sobre la grafía correcta pero en ningún caso es de aplicación obligatoria; Euskaltzaindia no tiene ninguna potestad para exigir o limitar la onomástica. Para eso está la Ley del Registro Civil.

'Casualmente', los jueces tienden mucho a limitar los nombres en euskara mientras no tienen problemas para aceptar nombres como Daenerys

AxI

#3 Te equivocas. Los nombres no deben ser inequivocos al respecto. Son una recomendación para una grafia correcta de los nombres. Mientras no sean despectivos o induzcan a error, no hay ninguna obligación legal de emplear esa grafía. De hecho, hay muchos nombres que socialmente son aceptados con una grafía diferente a la sugerida por Euskaltzaindia como Hasier/Asier, Hibai/Ibai, Liher/Lier o muchos otros empleados en género diferente al sugerido

AxI

#46 Y? 
Por que se tiene que limitar a un único genero un nombro de un objeto que en euskara no tiene género?

AxI

#9 Supongo que en tu opinión, los únicos que quedan descansados son los que llaman a sus hijos José, María, Alfonso, Raul, etc. no?