Los recursos de apelación interpuestos por la fiscal, la acusación particular y las dos acciones populares -Ayuntamiento de Pamplona y Gobierno de Navarra-, así como por los dos abogados defensores, contra la sentencia dictada por la Audiencia de Navarra en el denominado caso de 'La Manada' serán resueltos cinco magistrados en lugar de tres, el Pleno de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).
#5:
Esperemos que esta vez tengan en cuenta la ausencia de estado de shock de la chica, el cambio sustancial en las versiones y las impresiones de los polícias y el perito psiquiatra que examino a la chica.
Que todos los integrantes de La Manada sean unos desgraciados no debería ser óbice para que la aplicación de la justicia siga en manos de jueces independientes y no de una turba alimentada por la telebasura y el sensacionalismo.
Creo que si la opinión pública conociera también estos hechos - no digamos ya si vieran el vídeo, como los polícias que también opinaban que la chica colaboraba activamente en la actividad - cambiaría radicalmente:
#10:
#7 Bueno, esta en el link, pero se puede poner aquí. Para mí es evidente que si dos policía y un perito forense concluyen que no había estado de shock, que había "coordinación" y "actividad" y los efectos del alcohol eran patentes, es también evidente que así lo pensaría el común de los mortales que vieran el vídeo.
Es incomprensible para mí que la decisión mayoritaria apoye su convicción en opiniones puramente teóricas emitidas por peritos cuyos respectivos informes periciales no versaban sobre las imágenes grabadas (…) y por el contario, se desdeñe y se descarte por completo la pericial practicada sobre tal objeto.
El único perito que ha trascendido el plano teórico general y ha emitido su opinión profesional acerca de la concreta reacción que la denunciante afirma que experimentó en el portal de autos ha sido D. Alfonso Sanz Cid, quien, desde su condición de Doctor en Medicina y Cirugía; Especialista y Máster en valoración del Daño Corporal y Peritaje Médico; Especialista en Psiquiatría; Perito en Psiquiatría Forense y Profesor titular del Máster en Psicopatología Legal y Forense de la Universidad Internacional de Cataluña, sobre el que ninguna tacha se ha formulado, ni insinuado argumento alguno que permita dudar de su pericia.
Manifestó que, aun corroborando lo que el resto de los peritos manifestaron a la hora de ilustrar sobre las posibles reacciones que puede desplegar quien se enfrenta a un suceso traumático o muy estresante, descartaba dicha reacción en el concreto caso que enjuiciamos en razón a que las imágenes son incompatibles con una sumisión provocada por estrés agudo porque hay más actividad que pasividad; para el Sr. Sanz Cid en el vídeo IMG7408 se aprecia a la denunciante acercándose a la zona genital de uno de los varones, camino de una felación; tampoco lo entiende compatible con un gesto instintivo, “están más cerca de saber que de no saber y que al principio es claramente activa”; en la IMG7410 no ve ninguna fuerza y sí movimientos sincronizados en varón y mujer, movimientos que no son de empuje del varón sobre ella, sino sincronizados y que requieren de una participación activa en la mujer; para el perito esta es una de las imágenes más reveladoras.
Destaca, en general, respecto a las imágenes que ha analizado que la cara de la mujer tiene una expresión distendida y no se ve fuerza, ni resistencia; que no ha visto ninguna imagen de una mujer sufriendo, ni ninguna que denote asco, “de que se lo esté pasando muy bien tampoco”; y aunque las describe como unas imágenes patéticas afirma que percibe delicadeza en los varones y no percibe miedo, ni horror, ni defensa, ni actitudes de evitación en la mujer. Se le pregunta sobre si es posible que la mujer se dejara hacer y responde que no, que no se concibe una respuesta amigable con cinco atacantes; y afirmó y reiteró con firmeza que lo que revelan a su juicio las imágenes no es una reacción de pasividad, “con cinco atacantes lo menos que se puede esperar es que se muestre rechazo”, “para contemporizar con cinco atacantes debería haber actuado bajo un miedo atroz y no ve un miedo así en los vídeos”, “tendría que haber, al menos, una resistencia mínima”.
Destacó los efectos del alcohol en todos los participantes y señaló que, a su juicio, bajo una imagen de aparente diversión cree que allí no se divertía nadie. A la pregunta de si veía en las imágenes algo como “shock” o bloqueo emocional respondió que la palabra “shock” no existe en psiquiatría, que quizá se debería referir una reacción de adaptación o de una reacción a estrés, pero la descarta porque cabría esperar defensa y evitación y no la hay.
Sin embargo los otros dos miembros del tribunal rechazaron el informe de ese psiquiatra. El juez lo lamenta así:
La única prueba pericial médica que tenía por objeto el análisis de los videos, obviamente no desde un punto meramente técnico para fijar las acciones realizadas por las personas que en ellos aparecen como sucede con la emitida por el Inspector de Policía Foral no 0063 y por el Subinspector no 0329 del mismo cuerpo policial, sino desde la perspectiva científica que es propia a su condición de Psiquiatra (…) es desdeñada por completo, tanto en lo que expuso por escrito como respecto de lo declarado en juicio.
Esperemos que esta vez tengan en cuenta la ausencia de estado de shock de la chica, el cambio sustancial en las versiones y las impresiones de los polícias y el perito psiquiatra que examino a la chica.
Que todos los integrantes de La Manada sean unos desgraciados no debería ser óbice para que la aplicación de la justicia siga en manos de jueces independientes y no de una turba alimentada por la telebasura y el sensacionalismo.
Creo que si la opinión pública conociera también estos hechos - no digamos ya si vieran el vídeo, como los polícias que también opinaban que la chica colaboraba activamente en la actividad - cambiaría radicalmente:
#7 Bueno, esta en el link, pero se puede poner aquí. Para mí es evidente que si dos policía y un perito forense concluyen que no había estado de shock, que había "coordinación" y "actividad" y los efectos del alcohol eran patentes, es también evidente que así lo pensaría el común de los mortales que vieran el vídeo.
Es incomprensible para mí que la decisión mayoritaria apoye su convicción en opiniones puramente teóricas emitidas por peritos cuyos respectivos informes periciales no versaban sobre las imágenes grabadas (…) y por el contario, se desdeñe y se descarte por completo la pericial practicada sobre tal objeto.
El único perito que ha trascendido el plano teórico general y ha emitido su opinión profesional acerca de la concreta reacción que la denunciante afirma que experimentó en el portal de autos ha sido D. Alfonso Sanz Cid, quien, desde su condición de Doctor en Medicina y Cirugía; Especialista y Máster en valoración del Daño Corporal y Peritaje Médico; Especialista en Psiquiatría; Perito en Psiquiatría Forense y Profesor titular del Máster en Psicopatología Legal y Forense de la Universidad Internacional de Cataluña, sobre el que ninguna tacha se ha formulado, ni insinuado argumento alguno que permita dudar de su pericia.
Manifestó que, aun corroborando lo que el resto de los peritos manifestaron a la hora de ilustrar sobre las posibles reacciones que puede desplegar quien se enfrenta a un suceso traumático o muy estresante, descartaba dicha reacción en el concreto caso que enjuiciamos en razón a que las imágenes son incompatibles con una sumisión provocada por estrés agudo porque hay más actividad que pasividad; para el Sr. Sanz Cid en el vídeo IMG7408 se aprecia a la denunciante acercándose a la zona genital de uno de los varones, camino de una felación; tampoco lo entiende compatible con un gesto instintivo, “están más cerca de saber que de no saber y que al principio es claramente activa”; en la IMG7410 no ve ninguna fuerza y sí movimientos sincronizados en varón y mujer, movimientos que no son de empuje del varón sobre ella, sino sincronizados y que requieren de una participación activa en la mujer; para el perito esta es una de las imágenes más reveladoras.
Destaca, en general, respecto a las imágenes que ha analizado que la cara de la mujer tiene una expresión distendida y no se ve fuerza, ni resistencia; que no ha visto ninguna imagen de una mujer sufriendo, ni ninguna que denote asco, “de que se lo esté pasando muy bien tampoco”; y aunque las describe como unas imágenes patéticas afirma que percibe delicadeza en los varones y no percibe miedo, ni horror, ni defensa, ni actitudes de evitación en la mujer. Se le pregunta sobre si es posible que la mujer se dejara hacer y responde que no, que no se concibe una respuesta amigable con cinco atacantes; y afirmó y reiteró con firmeza que lo que revelan a su juicio las imágenes no es una reacción de pasividad, “con cinco atacantes lo menos que se puede esperar es que se muestre rechazo”, “para contemporizar con cinco atacantes debería haber actuado bajo un miedo atroz y no ve un miedo así en los vídeos”, “tendría que haber, al menos, una resistencia mínima”.
Destacó los efectos del alcohol en todos los participantes y señaló que, a su juicio, bajo una imagen de aparente diversión cree que allí no se divertía nadie. A la pregunta de si veía en las imágenes algo como “shock” o bloqueo emocional respondió que la palabra “shock” no existe en psiquiatría, que quizá se debería referir una reacción de adaptación o de una reacción a estrés, pero la descarta porque cabría esperar defensa y evitación y no la hay.
Sin embargo los otros dos miembros del tribunal rechazaron el informe de ese psiquiatra. El juez lo lamenta así:
La única prueba pericial médica que tenía por objeto el análisis de los videos, obviamente no desde un punto meramente técnico para fijar las acciones realizadas por las personas que en ellos aparecen como sucede con la emitida por el Inspector de Policía Foral no 0063 y por el Subinspector no 0329 del mismo cuerpo policial, sino desde la perspectiva científica que es propia a su condición de Psiquiatra (…) es desdeñada por completo, tanto en lo que expuso por escrito como respecto de lo declarado en juicio.
#5 Venga tronco, esta claro que no todo es como se cuenta y que habrá sombras y luces en el caso, pero si todo hubiera sido consentido, ni ella hubiera acabado llorando, ni la hubieran robado el movil y por supuesto si hubiera sido con consentimiento de todos, probablemente se hubieran intercambiado los numeros de teléfono o la hubieran acompañado a donde iba a dormir, etc...
Tu follas con alguien, los 2 queriendo, y luego le robas el movil y la dejas en medio de la calle en bolas y llorando, en serio????
#13#18#16 Es lo que he leído, pero si hay otra información que diga otra cosa, pues lo acepto. Pero que yo sepa estaba semidesnuda.
#14#15 Si alguien quiere probar sexo en grupo me parece bien, pero si luego te arrepientes en medio del acto, se para, no se sigue con ello, es lo normal, si se sigue en contra del otro ya es delito.
Si 5 personas encuentran una chica para tener sexo en grupo, que en principio quiere, pero luego no, y aun así son tan brutos de no darse cuenta, tampoco la roban el movil, la dejan tirada llorando como si fuera un objeto, y a otra cosa mariposa.
#19 correcto, pero y si ella no quiere justo despues de acabar pero si antes y durante si queria? El problema deberia ser suyo no? Digo yo.
Cada uno deberia ser responsable de sus decisiones. A veces se acierta y a veces no.
Yo espero que los jueces actuen segun la ley y las pruebas y que les dejemos trabajar. Este debate sin haber visto los videos es totalmente innecesario.
#16 vamos a soltarte a tí en medio de Pamplona sin móvil a ver cuando tardas en encontrar a tus colegas... ostias es que a veces para justificar posiciones os pasáis dos pueblos.
#8 A mí me contó un tipo a la cara que se enrollo con una tipa una noche, terminaron en casa de ella y al irse le robó 50 euros de una mesa. Con dos cojones. Para que veas la clase de gente que hay por ahí.
Por "complejidad jurídica del caso"... y pensar que hay tertulianos que lo solucionan en un "plis-plas" o hay gente que lo soluciona con un "yo si te creo" o los vecinos que piensan que tendrían que "beberían haberla encarcelado a ella", porque son buenos chicos...
Comentarios
Esperemos que esta vez tengan en cuenta la ausencia de estado de shock de la chica, el cambio sustancial en las versiones y las impresiones de los polícias y el perito psiquiatra que examino a la chica.
Que todos los integrantes de La Manada sean unos desgraciados no debería ser óbice para que la aplicación de la justicia siga en manos de jueces independientes y no de una turba alimentada por la telebasura y el sensacionalismo.
Creo que si la opinión pública conociera también estos hechos - no digamos ya si vieran el vídeo, como los polícias que también opinaban que la chica colaboraba activamente en la actividad - cambiaría radicalmente:
https://medium.com/el-saco-del-coco/lo-que-no-te-han-contado-sobre-la-sentencia-de-la-manada-9ff17abdf69e
#5 machirulo pollaherida opresor falocéntrico heteropatriarcal!
O algo!
#6 Falta el consabido "unga, unga". Por lo demás, bien.
#20 Palabra de Varela.
#5 creo que te falta mencionar el que reviso los vídeos y que dijo que aquello no era una violacion
#7 Bueno, esta en el link, pero se puede poner aquí. Para mí es evidente que si dos policía y un perito forense concluyen que no había estado de shock, que había "coordinación" y "actividad" y los efectos del alcohol eran patentes, es también evidente que así lo pensaría el común de los mortales que vieran el vídeo.
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Es incomprensible para mí que la decisión mayoritaria apoye su convicción en opiniones puramente teóricas emitidas por peritos cuyos respectivos informes periciales no versaban sobre las imágenes grabadas (…) y por el contario, se desdeñe y se descarte por completo la pericial practicada sobre tal objeto.
El único perito que ha trascendido el plano teórico general y ha emitido su opinión profesional acerca de la concreta reacción que la denunciante afirma que experimentó en el portal de autos ha sido D. Alfonso Sanz Cid, quien, desde su condición de Doctor en Medicina y Cirugía; Especialista y Máster en valoración del Daño Corporal y Peritaje Médico; Especialista en Psiquiatría; Perito en Psiquiatría Forense y Profesor titular del Máster en Psicopatología Legal y Forense de la Universidad Internacional de Cataluña, sobre el que ninguna tacha se ha formulado, ni insinuado argumento alguno que permita dudar de su pericia.
Manifestó que, aun corroborando lo que el resto de los peritos manifestaron a la hora de ilustrar sobre las posibles reacciones que puede desplegar quien se enfrenta a un suceso traumático o muy estresante, descartaba dicha reacción en el concreto caso que enjuiciamos en razón a que las imágenes son incompatibles con una sumisión provocada por estrés agudo porque hay más actividad que pasividad; para el Sr. Sanz Cid en el vídeo IMG7408 se aprecia a la denunciante acercándose a la zona genital de uno de los varones, camino de una felación; tampoco lo entiende compatible con un gesto instintivo, “están más cerca de saber que de no saber y que al principio es claramente activa”; en la IMG7410 no ve ninguna fuerza y sí movimientos sincronizados en varón y mujer, movimientos que no son de empuje del varón sobre ella, sino sincronizados y que requieren de una participación activa en la mujer; para el perito esta es una de las imágenes más reveladoras.
Destaca, en general, respecto a las imágenes que ha analizado que la cara de la mujer tiene una expresión distendida y no se ve fuerza, ni resistencia; que no ha visto ninguna imagen de una mujer sufriendo, ni ninguna que denote asco, “de que se lo esté pasando muy bien tampoco”; y aunque las describe como unas imágenes patéticas afirma que percibe delicadeza en los varones y no percibe miedo, ni horror, ni defensa, ni actitudes de evitación en la mujer. Se le pregunta sobre si es posible que la mujer se dejara hacer y responde que no, que no se concibe una respuesta amigable con cinco atacantes; y afirmó y reiteró con firmeza que lo que revelan a su juicio las imágenes no es una reacción de pasividad, “con cinco atacantes lo menos que se puede esperar es que se muestre rechazo”, “para contemporizar con cinco atacantes debería haber actuado bajo un miedo atroz y no ve un miedo así en los vídeos”, “tendría que haber, al menos, una resistencia mínima”.
Destacó los efectos del alcohol en todos los participantes y señaló que, a su juicio, bajo una imagen de aparente diversión cree que allí no se divertía nadie. A la pregunta de si veía en las imágenes algo como “shock” o bloqueo emocional respondió que la palabra “shock” no existe en psiquiatría, que quizá se debería referir una reacción de adaptación o de una reacción a estrés, pero la descarta porque cabría esperar defensa y evitación y no la hay.
Sin embargo los otros dos miembros del tribunal rechazaron el informe de ese psiquiatra. El juez lo lamenta así:
La única prueba pericial médica que tenía por objeto el análisis de los videos, obviamente no desde un punto meramente técnico para fijar las acciones realizadas por las personas que en ellos aparecen como sucede con la emitida por el Inspector de Policía Foral no 0063 y por el Subinspector no 0329 del mismo cuerpo policial, sino desde la perspectiva científica que es propia a su condición de Psiquiatra (…) es desdeñada por completo, tanto en lo que expuso por escrito como respecto de lo declarado en juicio.
#5 Venga tronco, esta claro que no todo es como se cuenta y que habrá sombras y luces en el caso, pero si todo hubiera sido consentido, ni ella hubiera acabado llorando, ni la hubieran robado el movil y por supuesto si hubiera sido con consentimiento de todos, probablemente se hubieran intercambiado los numeros de teléfono o la hubieran acompañado a donde iba a dormir, etc...
Tu follas con alguien, los 2 queriendo, y luego le robas el movil y la dejas en medio de la calle en bolas y llorando, en serio????
#8 En medio de la calle en bolas????
#11 Sip, la dejaron semidesnuda en la calle llorando, por?
#12 Porque no tenía noticia de ese detalle ni viendo las imágenes que han repetido hasta la saciedad en TV.
#13 #18 #16 Es lo que he leído, pero si hay otra información que diga otra cosa, pues lo acepto. Pero que yo sepa estaba semidesnuda.
#14 #15 Si alguien quiere probar sexo en grupo me parece bien, pero si luego te arrepientes en medio del acto, se para, no se sigue con ello, es lo normal, si se sigue en contra del otro ya es delito.
Si 5 personas encuentran una chica para tener sexo en grupo, que en principio quiere, pero luego no, y aun así son tan brutos de no darse cuenta, tampoco la roban el movil, la dejan tirada llorando como si fuera un objeto, y a otra cosa mariposa.
#19 correcto, pero y si ella no quiere justo despues de acabar pero si antes y durante si queria? El problema deberia ser suyo no? Digo yo.
Cada uno deberia ser responsable de sus decisiones. A veces se acierta y a veces no.
Yo espero que los jueces actuen segun la ley y las pruebas y que les dejemos trabajar. Este debate sin haber visto los videos es totalmente innecesario.
#12 Ein? ¿Donde dice eso?
mira que he seguido el caso. pero eso es la primera vez que lo oigo.
#8 que te hace pensar que no fuera la chica la que quisiera probar el sexo en grupo y luego se arrepintiera?
#14 Que nadie le lame el ojete a un tío como el prenda por gusto.
#24 Se han visto cosas mucho peores. No creo que ese argumento sea válido.
#8 A eso me refiero, es una situación con luces y sombras, pero si sólo te enseñan las luces o las sombras, es evidente que puedes pensar:
A) La tía es una guarra que se arrepintió al día siguiente y está arruinando la vida a 5 jóvenes ejemplares.
B) 5 violadores en serie cometen una agresión más en su larga carrera criminal.
#8 Lo de "en medio de la calle en bolas llorando" es nuevo
Hasta ahora era "le robaron el móvil para dejarla incomunicada" (en mitad de Pamplona en san fermines, vamos, incomunicadisima)
#16 vamos a soltarte a tí en medio de Pamplona sin móvil a ver cuando tardas en encontrar a tus colegas... ostias es que a veces para justificar posiciones os pasáis dos pueblos.
#8 A mí me contó un tipo a la cara que se enrollo con una tipa una noche, terminaron en casa de ella y al irse le robó 50 euros de una mesa. Con dos cojones. Para que veas la clase de gente que hay por ahí.
#21 Joer, como para repetir con el susodicho
El TSJN no confía en que dos de los tres jueces confirmen la condena y ahora mete a dos mas de su cuerda para que se ratifique la condena.
Separación de poderes...
Esperemos que se olviden de sus convicciones y decidan lo que quiere la turba ignorante y analfabeta.
Qué mal envejecen algunos meneantes, madre mía
Con otro jucio pendiente en que hubo anulación de la víctima.
Con las pruebas de whatsapp
Pues todavía se ofenden si alguien osa poner en tela de jucio su inocencia. Pues está en la tela, de dos juicios además.
Los jueces ad hoc están prohibidos por la Constitución española.
Derecho a un juez imparcial en el proceso penal
Derecho a un juez imparcial en el proceso penal
practico-penal.es#0 ese titulaaarrr!
#1 Ya lo arregle yo.
#0 espero que no te moleste.
Por "complejidad jurídica del caso"... y pensar que hay tertulianos que lo solucionan en un "plis-plas" o hay gente que lo soluciona con un "yo si te creo" o los vecinos que piensan que tendrían que "beberían haberla encarcelado a ella", porque son buenos chicos...