Publicado hace 12 años por Maestro_Jedi a laboro-spain.blogspot.com

Una recentísima sentencia del Tribunal Constitucional admite que es posible que el trabajador escoja su horario laboral o se cambie el turno sin reducirse voluntariamente la jornada aunque este derecho no esté recogido en el Estatuto de los Trabajadores ni en el Convenio Colectivo de aplicación.