Hace 5 años | Por --491272-- a rtve.es
Publicado hace 5 años por --491272-- a rtve.es

El Tribunal Supremo ha establecido que cualquier acción que implique un contacto corporal no consentido con propósito de obtener una satisfacción sexual supone un delito de abuso y no de coacciones leves sin perjuicio de que su mayor o menor gravedad tenga reflejo en la correspondiente pena.

Comentarios

D

#7 ¿qué chat?¿le ha dado a usted un siroco malo?

D

#2 gracias
¿Algún #admin que descarte?
Gracias

p

Ahora a definir qué es exactamente: "contacto corporal de tipo sexual" ¿o lo dejan a criterio de la madre superiora?

D

Dupe#0 s.r burns.
Y oficial.

D

#4 ¿oficial qué pishita?

D

#6 el chat, mi amol!!!!. El chat.

D

Malos tiempos para la lírica.