Hace 2 años | Por Noctuar a filco.es
Publicado hace 2 años por Noctuar a filco.es

Cuando se firmó la Declaración de Derechos Humanos no había un consenso sobre el fundamento de los derechos humanos. No obstante, se acordó aludir a la dignidad como algo que todos los humanos poseen. Kant llega a basar la dignidad en la autonomía. El filósofo alemán considera que el ser humano es un fin en sí mismo y, por eso, no puede ser tratado solamente como un medio, y que todos los seres humanos nacen con la misma dignidad. Este concepto no necesita apelar a la religión ni a la política sino que es de naturaleza filosófica, metafísica.

Comentarios

dick_laurence

Sí, desde luego son metafísicos, cuando se los presentan como universales y se los separa de su posibilidad material...

Noctuar

#1 Lo metafísico no tiene por qué ser universal ni lo universal implica lo metafísico. Son categorías diferentes. Lo metafísico no tiene por qué estar separado de lo material sino simplemente diferenciado. Aristóteles precisamente defendía que la metafísica estaba ligada a la materia, que las esencias estaban en los cuerpos y no en un reino externo como defendía Platón. Metafísica es nada más que el término para englobar realidades que no necesitan de un cuerpo material para existir como son los principios de la lógica o las reglas de la matemática o las normas morales.

dick_laurence

#2 yo escribí que los derechos son metafisicos cuando se los presenta como universales, no que todo lo metafisico tenga que ser universal, ni que todo lo universal sea metafisico. El mensaje se acotaba a los derechos humanos.

Se universalizan los derechos cuando se dice (y copio literal de la entrevista) "todos los humanos nacen con la misma dignidad". Pero es que la dignidad, en todo caso, será producto de las relaciones que ese humano tenga con el entorno, con la sociedad donde nace, con su familia, con el estado, etc... Presentar a la dignidad como algo que poseyera el humano por el hecho de serlo, presentarlo como esencia, y no como un producto de las relaciones, es un idealismo de carácter metafísico.

Por ejemplo, veamos lo que dice el primer articulo de la declaración de los derechos humanos: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros."

Como intención es loable, como descripción del mundo es falso. Existen millones de personas e infinidad de lugares donde la libertad y la dignidad no existen, en algunos por desgracia desde el nacimiento mismo, la evidencia creo que es incontestable. Por tanto podemos afirmar que esa dignidad y esa libertad no son esencia humana, no es algo que nos venga dado, sino que se construye.

Y es que los derechos solo existen en tanto se puedan ejercer y demostrar materialmente. Sino, de nuevo no hablamos más que de ideas (sin que esto minusvalore la importancia de estas). Los derechos no dependen del hecho de "ser humano", como si de una suerte de totalidad distributiva se tratasen. Muy al contrario de que los derechos esten ligados a la autonomía, diremos que la posibilidad de los derechos dependen de la existencia de unas determinadas relaciones políticas, hoy en día normalmente con el Estado. Por esto mismo en algunos lugares se ejercitan esos derechos humanos, y por eso mismo en otros lugares no. Los derechos aparecen como relación atributiva, y no distributiva, entre integrantes de una sociedad, instituciones, etc...

Noctuar

#3 No son metafísicos porque se presenten como universales. Confundes metafísica con universalidad. El materialismo considera que la materia es universal pero al mismo tiempo excluye que pueda ser metafísica. Luego considero que lo que has escrito es erróneo.

La dignidad no es producto de ninguna relación social sino que es un concepto que apela al hecho de que cada individuo valora su propia vida, su propia libertad y bienestar. Esto es la dignidad. Por eso explica Kant que es contrario a la dignidad tratar a un ser humano como un simple medio para un fin, porque lo estarías tratando como si sólo tuviera un valor instrumental y no un valor intrínseco.

La Declaración de Derechos Humanos no pretende describir el mundo sino prescribir un comportamiento. Confundes la descripción con la prescripción. La declaración no está describiendo como nos comportamos sino cómo debemos comportarnos. Hay millones de seres humanos que son completamente analfabetos y no conocen ni los principios lógicos ni los números, pero eso no significa que no exista la lógica y la matemática. De hecho, los humanos a través de la educación pueden aprender la existencia de la lógica y la matemática. Lo mismo sucede con la ética. La dignidad no se construye; se reconoce o no se reconoce; se respeta o no se respeta.

La existencia de los derechos no depende de las condiciones materiales. De las condiciones materiales puede depender en todo caso que esos derechos se puedan reconocer, ejercer o respetar en la práctica. Para realizar operaciones matemáticas puedes necesitar un cerebro, e incluso puedes necesitar objetos como lápiz, papel o calculadora, pero las constantes matemáticas no dependen en su existencia de que haya objetos en los que reflejarse.

dick_laurence

#4 Como de tú último mensaje se deprenden muchas cosas que necesitan desarrollo para desimbricarse, así que me temo ya de entrada que la respuesta tendrá que ser larga. No me gusta escribir largos mensajes, pero por respeto y por ser este un asunto creo que interesante lo haré, pido disculpas de entrada. De primeras: insisto en que acoto la universalidad como metafísica para el asunto de los derechos. La universalidad de la materia no será metafísica; la universalidad de los derechos sí (y es esta la cuestión sobre la que charlamos). Releo mi primer mensaje y lo encuentro perfectamente ya acotado de entrada. En cualquier caso sirva de nuevo como aclaratorio todo este último párrafo.

En el primer artículo de los DDHH que copiaba en el anterior mensaje (y no es casual que copiara este) vemos que se parte de una descripción explícita, “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia (...)” (en esta primera parte no se observa ningún verbo que indique “deber ser”, se mueve en el “ser”) para luego pasar a la parte prescriptiva, “(...) deben comportarse fraternalmente los unos con los otros” (es solo en esta última sentencia donde se alude al “deber ser”). Es a partir de esta primera descripción y posterior ordenación de carácter general desde donde se articula el resto de la carta. Así que sí, la carta de los DDHH implica una supuesta descripción del mundo, que para nada es menor, a partir de la que el resto de la carta toma base, y además lo hace de forma muy explícita. Descripción que opino, como decía, es de un marcado carácter idealista.

Es curioso así que se diga que la declaración de los DDHH (y te copio literal) "prescribe un comportamiento", pero se afirme a su vez que "la existencia de los derechos no depende de las condiciones materiales". Si se acepta que los DDHH se dirigen como prescripción de comportamiento, es decir, como ordenación de la manera o forma de actuar, los DDHH no tienen más remedio que apuntar al plano material, que es donde se dan los actos y comportamientos. El “deber ser” aspira al “ser”. Y por esto mismo su posibilidad se valorará en el ejercicio material, de esto que se afirme que los derechos solo existen en tanto se puedan ejercer, ¿cómo se "respeta o no se respeta" (de nuevo te copio literal) la dignidad sino es mediante el ejercicio material?. Parece difícil aceptar que el respeto a los DDHH dependa solo de un plano intelectual, y no del acto material. Atento: alguien podría no tener ninguna convicción ni conocimiento sobre los DDHH, pero mientras en acto material los respetase habría poco que achacarle. Y a su vez, alguien pudiera tener una convicción y conocimiento profundo de los DDHH, que si no los respetase en acto material tendríamos que hacer algo con esa persona... Como decía alguno ya hace tiempo, “la verdad del teorema de Pitágoras esta en la identidad entre la suma de las áreas de los cuadrados de los catetos y el área del cuadrado de la hipotenusa, y no en la de los triángulos rectángulos empíricos con supuestos triángulos ideales en la mente de los geómetras”. Sí, como bien dices, la efectividad de los axiomas o proposiciones matemáticas o lógicas se pueden demostrar en el plano intelectual (“una línea recta es la distancia más corta entre dos puntos”, “el conjunto siempre es mayor que las partes” ), sin embargo la efectividad de las proposiciones de derechos (“nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre (...)”, “nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles(...)”) necesitan hacerlo en el plano material.

Relegar la dignidad a una valoración de nuestra propia vida, libertad o bienestar, es de nuevo encerrar esta en el mundo de las ideas. Una vida no será digna porque así se valore, con el consecuente subjetivismo que de esto se desprende, sino porque se cumplan materialmente una serie de criterios que demuestren esa libertad y ese bienestar (otra cosa será determinar que criterios son estos, si a su vez estos criterios son universales o no, etc., la cuestión es tremendamente complicada, claro)... Sí, por desgracia existen vidas indignas. Pero es que además, incluso aceptando la dignidad como solo producto de una valoración, ¿cómo se valora la vida, la libertad o el bienestar sino es como relación, poniendo en conexión, al individuo y el ambiente en el que se desenvuelve?... Claro que la dignidad o a la libertad alude a relaciones. Y por esto mismo los DDHH prescriben comportamientos, dirigidos a construir una serie de relaciones de unos hacia otros, actos, que nunca son una propiedad esencial del humano, sino una propiedad relacional. Y también por eso mismo los comportamientos se expresan como verbos, que designan acciones, y no mediante sustantivos.

Una vez presentadas las contraargumentaciones pertinentes al tu mensaje, paso por último a presentar de nuevo crítica a esta interpretación, ciertamente mayoritaria, de los DDHH: presentar la dignidad y la libertad, a veces vemos que cualquier derecho, como algo intrínseco por nacimiento a todo humano es coger la parte por el todo. Trata de impostar, desde una posición nominalista, esta dignidad y libertad a una supuesta esencia del humano (de hecho, insisto, lo explicita: “todos los seres humanos nacen libres e iguales (...)”). Es iusnaturalismo, pues afirma la existencia de una serie de derechos que son propios e intrínsecos a la naturaleza humana, obviando que estos en realidad solo se dan como resultado de determinadas relaciones políticas positivas. Se presenta al género humano con unas características naturales eternas que se predican de forma distributiva. Presupone que los derechos son anteriores a cualquier especificación histórica del género humano, atribuyendo a estos, ahistóricamente, en abstracto, esos derechos. Derechos y conceptos de una complejidad enorme que además se presentan con un grado de indeterminación asombroso (pensemos en eso de “la libertad”, la "razón", la "conciencia" como ejemplos a los que responde esta indeterminación), dando así entrada a diferentes interpretaciones según conveniencia.

Sin embargo un mínimo vistazo a la realidad hace evidente como la posibilidad de estos derechos pasa siempre por ser política, material y por tanto anclada a las relaciones; así vemos como por ejemplo el artículo 3 dice “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona (...)”. Pero luego en la práctica, en la realidad, esto ocurrirá siempre y cuando tal individuo cumpla con las leyes del Estado en el que se encuentra, pues si no las cumple no tiene derecho a la libertad. Por tanto su posibilidad pasa siempre por la construcción de un entramado político y material que determina cuando ese derecho existe y cuando no (el sujeto, muy al contrario de lo tan escuchado, es un "sujeto a derecho", no un "sujeto de derecho"). El artículo 4 reza “Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas (..). Pero la esclavitud donde se ha prohibido ha sido por el desarrollo politico que se ha ido dando en los diferentes Estados a lo largo de la historia, con unos motivos de fondo bien materiales, incluso económicos, no porque en 1948 se plasmara en la carta, y menos aún por ser una esencia humana... Así con cada uno de los artículos y derechos presentados.

Es una ideología, a la que no se le niega su potencia ni tampoco su efectividad como herramienta para imponer políticamente estos derechos (sobre todo en países occidentales), cosa por la que podríamos estar relativamente satisfechos (siendo conscientes de las evidentes faltas a estos). Pero en cualquier caso desde una posición filosófica, la idea-fuerza de DDHH exige una crítica por su marcado carácter idealista y metafísico.