Hace 8 años | Por vvaldes a change.org
Publicado hace 8 años por vvaldes a change.org

En el año 2012 el gobierno extremeño del popular José Antonio Monago, aprobó, junto con el PSOE e IU, una propuesta en la que se instaba a la Junta el uso exclusivo de software libre en el sistema de educación extremeño. El próximo 3 de julio de 2015, se licitará un contrato de 38 millones de euros, que permitirá la entrada de Microsoft en las aulas extremeñas. Costando las licencias del sistema operativo y del la suite ofimática office unos 2 millones de euros anuales a las arcas públicas. Sin existir una necesidad,más allá de puro capricho

v

Leyes que se saltan en Extremadura pagando a Microsoft, por favor compartir esta noticia nos ahorraremos 2.000.000 al año en Extremadura, dinero que no tenemos ni para que los niños vengan a los IES en autobus.


Leyes que están saltando:

LEY ORGÁNICA 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de
Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
artículo 7: Principios rectores de los poderes públicos extremeños.
….
10. Consideran un objetivo irrenunciable la masiva difusión de la
cultura en su sentido más amplio y un acceso igualitario de los
extremeños a la información y a los bienes y servicios culturales. Para
ello, Extremadura considera instrumentos particularmente útiles el
dominio de otras lenguas, el manejo de las tecnologías de la información
y la comunicación, la extensión de los sistemas operativos de código
abierto
y el uso de las licencias de libre copia y distribución.
Asimismo, velarán por la conservación de los bienes del patrimonio
cultural, histórico y artístico.

LEY 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Artículo 4. Principios generales.
…..
o) Principio de neutralidad tecnológica: la Administración pública ha de
apostar por la utilización y promoción de software de código abierto en
su funcionamiento, así como por el uso de estándares abiertos y
neutrales en materia tecnológica e informática
, y favorecer dichas
soluciones abiertas, compatibles y reutilizables en la contratación
administrativa de aplicaciones o desarrollos informáticos.

Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema
Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración
Electrónica
Anexo: Glosario de términos
Estándar abierto: Aquél que reúne las siguientes condiciones:
a) Que sea público y su utilización sea disponible de manera gratuita o
a un coste que no suponga una dificultad de acceso,
b) Que su uso y aplicación no esté condicionado al pago de un derecho de
propiedad intelectual o industrial.
Artículo 11 Estándares aplicables
1. Las Administraciones públicas usarán estándares abiertos, así como,
en su caso y de forma complementaria, estándares que sean de uso
generalizado por los ciudadanos, al objeto de garantizar la
independencia en la elección de alternativas tecnológicas por los
ciudadanos y las Administraciones públicas y la adaptabilidad al
progreso de la tecnología y, de forma que:
2. En las relaciones con los ciudadanos y con otras Administraciones
públicas, el uso en exclusiva de un estándar no abierto sin que se
ofrezca una alternativa basada en un estándar abierto se limitará a
aquellas circunstancias en las que no se disponga de un estándar abierto

que satisfaga la funcionalidad satisfecha por el estándar no abierto en
cuestión y sólo mientras dicha disponibilidad no se produzca. Las
Administraciones públicas promoverán las actividades de normalización
con el fin de facilitar la disponibilidad de los estándares abiertos
relevantes para sus necesidades.

Nota: se puede decir aquello de ... "quien hizo la ley hizo la
trampa ...." o la de ... "No es lo mismo predicar que dar trigo ...."

WaZ

No al uso de change para recoger firmas que no valen para nada.

Mi perro, que nunca he tenido, y mis familiares fallecidos ya han firmado esta recogida de firmas carentes de validez.