Hace 3 años | Por candonga1 a europapress.es
Publicado hace 3 años por candonga1 a europapress.es

La Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) ha dictado un auto por el que deniega la resolución presentada por la Junta de Extremadura para limitar a más de 15 personas las reuniones familiares en el ámbito privado y en espacios públicos para consumo de bebidas alcohólicas o para otras actividades no autorizadas (botellones).

Comentarios

D

algún juez debe tener barbacoa con colegas este fin de semana

D

#3 En Aragón o Murcia tienen dictadas esas normas de mierda y no se han pronunciado sus respectivos tribuniales superiores. Pero al que multen, o pretendan multar, por estar 20 reunidos en su casa, y recurra le van a tener que pagar pastizal.


Hay que repetir esto porque es un modus operandi peligrosísimo:
El derecho de reunión es un derecho fundamental solo limitable o suspendible por estado de alarma, excepción o sitio.

En este escenario de despidos y grandes empresas haciendo lo que les pase por los huevos nos podríamos encontrar en comunidades gobernadas por el ppsoe donde hubiera jueces que tuvieran los cojones a prohibir una huelga (otro derecho fundamental).

D

"para limitar a más de 15 personas las reuniones familiares en el ámbito privado"

Normal, si tienes que reunir 15 personas como mínimo para tener una reunión familiar no tiene sentido. Si fuera para limitar a menos de 15 personas entonces podría entenderse como medida para evitar transmisiones.