Hace 3 años | Por me_joneo_pensan... a tekcrispy.com
Publicado hace 3 años por me_joneo_pensando_en_ti a tekcrispy.com

Esta situación no se trata de una novedad, pero ha sido traída a la vista de nuevo gracias al reciente informe realizado por el Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA, por sus siglas en inglés). Dicha recopilación fue titulada “Mi cuerpo me pertenece”. Dentro de esta, se resalta cómo la mujer, en al menos 57 países en desarrollo, no tiene derecho a la autonomía sobre su propio cuerpo.

Comentarios

y

Duplicada y nuevamente errónea respecto a Venezuela, NO esta vigente.

El Art 395 del código penal del 64 que fue anulado en 1999.

En el Código Penal vigente publicado en la Gaceta Oficial N° 5.768 Extraordinario, del 13 de abril de 2005, reaparece como art 393, siendo igualmente anulado

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/junio/178116-695-2615-2015-15-0601.HTML

PRIMERO: DE OFICIO NULO PARCIALMENTE el segundo aparte del artículo 393 del Código Penal, publicado en la Gaceta Oficial N° 5.768 Extraordinario, del 13 de abril de 2005, en los términos establecidos en la sentencia dictada por la extinta Corte Suprema de Justicia en Pleno el 29 de junio de 1999, por ser REEDICIÓN del artículo 395 del Código Penal publicado en la Gaceta Oficial N° 915 Extraordinario, del 30 de junio de 1964.

SEGUNDO: INTERPRETA CONSTITUCIONALMENTE el artículo 393 del Código Penal vigente, en lo que respecta al matrimonio y establece que en el procesamiento de los delitos de violencia de género bajo ningún concepto tiene cabida el perdón de la víctima mediante la celebración del matrimonio, como forma de autocomposición procesal, siendo aplicable solo lo relativo a la condena a indemnización civil por parte del culpable de los delitos de seducción, violación y rapto a la ofendida.

me_joneo_pensando_en_ti

#4 y #5 gracias

D

#4 siendo aplicable solo lo relativo a la condena a indemnización civil por parte del culpable de los delitos de seducción, violación y rapto a la ofendida.

yoma

Y así poder seguir violándola de manera "legal"

hazardum

Una barbaridad, como el matrimonio infantil, y demás barbaridades que se cometen contra la mujer en numerosos paises, que mereceria una intervencion militar por parte de la ONU.

He tenido que ir a un informe enlazado, para saber de que paises habla:

Existen leyes que permiten a los hombres condenados por violación eludir la condena si se casan con las mujeres a las que han agredido en Angola, Argelia, Bahrein, Bolivia, el Camerún, la República Dominicana, Guinea Ecuatorial, Eritrea, la Federación de Rusia, Filipinas, Gaza, el Iraq, Kuwait, Libia, Serbia, Siria, Tayikistán, Tailandia, Tonga y Venezuela (Equality Now, 2020).

Me parece increíble lo de Rusia: "En Rusia, si el agresor ha cumplido 18 años y ha cometido un estupro con una menor de menos de 16 años, queda libre de castigo si se casa con la víctima"

Parece que en Venezuela y republica dominicana, ya no se usa, y en Rusia la verdad que me parece raro que se siguiera usando.

manuelpepito

Esta gente sí que sabe proponer matrimonio y no nosotros con rosas y de rodillas.