Hace 6 años | Por tiopio a cadenaser.com
Publicado hace 6 años por tiopio a cadenaser.com

Entre Suiza y España rige el tratado de extradición y el país helvético ha dado muestras indudables de colaboración con las autoridades españolas en materia de evasión de capitales, blanqueo de dinero o incluso en materia penal. El Código Penal suizo no tipifica como delito la sedición ni la rebelión, pero en su artículo 265 castiga con penas de entre un año de cárcel y cadena perpetua los "delitos contra el Estado" o intentar "cambiar mediante la violencia la Constitución" o "separar mediante la violencia parte del territorio".

Comentarios

D

#1 Lo que claramente hay que ver es sí Anna Gabriel, Puigdemont, etc. son directamente responsables de cierta violencia que se ha dado en Cataluña o no, ya que si su responsabilidad no es directa estaríamos ante una acusación que habría que coger con pinzas.
Ya veremos las pruebas que se mandan a Suiza respecto de la relación directa de violencia, como sean similares a la euroorden de Puigdemont, ya sabemos lo que va a pasar.

D

#6 que violencia? Es culpa de Gabriel que los piolines nos pegaran?

D

#11 Creo que no has entendido mi comentario.

leporcine

#12 Es un bot.

Derko_89

#1 Bueno, si no ha habido gente armada por las calles, barricadas, edificios gubernamentales en llamas, ajusticiamiento de cargos públicos y otros actos de violencia propios de una rebelión, ya me dirás cómo son aplicables. Es que ni siquiera se arrió la bandera española del Parlament.

Dravot

dejar que papá Estado suizo te proteja sería rendirse al heteropatriarcado.

mmpulido

Flipan los independers con los presos políticos, como si la sedición o gastar dinero público sin control no fuera delito en casi todos los paises democráticos que admiran y toman como ejemplo para otras cosas que les interesa.
Esta chica antisistema se esta estrellando contra el sistema, el caso es intentar internacionalizar el problema, a ver si algún país se hace eco del victimismo superlativo que tienen.

tiopio

Crimes ou délits contre l’Etat et la défense nationale
Art. 265 Celui qui aura commis un acte tendant à modifier par la violence la Constitution ou la Constitution d’un canton, à renverser par la violence les autorités politiques instituées par la Constitution, ou à les mettre par la violence dans l’impossibilité d’exercer leur pouvoir, ou à détacher par la violence une pa rtie du territoire suisse d’avec la Confédération ou une partie du territoire cantonal d’avec un canton, sera puni d’une peine privative de liberté d’un an au moins.


Delitos u ofensas contra el estado y la defensa nacional
Art. 265 Una persona que ha cometido un acto que tienda a alterar violentamente la Constitución o la Constitución de un cantón, para derrocar violentamente a las autoridades políticas establecidas por la Constitución, o para hacer por la violencia imposible que ejerzan su poder, o para segregar ilegalmente una parte del territorio suizo de la Confederación o una parte del territorio cantonal de un cantón, será castigado con la privación de libertad de al menos un año.

http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=244713

GatoMaula

5. Denegación de la extradición
Suiza no concede la extradición por delitos políticos (por ejemplo, la pertenencia a un partido
prohibido). No se consideran delitos políticos los crímenes contra la humanidad, los
secuestros de aviones y la toma de rehenes. Si la persona buscada se declara perseguida
por razones políticas, el Tribunal Penal Federal decide en primera instancia, a solicitud de la
OFJ, sobre la objeción de infracción política. La competencia es la misma cuando se puede
suponer, durante el tratamiento de la solicitud de extradición, que la persecución penal
solamente sirve de pretexto para poder perseguir la persona buscada por motivos políticos.
La extradición es igualmente denegada cuando el proceso extranjero es contrario a los
principios del Convenio Europeo de Derechos Humanos o se dirige a perseguir o castigar a
una persona a causa de sus opiniones políticas, de su pertenencia a un grupo social
determinado, de su etnia, de su religión o de su nacionalidad. No obstante, no basta que la
persona buscada afirme estar amenazada en el Estado requirente en virtud de una situación
general precaria en el plano de los derechos humanos. Debe mostrar, al contrario, que le
amenaza concretamente una pena o un tratamiento inhumano o degradante en caso de
extradición. Si hay un riesgo residual, por mínimo que sea, de vulneración de los derechos
fundamentales de la persona buscada, la OFJ exige garantías efectivas y verificables del
Estado requirente (por ejemplo, la autorización de visitas no anunciadas a la prisión y el
seguimiento del procedimiento penal por parte de la representación suiza).

https://www.bj.admin.ch/dam/data/bj/sicherheit/rechtshilfe/strafsachen/auslieferung/auslieferung-es.pdf

i

Que se queden fuera y los mantengan los suyos. Si vuelven nos toca a nosotros otra vez y ya los hemos mantenido bastante. Aquí, Huelva, compramos marcas de la zona. Tenemos varias con premios internacionales.

rocacero

Si te parece, yo que ella me suicidaba antes que entrar prisión.
Ahora resulta que para poder transitar, residir, ser ciudadana de la tierra que te vio nacer, Cataluña, España, según tus ideas políticas, primero necesitas un salvoconducto internacional para que tus propias autoridades no te retiren la ciudadanía, o lo que es lo mismo, la disfrutes en prisión.
Vivir para creer.

D

da igual que haya tratado de extradición, no basta simplemente con eso, han de alegarse los delitos de los que se acusa, valorar si tienen una base fundada y sí, valorar también si tendría un juicio justo.

No hay más que ver que todas las peticiones de extradición que se hicieron a bélgica sobre los "consellers" fugados fueron retiradas en un tiempo relativamente corto. ¿Por qué? Pues porque había una posibilidad claramente alta de que fueran denegadas, poniendo así en evidencia la justicia española.

Que en españa hay presos políticos no es algo que deba extrañar a nadie. Ningún pais, sea democrático o no (al menos que yo sepa) tiene tipificado como delito la ideología de una persona, es decir, ningún pais va a reconocer que tiene presos políticos. Los motivos que se alegan son siempre otros que sí que están tipificados como delito. La condición de preso político es algo que se percibe desde fuera de las instituciones judiciales, e incluso a veces hay que irse a otro pais para darse cuenta de lo que pasa. Que los "consellers" encarcelados han podido cometer algún delito, no lo pongo en duda, pero desde luego no son los principales delitos por los que se les acusa, ya que los delitos reales que hayan podido cometer no justifican todas las medidas cautelares que se han tomado. Es decir, que ahora mismo están encarcelados porque a alguien le interesa que no estén en la calle.