Hace 5 años | Por ilegal a lawandtrends.com
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El artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores, trata sobre las vacaciones. Así, en su párrafo in fine establece que para los supuestos en que el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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jorso

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