Hace 15 años | Por --87131-- a consumer.es
Publicado hace 15 años por --87131-- a consumer.es

Cuando una persona compra un piso, un local o un garaje, también adquiere parte del edificio en el que se encuentra. Como dueño o copropietario, tiene derecho a disfrutar de las zonas comunes -como la escalera, el ascensor, la piscina o la azotea-, al mismo tiempo que se compromete a hacer frente a los gastos de mantenimiento y reparación que estas áreas conlleven. La denominada comunidad de vecinos, por tanto, es el conjunto de los propietarios de un mismo edificio que, como tales, comparten la responsabilidad y los beneficios de ese inmueble.

Comentarios

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De hecho, la cuantía depende de la cuota de participación de cada piso o local, en porcentaje sobre su incidencia en la comunidad, y el baremo está fijado de antemano en las escrituras. Para ello, la ley contempla diversos parámetros, como la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su ubicación (si es exterior o interior) y el uso que, a priori, se considera que se hará de los servicios o elementos comunes. No es igual un apartamento que un piso amplio, ni es lo mismo un local que una vivienda situada en el décimo piso.

Creo que esto te lo aclarará.

silvisilvi

Echo de menos datos o ejemplos, esperaba descubrir por qué en una misma zona pago yo casi 3 veces más que una amiga cuando gozamos de los mismos servicios... y sigo con la duda. Pero gracias.

Ideariof

En mi finca tenemos un piso patera de rumanos, no pagan nada, ensucian y destrozan todo. Hemos realizado quejas y denuncias a todos los entes existentes, nos toman la denuncia y seguimos así por los días de los días amén.