Segundo varapalo a Podemos. La formación de Pablo Iglesias no consigue querellarse contra el presidente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Luis María Díez-Picazo. Este miércoles, La Sala del 61 del Alto Tribunal ha rechazado la querella del partido morado por prevaricación contra el magistradopor su gestión de la sentencia en la que el Supremo atribuyó el pago del impuesto de las hipotecas a la banca. Relacionada: El Supremo archiva la querella contra Díez-Picazo porque Podemos se equivocó de Sala al presentarla
#4:
"Segundo varapalo a Podemos". Perdona vozpopuli, varapalo para los que hayan contratado una hipoteca...
#5:
#2 Pero eso no puede ser razón motivada. Yo tengo curiosidad para ver en qué se basa, como dice #1.
La noticia de VozPópuli es una mierda porque ni siquiera dice las razones. En otros medios las dicen. Cito:
"no cabe apreciar el más mínimo indicio de la comisión del delito de prevaricación, ya que Díez Picazo se limita a ejercer una facultad conferida legalmente y conforme con los criterios establecidos en las normas".
"No existen indicios de que haya actuado por motivos ajenos a los intereses de la Administración de Justicia", expone la Sala, y recuerda que no son válidas "las meras opiniones o especulaciones hipotéticas de la parte querellante" amparadas "en opiniones o manifestaciones de terceros".
Además, la sala recuerda que la Ley reconoce la posibilidad de celebrar plenos a petición de sus presidentes para tratar "cuestiones novedosas o controvertidas jurídicamente o que presenten una gran complejidad o sean de especial trascendencia" que, matiza, "puede ser social pero también económico".
En este caso, los magistrados dicen que "es notoria la complejidad y trascendencia social del asunto tratado y a debatir en el Pleno", a lo que añaden que no es la primera vez que la Sala Tercera del Supremo actúa así, pues ya se hizo lo mismo en un asunto que afectaba a una empresa energética nacional.
Así, la Sala del 61 avala la actuación "prudente" del magistrado, pues "no es extravagante" que convoque un pleno para tratar un asunto que puede tener "múltiples implicaciones" en una "pluralidad importante de ciudadanos" que se pueden ver afectados.
#1 que la rechaza el mismo tribunal al que pretenden denunciar. Lo dije en su momento cuando pusieron la querella: puro postureo. Puro marketing. Ningún efecto real.
Lo mejor que puede hacer Podemos es presionar al PSOE para que no meta mano en este tema (porque si la sentencia es favorable el PSOE ya amenaza con tocar la ley). Pero eso no lo veremos: son socios.
#2 Pero eso no puede ser razón motivada. Yo tengo curiosidad para ver en qué se basa, como dice #1.
La noticia de VozPópuli es una mierda porque ni siquiera dice las razones. En otros medios las dicen. Cito:
"no cabe apreciar el más mínimo indicio de la comisión del delito de prevaricación, ya que Díez Picazo se limita a ejercer una facultad conferida legalmente y conforme con los criterios establecidos en las normas".
"No existen indicios de que haya actuado por motivos ajenos a los intereses de la Administración de Justicia", expone la Sala, y recuerda que no son válidas "las meras opiniones o especulaciones hipotéticas de la parte querellante" amparadas "en opiniones o manifestaciones de terceros".
Además, la sala recuerda que la Ley reconoce la posibilidad de celebrar plenos a petición de sus presidentes para tratar "cuestiones novedosas o controvertidas jurídicamente o que presenten una gran complejidad o sean de especial trascendencia" que, matiza, "puede ser social pero también económico".
En este caso, los magistrados dicen que "es notoria la complejidad y trascendencia social del asunto tratado y a debatir en el Pleno", a lo que añaden que no es la primera vez que la Sala Tercera del Supremo actúa así, pues ya se hizo lo mismo en un asunto que afectaba a una empresa energética nacional.
Así, la Sala del 61 avala la actuación "prudente" del magistrado, pues "no es extravagante" que convoque un pleno para tratar un asunto que puede tener "múltiples implicaciones" en una "pluralidad importante de ciudadanos" que se pueden ver afectados.
Entre pillos anda el juego,perro no come cachoperro,hoy por tí mañana por mí,a la famiglia no se la toca.Poder mafioso,poder impune,tribunal supremo suprema ley del embudo.
Comentarios
"Segundo varapalo a Podemos". Perdona vozpopuli, varapalo para los que hayan contratado una hipoteca...
#4 a algún obrero pepero no le importará que le jodan con tal de que Podemos se lleve "varapalos".
#4 como por ejemplo Pablo Iglesias...
Pues al tribunal europeo, que no se sientan impunes...
Ese tribunal es una auténtica casa de putas.
Habrá que leer las razones para rechazar la querella...
#1 que la rechaza el mismo tribunal al que pretenden denunciar. Lo dije en su momento cuando pusieron la querella: puro postureo. Puro marketing. Ningún efecto real.
Lo mejor que puede hacer Podemos es presionar al PSOE para que no meta mano en este tema (porque si la sentencia es favorable el PSOE ya amenaza con tocar la ley). Pero eso no lo veremos: son socios.
#2 Pero eso no puede ser razón motivada. Yo tengo curiosidad para ver en qué se basa, como dice #1.
La noticia de VozPópuli es una mierda porque ni siquiera dice las razones. En otros medios las dicen. Cito:
"no cabe apreciar el más mínimo indicio de la comisión del delito de prevaricación, ya que Díez Picazo se limita a ejercer una facultad conferida legalmente y conforme con los criterios establecidos en las normas".
"No existen indicios de que haya actuado por motivos ajenos a los intereses de la Administración de Justicia", expone la Sala, y recuerda que no son válidas "las meras opiniones o especulaciones hipotéticas de la parte querellante" amparadas "en opiniones o manifestaciones de terceros".
Además, la sala recuerda que la Ley reconoce la posibilidad de celebrar plenos a petición de sus presidentes para tratar "cuestiones novedosas o controvertidas jurídicamente o que presenten una gran complejidad o sean de especial trascendencia" que, matiza, "puede ser social pero también económico".
En este caso, los magistrados dicen que "es notoria la complejidad y trascendencia social del asunto tratado y a debatir en el Pleno", a lo que añaden que no es la primera vez que la Sala Tercera del Supremo actúa así, pues ya se hizo lo mismo en un asunto que afectaba a una empresa energética nacional.
Así, la Sala del 61 avala la actuación "prudente" del magistrado, pues "no es extravagante" que convoque un pleno para tratar un asunto que puede tener "múltiples implicaciones" en una "pluralidad importante de ciudadanos" que se pueden ver afectados.
Normal. Una mano lava la otra...
Entre pillos anda el juego,perro no come cachoperro,hoy por tí mañana por mí,a la famiglia no se la toca.Poder mafioso,poder impune,tribunal supremo suprema ley del embudo.
De vozpopuli.com qué se puede esperar. Otro megáfono del régimen a todo volúmen,.