Hace 2 años | Por candonga1 a elconfidencial.com
Publicado hace 2 años por candonga1 a elconfidencial.com

a empresa puede utilizar como prueba de un despido una grabación que vulnere la legislación de protección de datos. Así lo determina el Tribunal Supremo en una reciente sentencia en la que valida la cinta aportada por la compañía Securitas Seguridad España SA para acreditar las causas que originaron el cese disciplinario de uno de sus empleados, que ejercía la labor de vigilante de seguridad. "El hecho de que (...) la prueba no fuera nula desde la perspectiva de la impugnación judicial de la sanción disciplinaria impuesta al trabajador, no impi

Comentarios

o

#3 La cuestión está en que se graba y monitoriza todo lo que se pueda, pero "no te preocupes, que esto se va a usar solo para xxxx" y luego se usa para otras cosas

WcPC

#7 La cuestión es que para cualquier hijo de vecina habría sido condenado y la prueba válida, pero para ese no...
Yo estoy de acuerdo con que no sea válida, pero para nadie, para unos cuantos no son válidas para el resto del "populacho" si...

ur_quan_master

#3 Dicho de forma clara y concisa: el Supremo confirma que los delincuentes tienen más derechos que los trabajadores.

m

#8 #6 ¿Entendemos la diferencia entre escuchas hechas ad hoc y el uso de las imágenes de un CCTV del que la persona era conocedora?
#10 En absoluto, conviene en estos casos leerse el artículo completo, que explica, perfectamente, que el TEDH recientemente ha dictaminado que, si el trabajador es plenamente consciente de la existencia de las cámaras, las imágenes pueden ser empleadas por la empresa, que es la que tiene la carga de la prueba.

D

#3 no es un buen ejemplo.
Las pruebas obtenidas de forma ilegal no se pueden usar para acusar pero si para defenderse.
¿Quién era aquí el acusado? La empresa, de realizar un despido improcedente. Y la empresa ha usado esas pruebas ilegales para defenderse.
Si el trabajador hubiera sido el acusado, por ejemplo porque le pedían una indemnización por haber robado, entonces tampoco hubiera valido esa grabación.
Hay jurisprudencia de empleadas del hogar que las han grabado robando y se han ido de rositas.

Repito como resumen: las pruebas obtenidas de forma ilegal sí valen para defenderse de una acusación y no valen para acusar a quien se defiende. Seas político, empresario o trabajador.

ipanies

#21 Gracías por la aclaración

#21 Las pruebas obtenidas de forma ilegal no se pueden usar para acusar pero si para defenderse.

¿De dónde sacas eso?

Art. 11.1 LOPJ: En todo tipo de procedimiento se respetarán las reglas de la buena fe. No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales.

Aparte, imagina que yo te debo X y tú me debes X a mí. La prueba que tienes de que te debo X es ilícita. Supongamos que es como dices:

Si tú me demandas a mí primero, te desestiman la demanda porque la prueba es ilícita. Entonces yo puedo demandarte tranquilamente por los X que me debes.

Si yo te demando a ti primero, puedes defenderte alegando compensación de créditos y presentar la prueba ilícita. Como es "para defenderte", se admite la prueba y se desestima mi demanda. Ya no podemos reclamarnos nada.

¿No te parece que sería absurdo?

D

#3 Entiendo que es que una cosa es que sea prueba para meterte en la carcel (esstado) y otra para echarte del curro (lo hace una empresa)

RoyBatty66

#1 Es el mercado, amigo

D

#1 Ya te digo! Es insultante!

m

#1 ¿En qué casos equiparables dices que se ha absuelto a políticos corruptos?

roybatty

#5 se ha llegado a inhabilitar al juez... Hay infinidad de casos de pruebas "inadmitidas".

https://www.elmundo.es/elmundo/2012/02/09/espana/1328779576.html

D

#6 En el litigio, se analiza el despido de un vigilante de seguridad de Securitas que desempeñaba sus tareas en uno de los pabellones del recinto ferial de Ifema, en Madrid. Su función era la de revisar los bajos de los coches que entraban en las instalaciones y realizar controles aleatorios a algunos de ellos.

Las mismas consistían en que, según habían comprobado a través de su sistema de videovigilancia, no se estaban practicando controles que los vigilantes notificaban haber realizado.”


Una cosa es que te graben en el ejercicio de tu profesión y otra muy distinta es saltarse el derecho fundamental a legítima de defensa.

Es muy fácil de entender.

roybatty

#11 cada cosa es una cosa, no hay dos cosas que sean la misma cosa.

Es muy fácil de entender y más facil de no entender.

D

#17 Vamos, que no puedes justificarlo de ninguna manera y te inventas esa chorrada.

Todo correcto.

celyo

#8 Las grabaciones quedaron "invalidadas" para la trama. *

* Las escuchas telefónicas se habían ordenado para investigar únicamente el caso de narcotráfico y, por tanto, su utilización en el presunto delito de financiación ilegal no gozaba de supervisión judicial.

Jack.Griffin

#9 es lo que dice #16: en otros casos usar grabaciones para una finalidad distinta a las que ha sido diseñada inicialmente se ha considerado inválido.
Lo que reclama el trabajador es que la empresa debería haber usado otros medios para demostrar su vagancia, que "no se vale" con que usase las cámaras de Ifema. Que tendría razón si no fuese por este detalle:
Un mes más tarde, en marzo, el trabajador firmó una autorización para ceder sus datos personales tanto a la dirección del recinto ferial como a su empresa, para que estos pudieran llevar a cabo tareas de videovigilancia para controlar su actividad laboral.

Coño, te están diciendo por escrito: te vamos a vigilar por las cámaras como trabajas. Si sigues haciendo el canelo pues normal que te despidan, es que se lo ha ganado a pulso

noexisto

#18 Más lo que dice el TEDH que está en la noticia

ewok

#5 La financiación ilegal del PP en los 90, aka Caso Naseiro, por ejemplo. No se condenó porque las escuchas que descubrieron el caso habían sido ordenadas a otro del PP (Palop), pero por narcotráfico y no por eso.

ChukNorris

#1 Se usaron con la lista Falciani ...

baraja

#14 lo cual no tiene nada que ver con este caso

Uno son escuchas autorizadas por un juez para un objetivo determinado sin conocimiento del acusado y lo otro son grabaciones de seguridad conocidas por el implicado porque precisamente trabaja en eso o hacía como que trabajaba

Pablosky

"Según argumentó el tribunal autonómico, aunque el sistema de videovigilancia era conocido por el empleado "por evidente y notorio", sin embargo, "su finalidad no era la de control de la actividad laboral de la contratista [Securitas], sino la del control del acceso general al recinto de Ifema". Por ello, al no ser informado el trabajador de forma "expresa, precisa e inequívoca de la finalidad de la recogida de sus datos personales", la prueba debía considerarse nula."

Joder, es que es de traca, sabe que están las cámaras grabando la entrada y NO HACE SU TRABAJO MIENTRAS ES GRABADO, luego cuando le despiden en la demanda dice que la grabación no estaba autorizada para controlar su trabajo lol

Pues no se, lo veo muy cogido con pinzas.

cocolisto

El día que pongan una cámara oculta a la mafia del Supremo no creo que pudiera usarse como prueba de sus prevaricaciónes.

Butters

Hay gente que le echa un morro a la vida impresionante. Te contratan para mirar los bajos de los coches y revisar algunos aleatoriamente, un trabajo que no es nada pesado, que muchos querrían tener. Te tocas los cojones a dos manos, pero en el parte de trabajo pones que sí, que lo has hecho todo. Te pillan y te despiden. Y en vez de pensar "joder, me han pillado, me lo he buscado", lo que piensa es "pues ahora les denuncio a ver si pillo una buena indemnización".
Imagino que está hecho de la misma pasta que esos que entran a trabajar y en la primera semana ya están buscándose la manera de que les den la baja médica.