Hace 6 años | Por bonobo a europapress.es
Publicado hace 6 años por bonobo a europapress.es

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a Luis Solorzano Sánchez, un joven de 25 años acusado de enaltecimiento del terrorismo por su actividad en las redes sociales porque considera que los tuits y las expresiones publicadas "no implican la elaboración de un verdadero discurso, sino de una mera protesta abrupta, a modo de grito", sin que pueda hablarse de "incitación, si quiera indirecta, al odio, a la violencia o al terrorismo".

Comentarios

thorin

"Si los colectivos a los que van dirigidas las expresiones de violencia hubieran sido mujeres, homosexuales o inmigrantes, nadie hubiera cuestionado que eran manifestación de un discurso de odio y por ello merecedoras de reproche penal."

El que hizo el titular se ha cubierto de gloria recortándolo.

Ze7eN

#3 Es vilmente vomitivo y sensacionalista y propio de un idiota que no sabe en qué consiste el delito de odio y a que colectivos protege.

Peter_Feinmann

#4 Básicamente el delito de odio existe cuando atacan a aquellos con los que compartes ideas y no existe cuando los atacados son gente con la que no compartes ideas. Entonces se transforma mágicamente en libertad de expresión,

Ze7eN

#5 Leete bien el código penal antes de de opinar, asi te ahorras soltar chorradas y quedar como un cateto.

Peter_Feinmann

#3 Pues un provocador podría hacer precisamente eso, y luego poner a la justicia contra sus contradicciones recurriendo en casación la sentencia. Pero ya es gana de meterse en líos.

ikatza

El voto particular es de este juez, criticado en otros asuntos por su relación con el PP: https://www.elplural.com/politica/2017/12/13/el-ascenso-meteorico-del-nuevo-juez-de-gurtel-de-la-mano-del-pp

La pataleta de uno que quería colgar al acusado de las pelotas por "antisistema", vamos.

jonolulu

Y si fuera contra Carrero blanco, condena triple